Institucionalidad, política de estado y ordenamiento jurídico en el sector turismo
Autor | R. Manuel Burga Solar |
Páginas | 431-440 |
431
Revista del Foro 103
INSTITUCIONALIDAD, POLÍTICA DE ESTADO Y ORDENAMIENTO
JURÍDICO EN EL SECTOR TURISMO
Por: R. Manuel Burga Solar*
SUMARIO: 1.EN TORNO A LA FALTA DE INSTITUCIONALIDAD 2. ACERCA DE
LA AUTONOMÍA DE UN ENTE RECTOR Y MÁXIMA INSTANCIA ESPECIALIZADA
EN MATERIA TURÍSTICA 3. APOSTANDO POR UNA POLÍTICA DE ESTADO 4.
ORDENAMIENTO JURÍDICO EN EL SECTOR TURISMO
1.
EN TORNO A LA FALTA DE INSTITUCIONALIDAD
Cuando nos referimos a la institucionalidad inmediatamente nos viene a la mente la
palabra institucional y por ende la propia institución que amerita examinemos como sigue.
Toda institución supone una organización y ella, constituye una obra humana naturalmente
perfectible teniendo como constante la razonabilidad del hombre traduciendo ello en normas
en algunos casos permisibles y en otros prohibitivas, vale decir, a partir de una estructura la
identicación de un todo orgánico y funcional que debiera obedecer a un interés ciudadano
común, reconocida que fuese su pluralidad.
En verdad, se trata de una válida convergencia de voluntades con sujeción a un conjunto
de normas jurídicas tanto sustantivas como adjetivas habitualmente, aunque en algunos casos
hasta donde se amparan en su propia personalidad y sus costumbres con las que se identican y
responde a un interés social y a mayor abundamiento, lo importante de abordar este tema es que
comprobemos la ejecución de manera eciente de los intereses que sostienen la institucionalidad
proyectado al futuro con ánimo de permanencia, lo que a la larga allana el camino a un pacto
social.
* Presidente de la Comisión de Estudio de Derecho Turístico del Ilustre Colegio de Abogados de Lima. Catedrático
universitario. Fundador y Presidente de la Asociación Peruana de Derecho Turístico – APEDETUR.
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