La justicia transicional como proceso de transformación hacia la paz

AutorTania Gicela Bolaños Enríquez - Israel Biel Portero
CargoAbogada (UEC), magíster y doctora en Derecho con énfasis en Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario (Universidad Ruprecht-Karls de Heidelberg). Profesora e investigadora de la Universidad Cooperativa de Colombia. Agradezco especialmente la beca Leibniz otorgada por el Max Planck Institute for Comparative Public Law and ...
Páginas415-444
* Abogada (UEC), magíster y doctora en Derecho con énfasis en Derechos Humanos y Derecho
Internacional Humanitario (Universidad Ruprecht-Karls de Heidelberg). Profesora e investigadora
de la Universidad Cooperativa de Colombia. Agradezco especialmente la beca Leibniz otorgada por
el Max Planck Institute for Comparative Public Law and International Law, mediante la cual se pudo
avanzar este trabajo.
Código ORCID: http://orcid.org/0000-0003-3044-0309. Correo electrónico: tania.bolanos@ucc.edu.
co; taniagicela@hotmail.com
** Licenciado en Derecho y doctor en Derecho Internacional de los Derechos Humanos (Universitat
Jaume I de Castellón). Profesor e investigador de la Universidad Cooperativa de Colombia.
Código ORCID: http://orcid.org/0000-0002-9726-1092. Correo electrónico: israel.bielp@
campusucc.edu.co
https://doi.org/10.18800/derechopucp.201902.014
La justicia transicional como proceso de
transformación hacia la paz
Transitional Justice as a Transformation Process towards
Peace
TANIA GICELA BOLAÑOS ENRÍQUEZ*
Universidad Cooperativa de Colombia (Colombia)
ISRAEL BIEL PORTERO**
Universidad Cooperativa de Colombia (Colombia)
Resumen: El presente trabajo constituye un aporte a los procesos de
consolidación de la paz que se desarrollan durante el posconflicto, al proponer
una senda que permite materializar verdaderamente el efecto transformador
propio de la reparación integral en sociedades históricamente desiguales, donde
las víctimas del conflicto por lo general pertenecen a los grupos marginados y
más vulnerables de la población. Parte de la idea de que la justicia transicional
constituye un proceso de transformación política, social y cultural, por lo que
la reparación de graves violaciones a los derechos humanos debe diseñarse y
desarrollarse de manera tal que contribuya a dicho cambio, evitando al mismo
tiempo ser generadora de nuevas de brechas sociales. Así las cosas, el alcance
clásico de la reparación, basado en un concepto puro de justicia correctiva,
sucumbe ante la necesidad de cambiar las causas estructurales del conflicto y
le abre paso a la reparación transformadora basada en un concepto de justicia
social y distributiva.
Palabras clave: justicia transicional, reparación, transformación, necesidades
de las víctimas, justicia social
Abstract: This article constitutes a contribution to the processes of peace
consolidation developed during post-conflict scenarios. In this vein it
proposes a path that allows to truly materialize the transformative effect of
integral reparations, in particular in traditionally unequal societies, where
victims of serious violations of human rights usually are members of the most
marginalized and vulnerable groups. It starts from the idea that transitional
justice is a process of political, social and cultural transformation, so that the
reparation of that sort of violations must be designed and developed in such a
way that it contributes to the transformation, avoiding being itself a generator
N° 83, 2019
diciembre-mayo
pp.415-442
TANIA GICELA BOLAÑOS ENRÍQUEZ / ISRAEL BIEL PORTERO
416
Derecho PUCP, N° 83, 2019 / ISSN 0251-3420 / e-ISSN: 2305-2546
of new social gaps. Therefore, the classic approach of reparation measures,
based on pure corrective justice, must give way to the need to change the
structural causes of the conflict and open the way for a transformative
reparation founded on a concept of social and distributive justice.
Key words: transitional justice, reparation, transformation, victims’ needs,
social justice
CONTENIDO: I. INTRODUCCIÓN. II. OBJETIVOS DE LA JUSTICIA
TRANSICIONAL. III. TRANSFORMACIÓN HACIA LA PAZ. IV. REPARACIÓN
INTEGRAL. V. REPARACIÓN TRANSFORMADORA: JUSTICIA SOCIAL Y
DISTRIBUTIVA. VI. COMENTARIOS FINALES.
If the «transformative» is the promise,
it only makes sense in the context of betrayal
(Baxi, 2014, p. 14)
I. INTRODUCCIÓN
Durante los conflictos armados internos, las instituciones ordinarias del
Estado no son suficientes para responder adecuadamente al alto número
de violaciones a los derechos humanos y al derecho internacional
humanitario ocasionado por estos. Son tantos los perpetradores y tan
múltiples las víctimas que es necesario crear un sistema jurídico-político
social más flexible, comúnmente conocido como justicia transicional,
que facilite el tránsito del conflicto a la paz y permita a la sociedad
«ajustar cuentas con un pasado de atrocidad e impunidad» (Valencia,
26 de octubre de 2007, p. 1).
La justicia transicional es una institución jurídica de carácter
excepcional, en comparación con las instituciones penales ordinarias,
que tiene como piedra angular a la víctima del conflicto armado,
importando más su reparación y la consecución de la verdad que el
castigo al perpetrador de las violaciones. Se concentra en una justicia
más restaurativa que retributiva, promoviendo la reconstrucción del
tejido social y la reconciliación de la sociedad (Sentencia C-052 de la
Corte Constitucional de Colombia).
Si bien las herramientas jurídicas, políticas y sociales que conforman la
justicia transicional se fijan con carácter temporal con el único objeto
de «superar la situación de confrontación y violencia generalizada y
establecer condiciones que permitan la reconciliación, restablecer la
confianza ciudadana y fortalecer el Estado de Derecho» (Sentencia
C-180 de la Corte Constitucional de Colombia, capítulo 5.1), la
dicotomía entre responsabilidad, paz e impunidad puede generar

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