La Inestabilidad Laboral en el Perú y sus Impactos en la Psicología desde una Mirada del Psicoanálisis

AutorRosa Natalí Llique Ramírez - Erick Beyá González
CargoMiembro de la Asociación Civil Derecho & Sociedad. Estudiante de Derecho por la Pontificia Universidad Católica del Perú - Bachiller en Derecho por la Pontificia Universidad Católica del Perú
Páginas229-245
229
Derecho & Sociedad
Asociación Civil
46
* Miembro de la Asociación Civil Derecho & Sociedad. Estudiante de Derecho por la Ponticia Universidad Católica del Perú.
** Bachiller en Derecho por la Ponticia Universidad Católica del Perú. Asistente del Comisionado CIDH, Francisco José EguigurenPraeli.
Se ha desempeñado como adjunto de los siguientes cursos: Derecho Laboral General, Derecho Colectivo del Trabajo, Sistemas
Salariales y Tributos Sociales y Derecho del Trabajo y Cine.
La Inestabilidad Laboral en el Perú y sus
Impactos en la Psicología desde una
Mirada del Psicoanálisis
Rosa Natalí Llique Ramírez*
Erick Beyá González**
Resumen:
El presente artículo pretende brindar una visión más amplia acerca de la inestabilidad laboral
como fenómeno que afecta a los trabajadores peruanos en los distintos regímenes laborales
existentes, es decir, no sólo desde la perspectiva del Derecho Laboral, que es la rama que
se ocupa de la misma en primera instancia, sino desde una perspectiva psicológica para
lo cual se integrarán los conceptos psicoanalíticos utilizados por Sigmund Freud, así como
mostrar, desde el punto de vista de los autores, que la inestabilidad laboral es un fenómeno
que afecta a la salud tanto física, como psicológica y emocional del trabajador. Finalmente,
los autores, pretenden brindar propuestas para lidiar con el problema de la inestabilidad
laboral.
Palabras clave:
Contrato de trabajo – Estabilidad laboral - Inestabilidad laboral – Igualdad – Salud física –
Salud psicológica – Salud emocional – Solución
Abstract:
The present article tries to oer a wide vision of the labor instability as a phenomenon that
aects the Peruvian workers in all the labors regimens. Not only from the perspective of
the labor law but from a psychological perspective for which the psychoanalytic concepts
used by Sigmund Freud will join, as well as to show, from the point of view of the authors,
that the labor instability is a phenomenon that concerns the health so much physical as
psychological and emotional of the worker. Finally, the authors, try to oer ways to ght
Keywords:
Contracts of employment – Labor stability – Labor instability – Equality – Physical health –
Psychological health – Emotional health – Solution
Sumario:
Introducción – 1. De la inestabilidad laboral, la psicología y otros conceptos – 2. El impacto
de la inestabilidad laboral en la salud física, psicológica y emociona – 3. Hacia una propuesta
de solución para lidiar con la inestabilidad laboral
Revista Derecho & Sociedad, N° 46 / pp. 229-245
FECHA DE RECEPCIÓN: 05/10/15
FECHA DE APROBACIÓN: 20/10/15
| Derecho del Trabajo |
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Derecho & Sociedad
Asociación Civil
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Revista Derecho & Sociedad, N° 46 , Marzo 2016 / ISSN 2079-3634
Introducción
“Uno es uno y su circunstancia”
Jacques Derrida1
Como diría el lósofo Jacques Derrida, no cabe
duda que uno no solo es lo que somáticamente
se expresa visualmente, sino que también es su
consiente, su inconsciente y, especialmente, el
entorno o circunstancia por la que el ser humano
debió transitar para ser lo que hoy es. Hemos
podido comprobar, a través del psicoanálisis,
que los eventos o acontecimientos vividos,
especialmente, en los primeros años de nuestras
vidas tienen un impacto fundamental y fundante
en nuestra personalidad y nuestro desarrollo.
Así, la Psique, como elemento connatural del
hombre, tiene una gran relación con la actividad
humana por excelencia, es decir, con el trabajo.
En dicho sentido, desde el cavernícola que se dio
cuenta que debía dedicarse a la caza y la agricultura
a n de mantener a su familia, hasta el operador
telefónico del call center de Movistar, del BCP o
cualquier compañía similar, se ha demostrado
que el trabajo se encuentra, íntimamente, ligado
con la propia naturaleza del hombre quien busca
subsistir2 o conseguir los ingresos necesarios
para mantener cierto estatus económico. Tal
vez, incluso, desde el psicoanálisis podríamos
decir que en el dinero y en la autosatisfacción y
reconocimiento que el trabajo otorga, el hombre
busca en realidad la aceptación de su madre que
de alguna forma se proyecta en el mundo laboral.
Precisamente, ante este ineludible fenómeno
social, surge el Derecho del Trabajo como
respuesta a la relación jurídica- económico de
carácter contractual entre dos partes3, en la que
una de ellas, el “trabajador” pone a disposición
su trabajo a favor del “empleador”, y este, como
contraprestación, le ofrecerá una remuneración.
Pero como veremos en el presente trabajo, no
solo se trata de un mero contrato entre dos partes
contractuales, sino que también se trata de un
contrato que cuenta con una especial relevancia
por su carácter personalísimo.
1 Jacques: La Universidad Sin Condición. 2nd ed. Madrid: Editorial Trotta, 2010.
2 NEVES MUJICA, Javier. “Libertad de Trabajo, Derecho al Trabajo y Derecho de estabilidad en el trabajo”. En: Derecho del Trabajo:
Cuestiones Controversiales. Primera Edición. Lima: ARA Ediciones, p. 42
3 BOZA PRO, Guillermo. Lecciones de Derecho del Trabajo. Lima: Fondo Editorial de la Ponticia Universidad Católica del Perú, 2011, p. 16.
4 TENA TENA, Gloria. “El contrato psicológico: relación laboral empresa-trabajador”. Acciones e Investigaciones Sociales. Zaragoza, 2002,
número 15, pp. 87.
5 En el Perú, aprobado por la Resolución Legislativa N° 13282 del 15 de diciembre de 1959.
6 NOVAK TALAVERA, Fabián y SALMON GARATE, Elizabeth. Las Obligaciones Internacionales del Perú en Materia de Derechos Humanos.
Segunda Edición. Lima: Fondo Editorial de la Ponticia Universidad Católica del Perú, 2002, p. 88.
8 Aprobado en nuestro País, por Decreto Ley N° 22128 del 28 de marzo de 1978 y con entrada en vigencia el 28 de julio de 1978.
9 Aprobado por Decreto Ley N° 22129 de fecha 28 de marzo de 1978.
10 Aprobada mediante Decreto Ley N° 18969 de fecha 21 de septiembre de 1971.
11 Aprobada mediante Resolución Legislativa N° 23432 de fecha 5 de junio de 1982
12 Aprobado por Resolución Legislativa N° 13284 de fecha 9 de diciembre de 1959.
En dicho sentido, Tena Tena sostiene que, ante
este fenómeno, surge el contrato psicológico
como el término creado por los cientícos
sociales y que hace referencia a las expectativas
y creencias tácitas del empleador y empleado
comprometidos en una relación laboral4. Este
“contrato psicológico” implica sin lugar a dudas un
proceso que, probablemente, sea independiente
del contrato que se haga, es decir, cobra un papel
independiente y separado a lo que el papel pueda
abarcar.
Habiendo dicho esto, mediante el presente trabajo,
pretendemos analizar las repercusiones que tiene
la inestabilidad laboral sobre la psique desde una
perspectiva psicoanalítica. Para ello, se esbozarán
los conceptos de la inestabilidad laboral, la
psicología entre otros, para luego examinar el
impacto de la inestabilidad laboral en la salud
física, psicológica y emocional, para, nalmente,
proponer propuestas de solución para lidiar con
la inestabilidad laboral, principalmente, mediante
una mayor preocupación del empleador por la
psique de sus trabajadores que al nal repercutirá
en un mayor rendimiento de los últimos.
1. De la inestabilidad laboral, la psicología
y otros conceptos
1.1. El principio de igualdad en el derecho
internacional
-que si bien, en principio, carece de efecto jurídico
vinculante6 ha sido incorporado como si fuera un
tratado al ordenamiento jurídico nacional con
plena ecacia- y todos los tratados de derechos
humanos, y entre ellos los más importantes, la
Convención Americana de Derechos Humanos7, el
el Pacto Internacional de Derechos Económicos,
Sociales y Culturales9, la Convención Internacional
sobre la Eliminación de todas las Formas de
Discriminación Racial10, la Convención sobre la
eliminación de todas las formas de discriminación
contra la mujer11 y en materia laboral, los
Convenios 10012, 11113 y 15614 de la OIT, consagran
de forma inequívoca el valor, principio y derecho15

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