Ley Nº 24041: Servidores Publicos Contratados Para Labores de Naturaleza Permanente, Que Tengan Mas de Un Año Ininterrumpido de Servicios, No Pueden Ser Cesados Ni Destituidos Sino por Causas Previstas en el Capitulo V del Decreto Legislativo Nº 276 y con Sujecion al Procedimiento Establecido en El

Fecha de Entrada en Vigor12 de Diciembre de 1984
Fecha de la disposición27 de Diciembre de 1984

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