06 087-2006-EF/94.11 - Disponen inscripción del "Programa de Instrumentos de Corto Plazo Metalpren I" en el Registro Público del Mercado de Valores

Fecha de disposición12 Septiembre 2006
Fecha de publicación12 Septiembre 2006
NORMAS LEGALES
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327968 El Peruano
martes 12 de setiembre de 2006
coherentemente con la Opinión Nº 073-2005/GTN de la
Gerencia Técnico Normativa del CONSUCODE;
Que, asimismo, la Oficina de Asesoría Jurídica,
manifiesta que, aún cuando no aparece en los actuados
ningún hecho acreditado que pudiera considerarse
infracción o falta administrativa que involucre a algún
funcionario a cargo del caso, corresponde poner en
conocimiento del Órgano de Control Institucional los
antecedentes que sustentan la presente Resolución,
para los disponer el inicio de las acciones concernientes
al deslinde de las responsabilidades a que hubiere lugar,
conforme se encuentra previsto en el artículo 21º,
segundo acápite, del Texto Único Ordenado de la Ley de
Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado
por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM;
Con las visaciones de la Gerencia General, de la
Gerencia Central de Logística, de la Gerencia Central
de Finanzas y de la Oficina de Asesoría Jurídica, y;
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 19°
inciso c) del Texto Único Ordenado de la Ley de
Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado
por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM y los artículos
141° y 148° de su Reglamento, aprobado por Decreto
Supremo N° 084-2004-PCM, y la Directiva Nº 011-2001-
CONSUCODE/PRE;
En uso de las atribuciones conferidas por el artículo
64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del
Ministerio Público;
SE RESUELVE:
Artículo primero.- DECLARAR EN SITUACIÓN DE
DESABASTECIMIENTO INMINENTE, la contratación del
“Servicio de Vigilancia Zona Lima y Callao”, por un
período máximo de 90 días, contados a partir del día 10
de setiembre del 2006, pudiendo reducirse dicho período
en el momento en que se suscriba el nuevo contrato
como consecuencia del proceso de adquisición en
trámite, fijándose un valor referencial mensual de S/.
235,737.05 (Doscientos Treinta y Cinco Mil Setecientos
Treinta y Siete y 05/100 Nuevos Soles) y un monto total
de S/. 707,211.15 (Setecientos Siete Mil Doscientos
Once y 15/100 Nuevos Soles), egreso que se afectará a
la Específica de Gasto 34. Contratación con Empresas
de Servicios, Fuente de Financiamiento Recursos
Ordinarios, por los fundamentos expuestos en la parte
considerativa de la presente resolución.
Artículo segundo.- EXONERAR a la Gerencia
Central de Logística de la realización del proceso de
selección correspondiente y AUTORIZARLA a efectuar
la contratación del Servicio de Vigilancia Zona Lima y
Callao, mediante una acción inmediata, invitando a un
solo proveedor, cuya propuesta cumpla con las
características y condiciones mínimas requeridas en
las Bases, dejando constancia que si antes del plazo de
90 días, se logra suscribir el nuevo contrato de servicio,
la situación de Desabastecimiento Inminente concluirá
en dicha oportunidad.
Artículo tercero.- Disponer el inicio de las acciones
correspondientes para el deslinde de las
responsabilidades a que hubiere lugar, en cumplimiento
de lo dispuesto en los artículos 21º, segundo acápite y
47° del Texto Único Ordenado de la Ley de
Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado
por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM.
Artículo cuarto.- Disponer se efectúe la publicación
de la presente resolución en el Diario Oficial “El Peruano”,
así como en el SEACE, y asimismo se remita a la
Contraloría General de la República y al Tribunal de
Contrataciones y Adquisiciones del Estado-
CONSUCODE, copia de la misma, así como de los
informes que la sustentan, dentro de los diez (10) días
hábiles siguientes a su aprobación.
Artículo Quinto.- Remitir copia de la presente
resolución a la Gerencia General, Gerencias Centrales
de Logística, Finanzas, Órgano de Control Institucional
y Oficina de Asesoría Jurídica, para los fines pertinentes.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
FLORA ADELAIDA BOLIVAR ARTEAGA
Fiscal de la Nación
01996-1
ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS
CONASEV
Disponen inscripción del "Programa de
Instrumentos de Corto Plazo Metalpren
I" en el Registro Público del Mercado
de Valores
RESOLUCIÓN GERENCIA GENERAL
Nº 087-2006-EF/94.11
Lima, 6 de septiembre de 2006
VISTOS:
El Expediente Nº 2006015840, presentado por
Metalpren S.A. y el Memorándum Nº 2602-2006-EF/94.45
del 6 de septiembre de 2006, de la Gerencia de Mercados
y Emisores;
CONSIDERANDO:
Ley Nº 26887, permite a las sociedades emitir
obligaciones que reconozcan o creen una deuda en favor
de sus titulares;
Que, mediante Junta General de Accionistas de
Metalpren S.A. del 10 de noviembre de 2005, se
aprobó la emisión de instrumentos representativos
de deuda hasta por la suma de dos millones y 00/100
Dólares de los Estados Unidos de América
(US$ 2 000 000,00) en circulación o su equivalente
en otras monedas; asimismo, en dicha Junta General
se acordó delegar en el Directorio de la empresa
todas las facultades que resulten necesarias para
determinar los términos, características y condiciones
de las emisiones a realizarse en el marco del
programa o programas de emisiones, pudiendo el
Directorio delegar estas facultades en la gerencia de
la empresa y/o en las personas que estime
conveniente;
Que, en ejercicio de las facultades otorgadas, el
Directorio de Metalpren S.A., en sesión del 14 de
noviembre de 2005, aprobó el programa de instrumentos
de corto plazo denominado "Programa de Instrumentos
de Corto Plazo Metalpren I", hasta por un monto máximo
en circulación de dos millones y 00/100 Dólares de los
Estados Unidos de América (US$ 2 000 000,00), o su
equivalente en otras monedas, y determinó las
condiciones y características de dicho programa;
Que, en la referida sesión del Directorio del 14 de
noviembre de 2005, se acordó delegar en el señor
Danilo Balarín De La Torre para que individualmente o
conjuntamente con el señor Danilo Balarín Benavides o
con el señor Mateo Balarín Benavides y conjuntamente
este último con el señor Danilo Balarín Benavides,
ejerzan las facultades necesarias para determinar los
términos, características, monto, plazo y demás
condiciones de las emisiones a ser realizadas dentro
del marco del Programa de Instrumentos de Corto Plazo
Metalpren I;
Que, en ejercicio de las facultades que les fueron
concedidas, los representantes de Metalpren S.A.
solicitaron a CONASEV la aprobación del trámite
anticipado, la inscripción del "Programa de
Instrumentos de Corto Plazo Metalpren I" así como el
registro del prospecto marco correspondiente en el
Registro Público del Mercado de Valores; asimismo,
solicitaron la inscripción de los valores pertenecientes
a la primera emisión de dicho programa, para lo cual
acompañaron a su solicitud la documentación
sustentatoria respectiva;
Que, en el presente caso se ha cumplido con presentar
la información requerida por el Reglamento de Oferta
Pública Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios, así
como las disposiciones aprobadas mediante Resolución
Gerencia General Nº 211-98-EF/94.11;
Que, el artículo 2º, numerales 2) y 3), de las Normas
Relativas a la Publicación y Difusión de las Resoluciones
Emitidas por los Órganos Decisorios de CONASEV,

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