LEY N° 30262 - Ley que modifica el Código de Ejecución Penal, la Ley contra el Crimen Organizado y la Ley contra la Trata de Personas y el Tráfico Ilícito de Migrantes

Fecha de disposición06 Noviembre 2014
Fecha de publicación06 Noviembre 2014
El Peruano
Jueves 6 de noviembre de 2014
536866
Res. N° 228-2014-SERVIR-PE.- Formalizan acuerdo que
revoca asignación de Gerente Público y dejan sin efecto
la Res. N° 111-2014-SERVIR-PE 536982
Res. N° 230-2014-SERVIR-PE.- Establecen fechas para
la evaluación en línea de operadores censados y no
evaluados de los Sistemas Administrativos de Presupuesto
Público, Planeamiento Estratégico y Modernización de
Gestión Pública 536982
Res. N° 231-2014-SERVIR-PE.- Disponen la publicación
en el portal institucional de SERVIR del proyecto del
Manual de Puestos Tipo y su exposición de motivos
536983
INSTITUTO NACIONAL DE
DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROTECCION
DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Res. N° 117-2014/CNB-INDECOPI.- Aprueban 5 Normas
Técnicas Peruanas sobre luminarias 536984
ORGANOS AUTONOMOS
CONSEJO NACIONAL DE
LA MAGISTRATURA
Res. N° 299-2014-CNM.- Aprueban el Reglamento del
Proceso de Evaluación Integral y Ratif‌i cación del Jefe de
la Of‌i cina Nacional de Procesos Electorales y del Jefe del
Registro Nacional de Identif‌i cación y Estado Civil 536984
SUPERINTENDENCIA DE BANCA,
SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS
DE FONDOS DE PENSIONES
Res. N° 2200-2014.- Autorizan inscripción de persona
natural en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de
Seguros 536985
GOBIERNOS REGIONALES
GOBIERNO REGIONAL DE PIURA
Ordenanza N° 295-2014/GRP-CR.- Ordenanza que
modif‌i ca el Texto Único de Procedimientos Administrativos
- TUPA del Gobierno Regional Piura, incorporando
procedimientos administrativos y servicios de la Gerencia
Sub Regional “Luciano Castillo Colonna” 536985
GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD DE ATE
Res. N° 798-2014-MDA/GDU-SGHUE.- Aprueban
Proyecto de Regularización de Habilitación Urbana
ejecutada en inmueble del distrito 536986
MUNICIPALIDAD DE PACHACÁMAC
Acuerdo N° 049-2014-MDP/C.- Autorizan viaje de Alcalde,
regidor y funcionario de la Municipalidad a Colombia, en
comisión de servicios 536988
MUNICIPALIDAD DE
SAN JUAN DE MIRAFLORES
D.A. N° 19-2014-A-MDSJM.- Prorrogan vigencia de
la Ordenanza N° 275-MDSJM, que otorgó benef‌i cios
tributarios y no tributarios a favor de los contribuyentes
del distrito 536989
PROVINCIAS
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE
Ordenanza N° 032-2014-MPC.- Modif‌i can el Plan Urbano
del distrito 536990
PODER LEGISLATIVO
CONGRESO DE LA REPUBLICA
LEY Nº 30262
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
POR CUANTO:
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;
Ha dado la Ley siguiente:
LEY QUE MODIFICA EL CÓDIGO DE EJECUCIÓN
Y LA LEY CONTRA LA TRATA DE PERSONAS Y EL
TRÁFICO ILÍCITO DE MIGRANTES
Artículo 1. Modif‌i cación de los artículos 46 y 47 del
Modifícanse los artículos 46 y 47 del Código de
Ejecución Penal, con el siguiente texto:
“Artículo 46. Casos especiales de redención
En los casos de internos primarios que hayan
cometido los delitos previstos en los artículos 107, 108-
B, 121, 121-A, 121-B, 152, 186, 189, 195, 200, 279,
279-A, 279-B, 317, 317-A, 325, 326, 327, 328, 329,
330, 331, 332 y 346 del Código Penal, la redención de
pena por el trabajo o la educación se realiza a razón
de un día de pena por cinco días de labor o estudios
efectivos, en su caso.
Los reincidentes y habituales en el delito redimen la
pena mediante el trabajo y la educación a razón de un
día de pena por seis días de trabajo o estudio efectivo,
según sea el caso.
De conformidad con lo establecido en el segundo
párrafo del artículo 46-B y el primer párrafo del artículo 46-
C del Código Penal, en los casos previstos en los delitos
señalados en los artículos 107, 121, 121-A, 121-B, 152,
186, 189, 195, 200, 279, 279-A, 279-B, 317, 317-A, 325,
326, 327, 328, 329, 330, 331, 332 y 346 del Código Penal,
la redención de la pena mediante el trabajo o la educación
se realiza a razón de un día de pena por siete días de
labor o estudios efectivo, en su caso”.
“Artículo 47. Improcedencia de acumulación de la
redención de pena por el trabajo y educación
El benef‌i cio de la redención de la pena por el trabajo y
la educación no es acumulable cuando estos se realizan
simultáneamente.
El benef‌i cio de la redención de la pena por el trabajo
o la educación no es aplicable a los agentes de los delitos
tipif‌i cados en los artículos 108, 108-A, 153, 153-A, 296,
297, 301, 302 y 319 a 323 del Código Penal”.

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