Aprueban modificación de reglamento interno y prospecto de colocación de fondo de inversión*

Fecha de publicación27 Noviembre 1997
Fecha de disposición27 Noviembre 1997
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NORMAS LEGALES
Lima, jueves 27 de noviembre de 1997
haber suscrito su informe de descargo, en cambio sí su
oficio de remisión de fojas 151, donde señala como referen-
cia el Oficio Nº 169-97-MP/CI-ANCASH, de fojas 10, por el
que fue requerido con la presente denuncia. Que se
encuentra en autos indicios de la comisión del delito de
Abuso de Autoridad, previsto y sancionado en el Artículo
376º del Código Penal, los mismos que deben ser investi-
gados a nivel judicial; y,
De conformidad con el Informe Nº 051-97-MP-
F.SUPR.CI, de fecha 17 de junio de 1997, suscrito por la
doctora Flora Adelaida Bolívar Arteaga, Fiscal Suprema
de la Fiscalía Suprema de Control Interno, y lo establecido
Decreto Legislativo Nº 52 Ley Orgánica del Ministerio
Público, el inciso f) de la Tercera Disposición Transitoria,
Complementaria y Final de la Ley Nº 26623, y lo estable-
cido en la Resolución de la Comisión Ejecutiva del Minis-
terio Público Nº 296-96-MP-FN-CEMP; la Comisión Eje-
cutiva del Ministerio Público, estando al Acuerdo Nº
10483, adoptado por unanimidad en Sesión de la fecha;
dejándose constancia que la señorita Presidenta de la
Comisión Ejecutiva del Ministerio Público, doctora Blan-
ca Nélida Colán Maguiño, no se encuentra presente por
hallarse con licencia por motivo de viaje; y el señor José
Antonio Luna Bazo, Secretario Ejecutivo y Miembro de la
Comisión Ejecutiva del Ministerio Público, no se encuen-
tra presente por hallarse con licencia por enfermedad; y,
en uso de las atribuciones que le confiere las Leyes Nº
26623, Nº 26695 y Nº 26738;
RESUELVE:
Artículo Unico.- Declarar FUNDADA la denuncia
formulada por Mauro Garay Morales contra el doctor
Edgar Eleazar Gonzales Chafloque, ex Fiscal Provincial
Provisional de la Fiscalía Provincial Mixta de Marañón
por el delito de Abuso de Autoridad. Decidiéndose el
ejercicio de la Acción Penal en su contra. Remítase los
actuados al Fiscal Superior encargado de la Gestión de
Gobierno delegada por la Comisión Ejecutiva del Minis-
terio Público en el Distrito Judicial de Ancash para la
formalización de la denuncia penal. Con conocimiento de
los señores Presidentes de la Corte Suprema de Justicia
de la República, de la Comisión Ejecutiva del Poder
Judicial, y del Consejo Nacional de la Magistratura,
respectivamente.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PEDRO PABLO GUTIERREZ FERREYRA
Fiscal Supremo y Miembro de la Comisión
Ejecutiva del Ministerio Público
ANGEL RAFAEL FERNANDEZ HERNANI
BECERRA
Fiscal Supremo (P) y Miembro de la
Comisión Ejecutiva del Ministerio Público
13513
J N E
Disponen que la ONPE verifique autenti-
cidad de firmas y libretas electorales de
adherentes presentadas por agrupa-
ción política
RESOLUCION Nº 1030-97-JNE
Lima, 26 de noviembre de 1997
Visto, el expediente presentado con fecha 25 de no-
viembre del presente año, por don Jorge Ferradas Núñez,
Personero Legal del Partido Aprista Peruano, acompa-
ñando 6,095 planillones y catorce (14) diskettes (siete
originales y siete copias) conteniendo relación de adhe-
rentes de su representada, a fin de que se adicionen a su
expediente de solicitud de inscripción de fecha 20 de
febrero de 1997;
CONSIDERANDO:
Que, el Partido Aprista Peruano ha acompañado con
fechas 20 de febrero y 22 de mayo de 1997, a su solicitud
de inscripción, 33,298 planillones y 47 diskettes conte-
niendo la relación de sus adherentes, habiéndose remiti-
do dichos documentos al Registro Nacional de Identifica-
ción y Estado Civil, para su correspondiente verificación,
mediante Resolución Nº 540-97-JNE de fecha 5 de junio
del mismo año;
Que, conforme lo dispone el Artículo 91º de la Ley
Orgánica de Elecciones Nº 26859, vigente desde el 2 de
octubre último, corresponde remitir a la Oficina Nacional
de Procesos Electorales los planillones y diskettes adicio-
nales presentados con fecha 25 de noviembre último a fin
de que dicha Oficina realice la correspondiente comproba-
ción de la autenticidad de las firmas y la numeración de las
libretas electorales de adherentes.
Que se debe autorizar a los personeros del referido
Partido Político, para que con su presencia vigilen el
desarrollo del citado proceso de verificación;
El Jurado Nacional de Elecciones en uso de sus atribu-
ciones;
RESUELVE:
Artículo Primero.- Disponer que la Oficina Nacional
de Procesos Electorales realice en el plazo de diez días, la
comprobación de la autenticidad de las firmas y de la
numeración de las libretas electorales de adherentes
presentadas adicionalmente por el Partido Aprista Pe-
ruano, de conformidad con lo dispuesto por los Artículos
91º y 92º de la Ley Nº 26859.
Artículo Segundo.- Remitir al efecto a la Oficina
Nacional de Procesos Eletorales los 6,095 planillones así
como siete (7) diskettes originales conteniendo la relación
de firmas de adherentes presentados por el citado Partido
Político con fecha 25 de noviembre de 1997.
Artículo Tercero.- Autorizar a los personeros del
Partido Aprista Peruano, a presenciar y vigilar el proceso
de verificación referido.
Artículo Cuarto.- La Oficina Nacional de Procesos
Electorales luego de haber dado cumplimiento a lo dis-
puesto en la presente resolución, deberá emitir informe al
Jurado Nacional de Elecciones, con la documentación
presentada, para la prosecución del trámite.
Regístrese y comuníquese.
SS. CHOCANO MARINA; CATACORA GONZALES;
MUÑOZ ARCE; HERNANDEZ CANELO;
DE VALDIVIA CANO;
Secretario General, TRUJILLANO
13528
CONASEV
Aprueban modificación de reglamento
interno y prospecto de colocación de
fondo de inversión
RESOLUCION CONASEV
Nº 725-97-EF/94.10
Lima, 21 de noviembre de 1997
VISTOS:
El Expediente Nº 97/01167 presentado por Credifondo
S.A. Sociedad Administradora de Fondos Mutuos de In-
versión en Valores y Fondos de Inversión, así como el
Memorándum Ejecutivo Nº 336-97-EF/94.40 de fecha 17
de noviembre de 1997, de la Gerencia de Mercado de
Valores, con la opinión favorable de la Gerencia General.
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución CONASEV Nº 621-97-EF/
94.10 de fecha 15 de octubre de 1997 se autorizó a Credi-
fondo S.A. Sociedad Administradora de Fondos Mutuos
de Inversión en Valores, a administrar fondos de inver-
sión, bajo la denominación de "Credifondo S.A. Sociedad
Administradora de Fondos Mutuos de Inversión en Valo-
res y Fondos de Inversión" o su abreviatura "Credifondo
S.A. SAFMI", así como el establecimiento del fondo de
inversión denominado "CREDIFONDO - GME Fondo de
Inversión Inmobiliario";

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