RESOLUCION VICE MINISTERIAL N° 111-2012-MTC/03 - Otorgan autorizaciones a personas jurídica y natural para prestar servicio de radiodifusión sonora comercial en FM en localidades del departamento de Ancash

Fecha de disposición20 Abril 2012
Fecha de publicación20 Abril 2012
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, viernes 20 de abril de 2012 464567
Artículo 3.- Conforme a lo dispuesto por el artículo 10
del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, los Inspectores
mencionados en la presente Resolución Ministerial,
dentro de los quince (15) días calendario siguientes de
efectuados los viajes, deberán presentar un informe al
Despacho Ministerial, con copia a la Of‌i cina General
de Administración del Ministerio de Transportes y
Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas y
los resultados obtenidos durante los viajes autorizados.
Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no
dará derecho a exoneración o liberación de impuestos
o derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o
denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CARLOS PAREDES RODRÍGUEZ
Ministro de Transportes y Comunicaciones
Otorgan autorizaciones a personas
jurídica y natural para prestar servicio de
radiodifusión sonora comercial en FM en
localidades del departamento de Ancash
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL
N° 111-2012-MTC/03
Lima 3 de abril de 2012
VISTO, el Expediente Nº 2011-048198 presentado por
la empresa POLARCOM E.I.R.L., sobre otorgamiento de
autorización para la prestación del servicio de radiodifusión
sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM) en el
distrito y provincia de Huarmey, departamento de Ancash;
CONSIDERANDO:
Nº 28278, establece que para la prestación del servicio de
radiodifusión, en cualquiera de sus modalidades, se requiere
contar con autorización, la cual se otorga por Resolución del
Viceministro de Comunicaciones, según lo previsto en el
aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC;
Que, asimismo el artículo 14º de la Ley de Radio y
Televisión indica que la autorización es la facultad que
otorga el Estado a personas naturales o jurídicas para
establecer un servicio de radiodifusión. Además, el citado
artículo señala que la instalación de equipos en una
estación de radiodifusión requiere de un Permiso, el mismo
que es def‌i nido como la facultad que otorga el Estado, a
personas naturales o jurídicas, para instalar en un lugar
determinado equipos de radiodifusión;
establece que otorgada la autorización para prestar el servicio
de radiodifusión, se inicia un período de instalación y prueba
que tiene una duración improrrogable de doce (12) meses;
Que, el artículo 29º del Reglamento de la Ley de Radio y
Televisión indica que para obtener autorización para prestar el
servicio de radiodifusión se requiere presentar una solicitud,
la misma que se debe acompañar con la información y
documentación que en dicho artículo se detallan;
Que, con Resolución Viceministerial Nº 092-2004-
MTC/03, modif‌i cada por Resoluciones Viceministeriales
Nº 478-2006-MTC/03, Nº 746-2008-MTC/03, Nº 137-2009-
MTC/03, Nº 458-2009-MTC/03, Nº 178-2010-MTC/03, Nº
739-2010-MTC/03, N° 188-2011-MTC/03, N° 596-2011-
MTC/03 y N° 985-2011-MTC/03, se aprobaron los Planes
de Canalización y Asignación de Frecuencias en la banda
de FM para diversas localidades del departamento de
Ancash, entre las cuales se encuentra la localidad de
Huarmey, la misma que incluye al distrito y provincia de
Huarmey, departamento de Ancash;
Que, el Plan de Canalización y Asignación de
Frecuencias, indicado en el párrafo precedente, establece
1 Kw. como máxima potencia efectiva radiada (e.r.p.) a ser
autorizada en la dirección de máxima ganancia de antena.
Asimismo, según la Resolución Ministerial Nº 207-2009-
MTC/03, la misma que modif‌i có las Normas Técnicas del
Servicio de Radiodifusión aprobadas mediante Resolución
Ministerial Nº 358-2003-MTC/03, las estaciones que
operen en el rango mayor a 250 w. hasta 500 kw. de
e.r.p., en la dirección de máxima ganancia de antena se
clasif‌i can como Estaciones de Servicio Primario Clase D2,
consideradas de baja potencia;
Que, en virtud a lo indicado, la empresa POLARCOM
E.I.R.L. no se encuentra obligada a la presentación del Estudio
Teórico de Radiaciones No Ionizantes, así como tampoco
a efectuar los monitoreos anuales, según se establece en
el artículo 4º y el numeral 5.2 del Decreto Supremo Nº 038-
2003-MTC, modif‌i cado por Decreto Supremo 038-2006-MTC,
mediante el cual se aprobaron los Límites Máximos Permisibles
de Radiaciones No Ionizantes en Telecomunicaciones;
Que, con Informe Nº 0483-2012-MTC/28, la Dirección
General de Autorizaciones en Telecomunicaciones señala que
se considera viable otorgar la autorización solicitada por la
empresa POLARCOM E.I.R.L. para la prestación del servicio
de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada
(FM) en la localidad de Huarmey, departamento de Ancash;
De conformidad con la Ley de Radio y Televisión - Ley
Nº 28278, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo
Nº 005-2005-MTC, el Texto Único de Procedimientos
Administrativos del Ministerio de Transportes y
Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-
2002-MTC y modif‌i catorias, el Decreto Supremo N° 038-
2003-MTC, modif‌i cado por Decreto Supremo Nº 038-2006-
MTC, el Plan de Canalización y Asignación de Frecuencias
en la banda de Frecuencia Modulada (FM) para la localidad
de Huarmey, aprobado por Resolución Viceministerial Nº
092-2004-MTC/03 y sus modif‌i catorias, las Normas Técnicas
del Servicio de Radiodifusión, aprobadas por Resolución
Ministerial Nº 358-2003-MTC/03, y sus modif‌i catorias; y,
Con la opinión favorable de la Dirección General de
Autorizaciones en Telecomunicaciones;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Otorgar autorización a la empresa
POLARCOM E.I.R.L., por el plazo de diez (10) años, para
prestar el servicio de radiodifusión sonora comercial en
Frecuencia Modulada (FM) en la localidad de Huarmey,
DIRECCION GENERAL DE AERONAUTICA CIVIL DEL PERU (DGAC)
Código: F-DSA-P&C-002 Revisión: Original Fecha: 30.08.10
Cuadro Resumen de Viajes
RELACION DE VIAJES POR COMISION DE SERVICIOS DE INSPECTORES DE LA DIRECCION GENERAL DE AERONAUTICA CIVIL
ESTABLECIDOS EN EL TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DEL MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
- DIRECCION GENERAL DE AERONAUTICA CIVIL - COMPRENDIDOS LOS DIAS DEL 30 DE ABRIL AL 12 DE MAYO DE 2012 Y SUSTENTADO
EN LOS INFORMES Nº 083-2012-MTC/12.04 Y Nº 142-2012-MTC/12.04
ORDEN INSPECCION
INICIO FIN VIATICOS
(US$) SOLICITANTE INSPECTOR CIUDAD PAIS DETALLE RECIBOS DE
ACOTACION Nºs.
843-2012-MTC/12.04 30-abr 04-may US$ 800.00 Lan Perú S.A. Alvarez Zevallos,
Alfredo Federico Santiago Chile Chequeo técnico Inicial y habilitación
de categoría en el equipo B-767 a su
personal aeronáutico
1324-1499-23685-
31102
844-2012-MTC/12.04 07-may 10-may US$ 800.00 TACA PERU Rondón Rondón,
Moisés San Salvador El Salvador Chequeo técnico Inicial en simulador
de vuelo del equipo A-319/320/321 a su
personal aeronáutico
22031-24464-24465
845-2012-MTC/12.04 10-may 12-may US$ 660.00 HELIAMERICA
SAC Lolli Del Castillo,
Mauro Humberto
José
Dallas,Texas EUA Chequeo en simulador de vuelo
del equipo Bell 412, a su personal
aeronáutico
32951-32952
777341-5

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