ORDENANZA Nº 032-2011-AL/CPB - Incorporan al TUPA de la Municipalidad los Procedimientos de Declaración Administrativa de Propiedad vía Prescripción Adquisitiva de Dominio y de Regularización de Tracto Sucesivo

Fecha de disposición11 Diciembre 2011
Fecha de publicación11 Diciembre 2011
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, domingo 11 de diciembre de 2011 454739
permitir la invasión de terrenos dentro de la jurisdicción,
en salvaguarda de la seguridad pública e individual de
todos los vecinos molinenses, y que se recoja el mandato
de este supremo órgano de gobierno, de agotar todos los
esfuerzos programáticos, presupuestarios y f‌i nancieros
que garanticen la protección territorial del distrito de La
Molina.
Artículo Segundo.- EXHORTAR a la Policía Nacional
del Perú como titular del orden público y al Ministerio
Público como titular de la acción penal pública, se sirvan
garantizar las acciones antes descritas, y asimismo
coordinen con las municipalidades distritales colindantes,
a f‌i n de evitar que traf‌i cantes de tierras perpetren dichos
actos ilegales en la jurisdicción de La Molina.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
JUAN CARLOS ZUREK P.F.
Alcalde
726743-1
PROVINCIAS
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL
DE BARRANCA
Incorporan al TUPA de la Municipalidad
los Procedimientos de Declaración
Administrativa de Propiedad vía
Prescripción Adquisitiva de Dominio y
de Regularización de Tracto Sucesivo
ORDENANZA MUNICIPAL
N° 032-2011-AL/CPB
EL ALCALDE DEL HONORABLE CONCEJO
PROVINCIAL DE BARRANCA
VISTO:
En Sesión Ordinaria de Concejo, de fecha 30 de
Noviembre del 2011, considerándose el Punto de Agenda
respecto al Proyecto de Ordenanza para la incorporación
al Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA
de la Municipalidad Provincial de Barranca, de los
Procedimientos a los que hace referencia la Ley 28687
“Ley de Desarrollo y Complementaria de la Formalización
de la Propiedad Informal, Acceso al Suelo y Dotación de
Servicios Básicos” y su Reglamento aprobado mediante
Decreto Supremo Nº 006-2006-VIVIENDA, modif‌i cado por
el Decreto Supremo Nº 030-2008-VIVIENDA, presentado
por el Equipo Técnico de OFOPRI y;
CONSIDERANDO:
Que, los artículos 194° y 195° de la Constitución
Política del Perú, modif‌i cado por Ley 27680, establecen
que las Municipalidades Provinciales y Distritales son
los órganos de gobierno local que tienen autonomía
política, económica y administrativa en los asuntos de
su competencia; promueven el desarrollo y la economía
local, y la prestación de los servicios públicos de su
responsabilidad, en armonía con las políticas y planes
nacionales y regionales de desarrollo, concordante con
el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de
Municipalidades – Ley 27972;
Que, mediante el Decreto Legislativo Nº 803 se
dictó la “Ley de Promoción del Acceso a la Propiedad
Formal”, cuyo Texto Único Ordenado ha sido aprobado
mediante el Decreto Supremo Nº 009-99-MTC; la Ley
Nº 28391 “Ley de Formalización de la Propiedad”
Decreto Supremo Nº 005-2005-JUS, modif‌i cados por
Ley Nº 28687 “Ley de Desarrollo y Complementaria
de la Formalización de la Propiedad Informal, Acceso
al Suelo y Dotación de Servicios Básicos” (en
adelante la ley); que declara de interés nacional la
formalización de la propiedad y señala en su art. 4°
que las Municipalidades Provinciales en el ámbito de
sus circunscripciones territoriales asumen de manera
exclusiva y excluyente la competencia correspondiente
a la formalización de la propiedad informal mediante el
reconocimiento, verif‌i cación y saneamiento físico legal
de los asentamientos humanos cuyo hasta la inscripción
de los títulos y de los instrumentos en el registro de
predios de la SUNARP.
Que, mediante el Decreto Supremo Nº 006-2006-
VIVIENDA “Reglamento de Formalización de la Propiedad
Informal de Terrenos Ocupados por Posesiones
Informales; Centros Urbanos Informales y Urbanizaciones
Populares”, modif‌i cado por el Decreto Supremo Nº 030-
2008-VIVIENDA se reglamento el Título I de la Ley (en
adelante el reglamento) siendo así que según lo normado,
las Municipalidades Provinciales, en el ámbito de sus
circunscripciones territoriales, asumen la competencia
a la que hace referencia la ley y su reglamento en
concordancia con lo dispuesto en el numeral 1.4 del
Artículo 73° y numeral 1.4.3 del Artículo 79°Ley 27972
Que mediante Resolución de Alcaldía Nº 0149-
2009-AL/RUV-MPB se conforma el Equipo Técnico
que se encargará de evaluar de Implementación de la
Formalización de la Propiedad Informal”, modif‌i cada con
la Resolución de Alcaldía Nº 0085-2010-AL/RUV-MPB, la
cual fuera modif‌i cada por Resolución de Alcaldía Nº 0033-
2011-AL/RUV-MPB.
Que, conforme señala que los miembros del Equipo
Técnico se encargará de evaluar la Implementación de la
Formalización de la Propiedad Informal”, la Municipalidad
Provincial de Barranca, al amparo de lo prescrito por las
citadas normatividad vigente, debe asumir competencia
en temas de Formalización de la Propiedad en el ámbito
Provincial, siendo necesario para ello de la incorporación
de los procedimientos a los que se hacen referencia en la
Ley Nº 28687 y su Reglamento al TUPA de esta comuna
Edil, siendo necesario que dicha conducta municipal se
adecue a lo señalado a lo preceptuado por el Artículo 36º
de la Ley Nº 27444 – Ley de Procedimiento Administrativo
General, que establece que los Procedimientos requisitos
y costos administrativos de las entidades públicas deben
ser compendiados y sistematizados en el Texto Único
de Procedimientos Administrativos – TUPA de cada
entidad.
Que, el procedimiento encuentra su sustento en la
realidad fáctica-legal de la Provincia de Barranca, la
cual denota la existencia de grandes concentraciones
poblacionales cuya titularidad no cuenta con saneamiento
físico – legal creando una gran cadena de informalidades
sobre las viviendas que ocupa nuestra población, lo cual
requiere una respuesta de la Municipalidad Provincial
de Barranca, sustentada en el uso de sus facultades
de formalización de propiedad informal, a f‌i n de
posibilitar el adecuado tratamiento a esta problemática
social, siendo así la aplicación de los procedimientos
integrales de Declaración Administrativa de Propiedad
vía Prescripción Adquisitiva de Dominio y Regularización
de Tracto Sucesivo, a favor de Posesiones Informales,
Centros Urbanos Informales y Urbanizaciones Populares,
así como de lotes individuales que forman parte de
aquellos.
Que, mediante Ordenanza Nº 007-2010-AL/CPB, se
aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos
– TUPA de la Municipalidad Provincial de Barranca, en
el cual no se incluye los Procedimientos de Declaración
Administrativo de Propiedad vía Prescripción Adquisitiva
de Dominio y de Regularización de Tracto Sucesivo
de predios matrices y de lotes individuales, por lo cual
resulta necesario, incorporar dichos procedimientos en el
mencionado TUPA de dichos procedimientos.
Que, después de algunas intervenciones, del debate
pertinente, el intercambio de ideas y en cumplimiento de
lo dispuesto el Artículo , 39° y 40° de la Ley Nº 27972
la Constitución Política del Perú, el Pleno del Concejo
Provincial de Barranca con el voto UNANIME de los
Señores Regidores presentes y con dispensa del trámite
de lectura y aprobación de Acta;

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