Introducción al Derecho penal de la Administración pública

AutorMiguel Polaino-Orts
CargoProfesor de Derecho Penal de la Universidad de Sevilla, España
Páginas77-87
77
Derecho & Sociedad
Asociación Civil
39
El Derecho penal de la Administración pública si bien
es cierto se encuentra dentro de la rama del Derecho
Penal, debe ser analizado con el debido cuidado, pues
comparte características del Derecho Administrativo así
como del Derecho Penal. Razón por la cual se le debe
de considerar un Derecho mixto, que tiene métodos
de estudios sea por razón de la materia (referido a
la organización del estado) o en razón de la persona
(referido a la persona dentro de la organización que
comete el ilícito).
I. Derecho penal de la Administración Pública:
concepto y signicado
En la denominación de esta disciplina se contienen dos
elementos heterogéneos que a simple vista pueden
parecer incluso contradictorios: «Derecho penal» y
«Administración pública». Esa denominación reúne
bajo un mismo tenor dos materias que tienen, cada
una de ellas, un ámbito concreto y autónomo, dos
disciplinas que tienen diversos «campos de juego»,
dos ámbitos que son, al menos, conceptualmente
diferenciados: uno de ellos, el Derecho penal, es
un sector del ordenamiento jurídico, una especie del
género Derecho; otro, la Administración Pública,
alude a un concepto en principio más amplio: a aquella
organización que gestiona servicios públicos en el
seno de una esfera política determinada.
Entonces ¿qué sentido tiene unir dos miembros tan
diferentes bajo un mismo «manto conceptual»? O
formuladose de otra manera: ¿Qué vincula al Derecho
Penal con la Administración pública? Si analizamos
ambos conceptos con más detenimiento veremos que
1 Profesor de Derecho Penal de la Universidad de Sevilla – España. Magister en Derecho por la Universidad de Sevilla. Magister Iuris Comparativi por la Universidad de Bonn
(Alemania).
Introducción al Derecho Penal
de la Administración Pública
Por: Miguel Polaino-Orts1
entre ellos existen algunos puntos de conexión:
- Por un lado, pareciera que el Derecho penal, como
instrumento al servicio de la Administración
de Justicia, también formaría parte de la
Administración pública. Desde este punto de vista,
la Administración de Justicia penal sería un sector
de la Administración pública, un fragmento de ella.
- Por otro lado, tanto el Derecho penal como
la Administración pública tienen otro común
denominador: ambas materias se incluyen en lo
que suele llamarse Derecho público.
II. Derecho público como común denominador
Tradicionalmente la Ciencia del Derecho se ha dividido
en dos sectores diferenciados: Derecho público y
Derecho privado. Esta división, quizá más pedagógica
que de contenido material, se remonta a épocas
antiguas, aunque experimentó una revalorización con
el nacimiento del concepto de Estado moderno, en la
época de la Revolución Francesa.
Dentro de las fuentes tradicionales puede citarse
al jurista Ulpiano. En su opinión, el Derecho
privado, en cuanto afecta únicamente al interés
particular de los individuos, se regula por
su voluntad autónoma, expresada mediante
el negocio jurídico unilateral o mediante un
acuerdo de voluntades (contrato). Por su parte,
el Derecho público afecta al interés de todos,
y su contenido lo integra la organización y el
El autor nos presenta de manera muy explicativa la gura del Derecho Penal de la Administración Pública, al cual
dene como Derecho Mixto. Señala que esta disciplina se caracteriza por razón de la materia, haciendo referencia
a su relación con la organización del Estado y la protección de intereses generales, y por razón de la persona pues
los protagonistas son los sujetos cualidad: funcionario público.
Posteriormente desarrolla los conceptos penales de autoridad, funcionario público y de la Administración Pública.
Si bien el contexto del autor es el ordenamiento jurídico español, el artículo resulta útil para realizar un análisis del
Derecho comparado, así como para abordar el sistema español.

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