Laudo del Tribunal de Arbitraje (Banco de materiales), 30-11-2010

Sentido del falloNo se indico en el laudo el valor referncial, en el laudo no se precisa qué parte designó a los árbitros.No obstante, se consignaron los datos para fines de información.
Tipo de procesoAD HOC
Fecha30 Noviembre 2010
Ruc20100178584
PartesBANCO DE MATERIALES vs CONSORCIO TAMBOPATA
MateriaMaterias Controvertidas;Ejecución de garantías;Indemnización por daños y perjuicios;Resolución del contrato,SE DECLARE LA INEFICACIA DE LA RESOLUCION DEL CONTRATO POR CAUSAL NO IMPUTABLE AL CONTRATISTA; SE DECLARE LA VALIDEZ DE LA RESOLUCION DE CONTRATO DE OBRA POR CAUSAL IMPUTABLE AL CONTRATISTA
Proceso
Arbitral
seguido
entre
el
CONSORCIO
TAMBOPATA
y
el
BANCO
DE
MATERIALES
12010
i
ti
LAUDO
ARBITRAL
DE
DERECHO
Demandante
CONSORCIO
TAMBOPATA
en
adelante
COSORCIO
TAMBOPATA
o
el
CONSORCIO
o
el
DEMANDANTE
o
el
CONTRATISTA
Demandado
BANCO
DE
MATERIALES
SA
en
adelante
BANMAT
o
EL
BANCO
o
BANCO
DE
MATERIALES
o
LA
ENTIDAD
o
EL
DEMANDADO
TRIBUNAL
ARBITRAL
CONFORMADO
POR
DOCTOR
GONZALO
GARC˝A
CALDERN
MOREYRA
Presidente
DOCTOR
SERGIO
TAFUR
S`NCHEZ
DOCTOR
7AIME
NOLBERTO
CASTRO
PARODI
RESOLUCIN
N
19
Lima
30 de noviembre
2010
VISTOS
I
ANTECEDENTES
Con
fecha
15
de
octubre
de
2009
el
Tribunal
Arbitral
constituido
por
los
doctores
Gonzalo
Garca
Caldern
Moreyra
Presidente
Sergio
Tafur
SÆnchez
y
Jaime
Nolberto
Castro
Parodi
procedi
a
suscribir
el
Acta
de
Instalacin
del
Tribunal
Arbitral
En
dicho
acto
se
dej
constancia
que
ninguna
de
las
partes
ha
Impugnado
o
reclamado
contra
las reglas procesales
contenidas
en
la
referida
Acta
de
Instalacin
En
dicha audiencia
los
miembros del
Tribunal
Arbitral ratificaron
su
aceptacin
al
cargo
e
insistieron
que
no
estaban
sujetos
a
incompatibilidad
alguna
nl
a
hechos
o
circunstancias
que
les
obligaran
ainhibirse
al
no
haber
mantenido ni
mantener
relacin
alguna
con
las
partes
y
con
sus
respectivos
abogados
1
Proceso
Arbitral
seguido
entre
el
CONSORCIO
TAMBOPATA
yel
BANCO
DE
MATERIALES
2010
L1
DE
LA DEMANDA
DEL
CONSORCIO TAMBOPATA
El
CONSORCIO
TAMBOPATA
mediÆnte
escrito
presentado
con
fecha
29 de
octubre
de
2009
interpuso
su
escrito
de
demanda
dirigida
contra
el
BANCO
DE
MATERIALES
pretendiendo
lo
siguiente
PRETENSIONES
Las
pretensiones
formuladas
por
el
CONSORCIO TAMBOPATA
se
transcriben
a
continuacin
1
La
resolucin
por
causa
no
imputable
al
Contratista
dØl
Contrato
de
Ejecucin
de
obra
EJECUCIN
DE
OBRA
PARA
EL
PROYECTO
DE
MEJORAM˝ENTO
INTEGRAL
DE
BARRIOS
MIBARRIO
UBICADO
EN
EL
DISTRITO
DE
TAMBOPATA
PROVINCIA
DE
TAMBOPATA
Y
DEPARTAMENTO
DE
MADRE
DE
DIOS
hasta
por
la
suma
de
US
505565
93
QUINIENTOS
CINCO
MIL
QUINIENTOS
SESENTA
Y
CINCO
CON
93
100
DLARES
AMERICANOS
cuya buena
pro
obtuviØramos
en
la
LPIV
No
007
2006
BANMAT
debido
a
la
existencia
de
un
defecto
sustancial
de
metraje
cœbico
de
concreto
superior
al
15
del
monto
contractual
lo
que
configura
una
situacin
irreversible
que
dispensa
del
pronunciamiento
previo
de
resolucin
del
contrÆto
2
La
indemnizacin
por
daæos
y
perjuicios
la
cual
deberÆ
sØr
fijada
cori
arreglo
a
la
t
Ley
No
26850
Ley
de
Contrataciones
y
Adquisiciones
del
Estado
vigente
a
la
fØcha
de
suscripcin
del
contrato
que
asciende
a
US
150000
Ciento
cincuentÆ
mil
dlares americanos
aproximadamente
FUNDAMENTOS
DE
HECHO
1
Que
la
EntidÆd
demandada
convoc
a
la
Licitacin
Pœblica
Nacional
No
007
2006
BANMAT
a
fin de
contratara
la
persona
natural
o
jurdica
para
ejecutar
el
PROYECTO
DE
MEJORAMIENTO
INTEGRAL
DE
BARRIOS
MIBARRIO
UBICADO
EN
EL
DISTRITO
DE
TAMBOPATA
PROVINCIA
DE
TAMBOPATA
Y
DEPARTAMENTO
DE
MADRE
DE
DIOS
hastÆ
por
la
suma
de
US
505565
93
El4CONSORCIO
TAMBOPATA
intervino
en
el
proceso
de
seleccin
y
obtuvo
la
buena
pro
luego
de
ecurrir
ante
el
Consejo
Superior
de
Cntrataciones
y
Adquisiciones
del
Estado
t
f
r
y
Proceso
Arbitral
seguido
entre
el
CbNSORCO
TAMBOPATA
y
el
BANCO
DE
MATERIALES
12010
CONSUCODE
hoy
y
en
adelante el
Organismo
Supervisor
de
Contrataciones
del
Estado
OSCE
2
Que
sØæala
el
CONSORCIO
que
el
19 de
abril
de
2007
suscribieron
el
Contrat
Øl
mismo
que
comprØnde
la
ejecucin
de
obras
de
agua
y
desage
saneamiento
veredas
y
alcantarillado
pluvial
de
la
localidad
seæalada
cumpliØndose
con
los
requisitos
establecidos
en
la
Ley
el
reglamento
y
las
bases
del
proceso
seleccin
i
3
Que
al
iniciarse
los
trabajos
de
agua
desage
y
veredas
se
detect
que
en
el
metraje
de
alcantarillado
pluvial
especficamente
en
la
partida
de
concreto
haba
un
error
de
aproximadamente
2
000
m3
de
concreto
que
equivale
al
50
del
monto
de
obra
Øs
decir
que
en
el
expediente
tØcnico
presupuesto
se
mencion
297
93
m3
de
concreto
y
lo
que
los
planos
reflejan
la
cantidad de
2
297
93
m3
4
Que
la
Entidad
demandada
manifest
verbalmente
que
tratÆndose
de
una
obra
contratada
a
suma
alzada
el
Consorcio
tena
la
obligacin
de
asumir
el
error
consignado
exigiendo
la
culminacin
de
la
obra
En
esas
circunstancias
el
CONSORCIO
TAMBOPATA
haba
ejecutado
1
000
m3
aproximadamente
invirtiendo
una
suma
superior
a
la
entregada
por
la
Entidad
puesto
que
el
defecto
sustancial
del
Expediente
de
Obra
representando
un
gasto
adicional
a
lo
ejecutado
de
S
700000
00
nuevos
soles
5
Que
ante
esta
situacin
el
CONSORCIO
TAMBOPATA
sostiene
que
recomend
realizar
una
modificacin
del
proyecto
a
fin
de
incorporar
una
partida
adicional
del
8
dentro
del
margen
legal
de
obras
adicionales
que
cubre
alrededor
de
S
200000
00
nuevos
soles
6
Que
en
el
mes
de
septiembre
de
2007
el
CONSORCIO
TAMBOPATA
suspendi
los
trabajos
de
la
obra
a
la
espera
del
prnunciamiento
de
la
Entidad
demandada
y
de
los
planos
correspondientes
Desde
entonces
el
CONSORCIO
seæala
n
haber
podido
reiniciar
los
trabajos
agregÆndose
a
las
dificultadØs el
inicio
de
la
temporada
de
lluvias
El
CONSORCIO TAMBOPATA
seæala
que
actuando
de
buØna
fe
ejecut
un
avance
fsico
de
obra
equivalente
al
8988
del
total
de
la
misma
AI
mismo
tiempo
ha
r
i
I
3

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