ORDENANZA N° 002-2012-RMDD/CR - Aprueban Reglamento Interno de la Comisión Ambiental Regional - CAR del Gobierno Regional de Madre de Dios

Fecha de disposición07 Julio 2012
Fecha de publicación07 Julio 2012
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, sábado 7 de julio de 2012 470201
Regional de Gestión Ambiental, en coordinación con las
Comisiones Ambientales Regionales.
Que, el artículo 61 de la Ley Nº 28611, Ley General
del Ambiente, establece que los Gobiernos Regionales,
a través de sus Gerencias de Recursos Naturales y
Gestión del Medio Ambiente y en coordinación con las
Comisiones Ambientales Regionales (CAR) y la Autoridad
Ambiental Nacional, implementarán un Sistema Regional
de Gestión Ambiental, integrando a las entidades públicas
y privadas que desempeñan funciones ambientales o que
inciden sobre la calidad del medio ambiente, así como a
la sociedad civil, en el ámbito de actuación del gobierno
regional.
Que, el artículo 23 de la Ley Nº 28245, Ley Marco del
Sistema Nacional de Gestión Ambiental, establece que
las Comisiones Ambientales Regionales (CAR), son las
instancias de gestión ambiental, de carácter multisectorial,
encargadas de coordinar y concertar la política ambiental
regional, promueve el diálogo y el acuerdo entre los
sectores público y privado.
Que, mediante Ordenanza Regional Nº 011-2010-
GRMDD/CR, de fecha 26 de agosto del 2010, se creó la
Comisión Ambiental Regional (CAR) de la Región Madre
de Dios, disponiéndose su estructura, conformación
y sus funciones generales y específ‌i cas, entre otras
disposiciones af‌i nes.
Que, de conformidad con la observación formulada, la
Sub Gerencia de Desarrollo Institucional, mediante Informe
Nº 207-2011-GOREMAD/GRPPYAT-SGDIEI; así como, la
Of‌i cina Regional de Asesoría Jurídica mediante Informe
Legal No.719-2011-GOREMAD/ORAJ; e, Informe Legal
Nº 1034-2011-GOREMAD/ORAJ, respectivamente, opinan
por la necesidad de incluir a la Municipalidad Provincial de
Manu, como miembro integrante de la Comisión Ambiental
Regional de Madre de Dios, apreciando su “consistencia
de integridad territorial regional” y que “alberga un vasto e
importante patrimonio ambiental”.
Que, mediante Of‌i cio Nº 1537-2011-GOREMAD/PR,
el señor José Luís Aguirre Pastor, Presidente Regional,
entre otros, solicita al Consejo Regional, la aprobación
de la modif‌i cación de la Ordenanza Regional Nº 011-
2010-GRMDD/CR. El mismo que mediante Of‌i cio Nº 302-
2011-GOREMAD-CR/CD, fue puesto a conocimiento de
la Comisión Agraria, Medio Ambiente y Amazonía del
Consejo Regional.
Que, mediante Dictamen Nº 006-2011-GOREMAD/
CAMAYA, la Comisión Agraria, Medio Ambiente y
Amazonía del Consejo Regional, conforme al análisis
efectuado a los documentos puestos a su conocimiento,
propone y recomienda al pleno del Consejo Regional su
debate y aprobación correspondiente.
Que, el Consejo Regional en Pleno, en Sesión
Ordinaria, luego del análisis y debate correspondiente,
con el voto aprobatorio por mayoría de los Consejeros
Regionales, ha considerado necesario aprobar el Dictamen
que sustenta, entre otros, la aprobación de la modif‌i cación
de la Ordenanza Regional Nº 011-2010-GRMDD/CR.
Que, el Consejo Regional de Madre de Dios, en uso
de las facultades conferidas por la Constitución Política
del Estado; Ley Nº 27867, Ley Orgánica de los Gobiernos
Regionales y sus modif‌i catorias.
Ha dado la Ordenanza Regional siguiente:
Artículo Primero.- MODIFICAR, el Artículo Segundo
de la Ordenanza Regional Nº 011-2010-GRMDD/CR, con
el objeto de incorporar a la Municipalidad Provincial de
Manu, como miembro integrante de la Comisión Ambiental
Regional (CAR) de la Región Madre de Dios, para su
participación en dicho Ente a través de un representante.
Artículo Segundo.- ENCARGAR, a la Of‌i cina de
Secretaría del Consejo Regional de Madre de Dios, la
publicación de la presente ordenanza en el Diario Of‌i cial El
Peruano y en el Portal Electrónico del Gobierno Regional
de Madre de Dios.
Comuníquese al señor Presidente del Gobierno
Regional de Madre de Dios, para su promulgación.
En la ciudad de Puerto Maldonado, a los seis días del
mes de enero del año dos mil doce.
CARLOS H. MANRIQUE DE LARA ESTRADA
Consejero Delegado
Consejo Regional
POR TANTO:
Mando se registre, publique y cumpla.
Dado en la Sede del Gobierno Regional Madre de
Dios, a los nueve días del mes de enero del año dos mil
doce.
JOSÉ LUIS AGUIRRE PASTOR
Presidente Regional
810259-1
Aprueban Reglamento Interno de la
Comisión Ambiental Regional - CAR del
Gobierno Regional de Madre de Dios
ORDENANZA REGIONAL
Nº 002-2012-RMDD/CR
POR CUANTO:
El Consejo Regional del Gobierno Regional de Madre
de Dios, en Sesión Ordinaria llevada a cabo, el 04 de
enero del 2012.
CONSIDERANDO:
Que, los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad
popular; son personas jurídicas de derecho público, con
autonomía política, económica y administrativa, que
tienen la misión de organizar y conducir la gestión pública
regional, de acuerdo a sus competencias exclusivas,
compartidas y delegadas, en el marco de las políticas
nacionales y sectoriales, para contribuir al desarrollo
integral y sostenible de la Región;
Que, de conformidad al artículo 13 de la Ley Nº 27867,
Regional es el órgano normativo y f‌i scalizador del Gobierno
Regional. Tiene, entre otras atribuciones, la precisada
por el artículo 15, Inciso a) de la norma señalada, la
cual establece que es atribución del Consejo Regional,
aprobar, modif‌i car o derogar las normas que regulen o
reglamenten los asuntos y materias de competencia y
funciones del Gobierno Regional.
Que, el artículo 61 de la Ley Nº 28611, Ley General
del Ambiente, establece que los Gobiernos Regionales,
a través de sus Gerencias de Recursos Naturales y
Gestión del Medio Ambiente y en coordinación con las
Comisiones Ambientales Regionales (CAR) y la Autoridad
Ambiental Nacional, implementarán un Sistema Regional
de Gestión Ambiental, integrando a las entidades públicas
y privadas que desempeñan funciones ambientales o que
inciden sobre la calidad del medio ambiente, así como a
la sociedad civil, en el ámbito de actuación del gobierno
regional.
Que, el artículo 23 de la Ley Nº 28245, Ley Marco del
Sistema Nacional de Gestión Ambiental, establece que
las Comisiones Ambientales Regionales (CAR), son las
instancias de gestión ambiental, de carácter multisectorial,
encargadas de coordinar y concertar la política ambiental
regional, promueve el diálogo y el acuerdo entre los
sectores público y privado.
Que, mediante Ordenanza Regional Nº 011-2010-
GRMDD/CR, de fecha 26 de agosto del 2010, se creó la
Comisión Ambiental Regional (CAR) de la Región Madre
de Dios, disponiéndose su estructura, conformación
y sus funciones generales y específ‌i cas, entre otras
disposiciones af‌i nes.
Que, el Decreto Legislativo Nº 1013, Ley de Creación,
Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, en
su artículo 17, numeral 17.1, establece que los Gobiernos
Regionales aprueban, entre otros, las funciones de las
Comisiones Ambientales Regionales (CAR).
Que, la Gerencia Regional de Recursos Naturales y
Gestión del Medio Ambiente del Gobierno Regional de
Madre de Dios, ha concluido el proceso de elaboración
del Reglamento Interno de la Comisión Ambiental
Regional de Madre de Dios, que norma con mayor
detalle su naturaleza, composición, estructura interna y
funcionamiento, el mismo que necesita ser aprobado para
dinamizar el normal y correcto desarrollo de las sesiones
de trabajo de la referida comisión.

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