La justicia penal negociada

AutorMercedes Herrera
Páginas49-69
Capítulo II
LA JUSTICIA PENAL NEGOCIADA
1. CUESTIONES PRELIMINARES
1. 1 Panorama general
El tema de la justicia penal negociada nos sitúa necesariamente frente
alDerechoPenal;puestoqueatravésdelasdiversasinstituciones
de la justicia penal negociada se descriminalizan ciertas conductas o se
neutralizan las consecuencias jurídico-penales previstas para aquéllas
ysemodicaconellolafunciónquecumpleelDerechoPenal.
El fenómeno de la negociación en el proceso penal se presenta
como una de las consecuencias irreversibles de la modernización del
Derecho Penal, ya que el sistema de justicia penal es incapaz de realizar
y concluir todos los procesos conforme se regulan en la norma procesal
penal, porque de lo contrario la cantidad y complejidad de los procesos
no sería manejable98.
El eje del modelo de la justicia penal negociada radica en la
concepcióndelprocesopenal,sunyanoeslaefectivaaplicacióndel
DerechoPenal,sinolagestióndelconicto99. Adviértase que se trata
deunamodicación sustancial y no meramente accidental, de una
98 Vid. haSSemer, Winfried. “Das Symbolische am symbolischen Strafrecht” en
FS für Claus Roxinzum 70 Geburstag am 15. Mai 2001, Walter de Gruyer, 2001,
Berlin, p. 1008
99 SobrelagestióndelconictocomondelareformaprocesalpenalVid.mer-
cado maldonado, aSael; Benavente chorreS, heSBert. “El Estado en la gestión
delconicto:lareformadelprocesopenalenLatinoamérica”enOpinión Jurídica,
Vol. 9, N° 17, Enero-Junio de 2010, Medellín-Colombia, p. 65
Mercedes Herrera
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cuestión de fondo y no de forma, que atañe a un cambio en la función
que el Derecho Procesal Penal desempeña y a su relación con el Derecho
Penal100. Con ello se distorsiona la función instrumental del Derecho
Procesal Penal: la realización del Derecho Penal sustantivo101.
La justicia penal negociada implica asimismo una atenuación del
carácter público de la intervención penal, en la medida que se recon-
oce a las partes acusadoras y al acusado un papel protagónico en la
resolucióndelconicto102 sin que medie justicación alguna. Es
decir,sinquesehayaexpuestolegitimaciónsucienteatalatenu-
ación del Ius puniendi. En este sentido, la justicia penal negociada
supone un acercamiento del proceso penal al proceso civil103,
puesto que son aplicables principios propios del segundo, tales
como: el principio de oportunidad, el principio dispositivo y el
de aportación de parte.
En Latinoamérica, a partir de los años noventa se empezaron a
introducir algunos mecanismos de negociación al interior del proceso104.
100 Por ello, estoy de acuerdo con Schünemann cuando al analizar los acuerdos
enelprocesopenal enAlemania,armaque setratadeunclaroejemplode
la decadencia de la cultura juridical alemana. Cfr. Schünemann, Bernd. “Zur
Kritik des amerikanischen Strafprozessmodells” ob. cit., p. 571.
101 Sobre el carácter instrumental del Derecho Procesal Penal Vid. oliva, andréS de
la; araGoneSeS martínez, Sara, hinoJoSa SeGovia, rafael; muerza eSparza, Julio;
tomé García, JoSé antonio. Derecho Procesal Penal. Ob.cit.,p.30yss.; maier,
Julio B. J. “Estado democrático de Derecho, Derecho Penal y procedimiento
penal”ob.cit.,p.2392-2393;haSSemer, Winfried. Einführung in die Grundlagen
des Strafrechts. C. H. Beck, Múnich, 2da edición, 1990, p. 115 y ss.
102 Sobre este papel de las partes Vid. Gimeno Sendra. “Hacia un nuevo modelo
procesal penal” en aSencio mellado, JoSe maría; fuenteS Soriano, olGa (Co-
ord.) Nuevos retos de la Justicia Penal. LaLey,Madrid,2008,p.58;mercado
maldonad o, aS ael; Benavente chorreS, heSBert. “El Estado en la gestión
delconicto:lareformadelprocesopenalenLatinoamérica”ob.cit.,p.65
y ss.
103 Sobre algunos rasgos propios del proceso civil, especialmente sobre el principio
dispositivo y el principio de aportación de parte Vid. Banacloche palao, Julio;
cuBillo lópez, iGnacio. Aspectos fundamentales del Derecho Procesal civil. Servicio
de Publicaciones Facultad de Derecho Universidad Complutense Madrid,
Madrid, 2010, p. 39.
104 Vid. anitua, GaBriel-iGnacio. “La importación de mecanismos consensuales
del proceso estadounidense, en las reformas procesales iberoamericanas en
Revista General de Derecho Procesal N° 6, marzo 2005, IUSTEL;p.3yss.

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