06 052-2004-SUNARP/SN - Aprueban Reglamento de Inscripciones del Registro de Derechos Mineros

Fecha de publicación12 Febrero 2004
Fecha de disposición12 Febrero 2004
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NORMAS LEGALES
Lima, jueves 12 de febrero de 2004
ga a efectuar una segunda convocatoria, cuya realización
hasta el otorgamiento de la Buena Pro demanda un lapso
no previsto y que excede el plazo del contrato vigente con
el actual proveedor, ampliado de acuerdo a lo dispuesto
por el Artículo 141º del Reglamento hasta el 11.2.2004,
durante cuyo período los trabajadores, padres y dependien-
tes se verían desprotegidos de no contar con dicho servi-
cio, originándose en tal sentido una situación de urgencia
que amerita la exoneración del proceso de selección para
efectuar la contratación por el proceso de menor cuantía
hasta por la suma de S/. 43,000.00, proveniente de la Fuente
de Financiamiento: Recursos Ordinarios y por el período
de 40 días calendario;
Que, la Oficina General de Asesoría Jurídica, en virtud
de lo expuesto en el Informe emitido por la Oficina de
Abastecimiento y Servicios Generales, estima que la si-
tuación descrita se tipifica en el Artículo 19º inciso c) del
Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850, aprobado por
Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, como una causal de
exoneración del proceso de selección correspondiente por
situación de urgencia, lo cual permite la contratación del
Servicio de Seguro Médico Familiar, a favor de los trabajado-
res de la Sede Central del INADE por el procedimiento de
Adjudicación de Menor Cuantía, por el lapso de 40 días
calendario, en cuyo período se deberá culminar con el Con-
curso Público convocado;
Que, para tal efecto se debe dictar la Resolución Presi-
dencial que apruebe la referida exoneración, en razón a
que el Presidente Ejecutivo del Consejo Directivo del INA-
DE es el Titular del Pliego, conforme se encuentra señala-
do en el Artículo 6º del Decreto Supremo Nº 003-2003-
VIVIENDA;
Que, la contratación de los servicios debe realizarse
mediante el Proceso de Adjudicación de Menor Cuantía,
en el marco de los Artículos 105º y 116º del Reglamento
de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado;
Estando al Informe Técnico Nº001-2004-INADE-4131
e Informe Legal Nº 011-2003-INADE-3201-OGAJ;
Con las visaciones de la Oficina General de Adminis-
tración y Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con lo establecido en el inciso c) del
Artículo 19º e inciso a) del Artículo 20º del Texto Único Orde-
nado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Es-
tado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM,
Artículos 105º, 113º y 116º de su Reglamento, aprobado
por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM; Artículo 17º de
la Ley Nº 27444 -Ley del Procedimiento Administrativo
General; Decreto Legislativo Nº 599, Ley de Organización
y Funciones del INADE y su Reglamento, aprobado por
Decreto Supremo Nº 017-93-PRES; y Decreto Supremo
Nº 003-2003-VIVIENDA;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Exonerar al Instituto Nacional de Desarrollo
- INADE del proceso de selección correspondiente para
contratar el Servicio de Seguro Médico Familiar, en favor
de los trabajadores de la Sede Central del INADE, por el
valor de S/. 43,000.00 (Cuarenta y Tres Mil y 00/100 Nue-
vos Soles), proveniente de la Fuente de Financiamiento:
Recursos Ordinarios, por un plazo máximo de 40 días
calendario, por los fundamentos expuestos en la parte con-
siderativa de la presente Resolución.
Artículo 2º.- Autorizar a la Oficina General de Ad-
ministración, a fin de que efectúe la contratación materia
de la presente Resolución, mediante el procedimiento de
Adjudicación de Menor Cuantía, por el período de 40 días
calendario, en el marco de los Artículos 105º y 116º del
Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM.
Artículo 3º.- La contratación a que se refiere el artículo
precedente, se realizará de acuerdo a las normas del Tex-
to Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisi-
ciones del Estado.
Artículo 4º.- Poner la presente Resolución Presidencial
en conocimiento de la Contraloría General de la República,
conjuntamente con los Informes Técnico y Legal susten-
tatorios, disponiéndose su publicación en el Diario Oficial
El Peruano, dentro de los diez (10) días calendario siguien-
tes a su aprobación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
FEDERICO VARGAS CENTENO
Presidente Ejecutivo
02784
SUNARP
Aprueban Reglamento de Inscripciones
del Registro de Derechos Mineros
RESOLUCIÓN DEL SUPERINTENDENTE
NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS
Nº 052-2004-SUNARP/SN
Lima, 9 de febrero de 2004
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley Nº 26366, se crea el Sistema Nacio-
nal de los Registros Públicos y la Superintendencia Nacio-
nal de los Registros Públicos - SUNARP, como organismo
descentralizado autónomo del Sector Justicia y ente rector
del Sistema Nacional de los Registros Públicos;
Que, por Resolución del Superintendente Nacional de
los Registros Públicos Nº 548-2002-SUNARP/SN, del 21
de noviembre de 2002, se constituyó la Comisión encar-
gada de revisar el Reglamento del Registro Público de Mine-
ría y proponer un reglamento sustitutorio, a fin de adecuar-
lo al Sistema Nacional de los Registros Públicos;
Que, la citada Comisión elevó a la Superintendencia
Nacional de los Registros Públicos, en marzo de 2003, el
anteproyecto del Reglamento de Inscripciones del Regis-
tro de Derechos Mineros;
Que, el 22 de mayo de 2003 se difundió en el Diario Oficial
El Peruano el citado anteproyecto, a fin de conocer las opinio-
nes y comentarios que permitan su perfeccionamiento;
Que, con los aportes y sugerencias recibidas, se remi-
tió dicho anteproyecto al Consejo Consultivo del Registro
de Minería para su revisión, siendo aprobado el proyecto
final en su sesión del 3 de diciembre de 2003;
Que, es facultad del Directorio de la SUNARP dictar las
normas registrales requeridas para la eficacia y seguridad
jurídica de la función registral, de conformidad con lo dis-
puesto por el literal b) del artículo 18º de la Ley Nº 26366 y
el literal b) del artículo 12º del Estatuto de la SUNARP, apro-
bado por Resolución Suprema Nº 135-2002-JUS;
Que, el proyecto final del Reglamento se remitió al Di-
rectorio de la SUNARP, cuyo texto fue aprobado por unani-
midad por dicho órgano colegiado, en su sesión de fecha
15 de enero de 2004;
Estando a lo acordado y de conformidad con lo dispues-
to en el literal v) del artículo 7º del Estatuto de la SUNARP,
aprobado por Resolución Suprema Nº 135-2002-JUS;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Aprobar el Reglamento de Inscripciones
del Registro de Derechos Mineros, el mismo que consta
de 3 Títulos, 6 Capítulos, 47 artículos, 3 Disposiciones Tran-
sitorias y 5 Disposiciones Complementarias y Finales, cuyo
texto forma parte de la presente resolución.
Artículo 2º.- El presente Reglamento de Inscripciones
del Registro de Derechos Mineros entrará en vigencia a
partir del 1 de abril de 2004.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CARLOS GAMARRA UGAZ
Superintendente Nacional de los
Registros Públicos
REGLAMENTO DE INSCRIPCIONES DEL
REGISTRO DE DERECHOS MINEROS
ÍNDICE
TÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1º.- Registro de Derechos Mineros
Artículo 2º.- Principios Registrales
Artículo 3º.- Contenido del Reglamento
Artículo 4º.- Folio real y causal
Artículo 5º.- Organización de la partida registral
Artículo 6º.- Actos inscribibles
Artículo 7º.- Actos de Anotación Preventiva
Artículo 8º.- Vigencia de la anotación preventiva
Artículo 9º.- Folio Real en anotaciones preventivas
Artículo 10º.- Oficina Registral competente

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