RESOLUCION JEFATURAL N° 104-2014/SIS - Aprueban pago directo de prestaciones económicas de sepelio a nivel nacional, correspondiente al mes de abril de 2014
Fecha de disposición | 26 Abril 2014 |
Fecha de publicación | 26 Abril 2014 |
El Peruano
Sábado 26 de abril de 2014
521716
De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1085
- Ley que crea el Organismo de Supervisión de los
Recursos Forestales y de Fauna Silvestre – OSINFOR y
su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado
por el Decreto Supremo N° 065-2009-PCM;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Designar, a partir de la fecha, al
Abogado Augusto Elías Bardales Noriega en el cargo
de Auxiliar Coactivo, de la Ofi cina de Administración del
Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y
de Fauna Silvestre.
Artículo Segundo.- Precisar en el presente caso,
que la designación recaerá bajo el Régimen Especial
regulado por el Decreto Legislativo Nº 1057, su Reglamento
aprobado mediante Decreto Supremo Nº 075-2008-PCM
y su modifi catoria aprobado por Decreto Supremo Nº 065-
2011-PCM, y se mantendrá vigente en tanto su contrato sea
renovado y/o prorrogado conforme a la normativa vigente.
Artículo Tercero.- Encargar a la Ofi cina de Tecnología
de la Información su difusión en el Portal Institucional
dentro del día siguiente de haber sido notifi cado.
Artículo Cuarto.- Notifíquese la presente Resolución
a todas las Unidades Orgánicas del OSINFOR, para su
cumplimiento.
Regístrese y comuníquese.
ROLANDO NAVARRO GÓMEZ
Presidente Ejecutivo (e)
Organismo de Supervisión de los Recursos
Forestales y de Fauna Silvestre-OSINFOR
1076406-2
SEGURO INTEGRAL DE SALUD
Aprueban pago directo de prestaciones
económicas de sepelio a nivel nacional,
correspondiente al mes de abril de
2014
RESOLUCIÓN JEFATURAL
Nº 104-2014/SIS
Lima, 25 de abril de 2014
VISTOS: El Informe N° 002-2014-SIS-GNF-PCT-
LLA con Proveído Nº 97-2014-SIS-GNF de la Gerencia
de Negocios y Financiamiento, sobre el pago directo de
las prestaciones económicas de sepelio a nivel nacional,
el Informe N° 006-2014-SIS-OGTI-UDP-MGAV con
Proveído N° 087-2014-SIS/OGTI de la Ofi cina General de
Tecnología de la Información, el Memorando N° 155-2014-
SIS/OGPPDO de la Ofi cina General de Planeamiento,
Presupuesto y Desarrollo Organizacional y el Informe Nº
079-2014-SIS/OGAJ/JIPL con Proveído N° 213-2014-SIS/
OGAJ de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica;
CONSIDERANDO:
Que, en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411,
Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto,
aprobado por Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, se
establecen los principios así como los procesos y
procedimientos que regulan el Sistema Nacional de
Presupuesto a que se refi ere el artículo 11° de la Ley Nº
28112, Ley Marco de la Administración Financiera del
Sector Público, en concordancia con los artículos 77º y
78º de la Constitución Política del Perú;
Que, en los numerales 12.1 y 12.2 del artículo 12° de
la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público
para el Año Fiscal 2014, se dispone la autorización de las
transferencias fi nancieras en el Año Fiscal 2014, entre
entidades del Gobierno Nacional, entre las que está
considerada el Seguro Integral de Salud, aprobándose
por Resolución del Titular del Pliego, la misma que debe
ser publicada en el Diario Ofi cial El Peruano;
Que, el artículo 4° del Decreto Legislativo N° 1163,
Decreto Legislativo que aprueba Disposiciones para el
Fortalecimiento del Seguro Integral de Salud, establece
que la transferencia de fondos o pagos que efectúe
el Seguro Integral de Salud requiere la suscripción
obligatoria de un convenio o contrato, pudiendo tener
una duración de hasta tres (3) años renovables, de igual
modo, dispone que en los convenios que se suscriba
con las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud
públicas podrá establecerse diferentes modalidades o
mecanismos de pago;
Que, a través del artículo 2° del Decreto Supremo N°
007-2012-SA, se precisa que los Planes Complementarios
al PEAS que ofrece el Seguro Integral de Salud, incluyen
la prestación económica de sepelio a nivel nacional;
Que, con Resolución Ministerial N° 910-2011/MINSA,
se modifi ca el numeral 1 del acápite V.2 Del Proceso de
Pago de las Prestaciones de la Directiva Administrativa
N° 112-MINSA/SIS-V.01, aprobada por Resolución
Ministerial N° 422-2007/MINSA, en el que se dispone que
“Las transferencias de recursos serán programadas por el
SIS, a fi n de garantizar el oportuno fi nanciamiento de las
prestaciones”;
Que, de acuerdo al párrafo precedente y al numeral
6.3.2.2 de la Directiva Administrativa Nº 001-2013/SIS/
GNF, que regula el Pago de la Prestación Económica
de Sepelio para los Afi liados a los Regímenes de
Financiamiento Subsidiado y Semicontributivo del Seguro
Integral de Salud, aprobada por Resolución Jefatural N°
202-2013/SIS, la misma que dispone que “La Ofi cina
General de Administración de Recursos, efectúa el proceso
de pago (compromiso, devengado, girado y pagado) de
las Prestaciones Económicas de Sepelios, con la emisión
de la carta orden de habilitación de fondos en la cuenta
corriente de la respectiva entidad bancaria”;
Que, con Memorando N° 155-2014-SIS/OGPPDO,
la Ofi cina General de Planeamiento, Presupuesto y
Desarrollo Organizacional, aprueba las Certifi caciones de
Crédito Presupuestario N° 429 y Nº 430 para el pago de
las prestaciones económicas de sepelio correspondiente
a las fuentes de Financiamiento de Recursos Ordinarios y
Recursos Directamente Recaudados, respectivamente;
Que, mediante documento de vistos, la Gerencia de
Negocios y Financiamiento, sustenta la necesidad de
aprobar los pagos directos de las prestaciones económicas
de sepelio, correspondientes al mes de abril del 2014;
Con el visto bueno de la Secretaría General, de la
Gerencia de Negocios y Financiamiento, de la Ofi cina
General de Tecnología de la Información, de la Ofi cina
General de Administración de Recursos y con la opinión
favorable de la Ofi cina General de Planeamiento,
Presupuesto y Desarrollo Organizacional y de la Ofi cina
General de Asesoría Jurídica; y,
De conformidad con lo establecido en el numeral 12.2
del artículo 12° de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto
del Sector Público para el Año Fiscal 2014 y de acuerdo
a lo dispuesto en el numeral 11.8 del artículo 11º del
Reglamento de Organización y Funciones del Seguro
Integral de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-
2011-SA;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Aprobar el pago directo de las
prestaciones económicas de sepelio a nivel nacional por
la suma total de TRES MILLONES CUATROCIENTOS
OCHENTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS CINCO CON
72/100 NUEVOS SOLES, (S/. 3’488,805.72) con cargo a
las Fuentes de Financiamiento 00: Recursos Ordinarios y
09: Recursos Directamente Recaudados, correspondiente
al mes de abril 2014, de acuerdo al siguiente detalle:
00-Recursos Ordinarios S/. 3’475,325.72
09-Recursos Directamente Recaudados S/. 13,480.00
TOTAL S/. 3’488,805.72
Artículo 2°.- Encargar a la Secretaría General, la
publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial
El Peruano, así como coordinar con la Ofi cina General de
Tecnología de la Información la publicación en el portal del
Seguro Integral de Salud.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JULIO SEGUNDO ACOSTA POLO
Jefe del Seguro Integral de Salud (e)
1076979-1
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