Informe de Superintendencia nº 057-2010-SUNAT/2B0000

EmisorSuperintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria
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¡LFoRME
N..- - -.2010€UNAT'2B|nO0
ATERIA:
Se consulla si la venh de espac¡o
qt¡e realizan
las emDresas
€ditoras de
pefiodicos,
revistas
y guías teleiónicas
para la d¡fuslin d€ avisos a favés oe
inlernet
se encuenlra
dentro de los alcances de la Cuarla
DisFosb¡ón Final
de ta
Resolución
de Superintendencia
N." I8+2004/SUNAT
y, en ese sentido, si está
o
no
suieta al Sislema
de Pago de Obligaciones
Tributarias
con el Gotiemo Cental
(SPOT)
a que
se refiere
el Decreto Leg¡slativo N.' 940.
8ASE LEGAL:
- Texto Llnico fuenado (TUO) del Decreto
Leg¡s¡ativo
N..940 referenle
al
S¡stema
de Pago de Obl¡gaciones
Tributari6 con el Gob¡erno
Cenlral,
aprobado
poJ
el Dec¡eto Supremo
N.' f5t2004-EF,
publ¡cado
el 14.'l'1.2004,
y
normas
modificatorias.
- Resolución
de Supedntendencia
N.' 1832004/SUNAT,
que establece
normas
para la aplicació¡ del Sistema de Pago de Obt¡gaciones
Tribubrias
con el
Gob¡emo CenF¿|,
publicada
el 15.8.2004,
y normas
modificalorias.
- Texto lJnico
Ordenado
(TUO)
del Codigo Tributario,
aprobado
por
el Decreto
Supremo N."
13'9SEF, publicado
el 19.8.1999,
y nofm* modiñcatorias.
A||ÁLrsrs:
Por
su
parte,
el inciso
a) det artfculo 13'del
citado TUO d¡spone
qr¡e
mediante
Resolución
de Superintendencia
la SUNAT
designará los seclores
ecorÉm¡cos,
li¡s b¡enes, servicioq
y contratos de construcc¡ón a los que reslrnará de
aplicac¡ón el Sistema, así como
el porcentaje
o valor
fiio apl¡cable
a cada uno
de ellos.
,lr:.5,,11\ Z. En cuanto
a los
servicios
sujetos al SPOT,
el artículo 12"
de ta Resotución de
,!ie' . "'¿"%\
Superintendencia
N.' 1812004/SUNAT
establece
como tales a los
seMcios
; i #*, É-tl gravados
con el IGV
señalados en el Anexo
3.
id 'l lF/ n respecto,
en et numerat
s del referido
Anexo se inctuyen
como semcros
\?J",e'Z suietos
al SPOT
a cualquiera de las
actividades
que
se detá[an a conünuac¡ón,
oomprend¡das
en la Clasiñcación
Indusfial
Intemacionat Un¡fofrne
(CllU)
de las
Nac¡ones Un¡das
- Tercera Rev¡sión,
si€mpre
que
no estén compdidas en la
definic¡ón de intemed¡ación laboral y tercerización
contenita en dicfto
Anexolr):
a) Activ¡dades
jur¡dicas
(7411).
1. El articulo
3' del TUO del Decreto Legislalivo
N." 940 señala
que se
entenderán
pof operaciones sujetas
al SPOT, entre otras,
a la yenta
de bienes
muebles o inmuebles,
prestación
de servicios o conúatos
dé consbucción
gravados
con el IGV y/o ISC o cuyo ingreso
consütuya
renta de lercera
categoria
para
efecto del lmpuesto
a la Renta.
Lc servic¡os maieriá
d€ .Dnsulta no calil¡cán
cor¡o servicios de inteñnediackt¡
tda4 | brcerizadón fl
106 téfminos
señatados én el num€ral I del An€xo
3 de ta Resotución
& SuÉidádefiá N.. 183
2OO4|SUMT
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