Introducción al Derecho de los Marcas y otros Signos Distintivos en el Perú
Autor | Alfredo Maraví Contreras |
Páginas | 58-68 |
58
foro jurídico
Introducción al Derecho de los Marcas y otros Signos Dis-
tintivos en el Perú
Alfredo Maraví Contreras*
“Trate de que la experiencia de la marca
supere la percepción que se tiene de ella”.
Stan Rapp
(presidente y director general
de McCann Relationship Marketing)
INTRODUCCIÓN
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A su vez, los Signos Distintivos son bienes inmateriales que se componen principalmente de marcas, nombres comer-
ciales, lemas comerciales y denominaciones de origen. En este sentido, la característica común de las marcas, nombres
que existe en el mercado (de allí se explica el nombre de signo distintivo).
Los Signos Distintivos también tienen en común una misma regulación, ya que la norma principal que se les aplica
actualmente por Perú, Ecuador, Bolivia y Colombia); y a nivel nacional, tenemos el Decreto Legislativo N° 1075.
Ambas normas se aplican conjuntamente pues, en general, podemos decir que se complementan1.
También las autoridades competentes para el registro y defensa de los signos distintivos en el Perú son las mismas, a
-
*
pucp.edu.pe
1 Como puede imaginar el lector, en algunos puntos, el Decreto Legislativo No. 1075 y la Decisión 486 también pueden entrar en contradicción.
“Los signos distintivos (…) tienen en común
una misma regulación (…). Se les aplica la
Decisión N° 486, Régimen Común sobre Pro-
piedad Industrial de la Comunidad Andina de
Naciones.”
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