Ley número 27938 - Ley que autoriza la asignación en uso de los bienes incautados en caso de delitos de secuestro o contra el patrimonio, cometidos en banda

Fecha de disposición12 Febrero 2003
Fecha de publicación12 Febrero 2003
SUMARIO
NORMAS LEGALES
Lima, miércoles 12 de febrero de 2003 AÑO XXI - Nº 8270 Pág. 238959
FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVAR
"AÑO DE LOS DERECHOS DE LA PERSONA CON DISCAPACIDAD Y DEL
CENTENARIO DEL NACIMIENTO DE JORGE BASADRE GROHMANN"
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DIARIO OFICIAL
Director: HUGO COYA HONORES http://www.editoraperu.com.pe
PODER LEGISLATIVO
CONGRESO DE LA REPÚBLICA
Ley Nº 27933.- Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciuda-
dana 238961
Ley Nº 27934.- Ley que regula la intervención de la Policía y
el Ministerio Público en la Investigación Preliminar del Delito
238963
Ley Nº 27935.- Ley que modifica artículos de la Ley Nº 27030,
ley de ejecución de las penas de prestación de servicios a la
comunidad y de la limitación de días libres 238964
Ley Nº 27936.- Ley de condiciones del ejercicio de la Legíti-
ma Defensa 238965
Ley Nº 27937.- Ley que modifica los artículos 366º y 367º del
Código Penal 238966
Ley Nº 27938.- Ley que autoriza la asignación en uso de los
bienes incautados en caso de delitos de secuestro o contra el
patrimonio, cometidos en banda 238966
Ley Nº 27939.- Ley que establece el Procedimiento en casos
de faltas y modifica los artículos 440º, 441º y 444º del Código
Penal 238967
PODER EJECUTIVO
DECRETO LEGISLATIVO
D. Leg. Nº 922.- Decreto Legislativo que conforme a la senten-
cia del Tribunal Constitucional Exp. Nº 010-2002-AI/TC, re-
gula la nulidad de los procesos por el delito de traición a la
patria y además establece normas sobre el proceso penal apli-
cable 238969
AGRICULTURA
RR.MM. Nºs. 0120, 0121, 0125, 0126 y 0127-2003-AG.- Encar-
gan diversas funciones en oficinas de las Direcciones Regionales
Agrarias Cajamarca, Tacna, Loreto, Ica y Puno 238973
R.J. Nº 036-2003-INIA.- Aprueban Plan Anual de Adquisiciones
y Contrataciones de la Unidad Ejecutora: 160, del Pliego 163: INIA
correspondiente al Ejercicio Presupuestal 2003 238974
DEFENSA
R.S. Nº 041-DE/SG.- Designan miembros del Directorio de
SIMA PERÚ S.A. 238975
ECONOMÍA Y FINANZAS
R.M. Nº 058-2003-EF/10.- Autorizan viaje de Asesor para par-
ticipar en eventos del GNAM y de coordinación andina que se
realizarán en Panamá 238975
ENERGÍA Y MINAS
R.M. Nº 008-2003-EM/DM.- Otorgan autorización a empresa
para desarrollar la actividad de generación de energia eléctrica
en instalaciones de la central térmica de Tisur Matarani
238976
JUSTICIA
R.M. Nº 053-2003-JUS.- Autorizan viaje de representantes de la
SUNARP a Guatemala para participar en el Encuentro de Respon-
sables de los Registros de la Propiedad Iberoamericana 238976
R.M. Nº 054-2003-JUS.- Aceptan renuncia de Director de Sis-
tema Administrativo III, Director General Adjunto de la Ofici-
na General de Administración del ministerio 238977
MIMDES
R.M. Nº 074-2003-MIMDES.- Dan por concluida designación
de Gerente de la Gerencia para el Desarrollo de la Población en
Riesgo del INABIF 238977
PRODUCE
R.M. Nº 054-2003-PRODUCE.- Prohíben extracción, procesa-
miento, transporte, comercialización y utilización de recurso hidro-
biológico en las aguas públicas del departamento de Puno 238977
SALUD
RR.MM. Nºs. 105 y 106-2003-SA/DM.- Aceptan renuncia y
designan Director Ejecutivo de Salud de las Personas de la Di-
rección Regional de Salud La Libertad 238978
R.M. Nº 143-2003-SA/DM.- Dan por concluida designación
de Director del Hospital San José de Chincha 238978
R.M. Nº 144-2003-SA/DM.- Dan por concluida designación de
Director Técnico de la Dirección de Salud V Lima Ciudad 238979
R.J. Nº 0007-2003.- Aprueban Plan Anual de Adquisiciones y
Contrataciones para el Ejercicio Fiscal 2003 238979
TRABAJO Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO
R.M. Nº 019-2003-TR.- Conforman el Consejo de Vigilancia
del Programa FONDEMI-BONOPYME 238979
R.M. Nº 020-2003-TR.- Crean el Registro Nacional de Asocia-
ciones de Micro y Pequeñas Empresas - RENAMYPES 238980
TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
D.S. Nº 008-2003-MTC.- Suspenden determinados requisitos
para la primera inscripción de vehículos de fabricación o en-
samblaje nacional 238981
R.M. Nº 106-2003-MTC/01.- Autorizan a procurador ini-
ciar acciones legales contra ex funcionarios y funcionario
del Ministerio por presunta responsabilidad penal 238982
R.M. Nº 107-2003-MTC/03.- Designan representante ante
Comisión Multisectorial constituida mediante la R.S. Nº 026-
2002-MTC 238983
R.D. Nº 006-2003-MTC/12.- Otorgan a empresa permiso de
operación de aviación comercial: transporte aéreo especial-tu-
rístico 238983
VIVIENDA
Res. Nº 08-SE-2003.- Autorizan contratación de servicios de
publicidad en medios de comunicación escrita, radial y televisiva
mediante proceso de adjudicación de menor cuantía 238984
Pág. 238960
NORMAS LEGALES
Lima, miércoles 12 de febrero de 2003
PODER JUDICIAL
CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL
Res. Adm. Nº 014-2003-CE-PJ.- Modifican fechas para parti-
cipación de jueces de paz letrados en Jurados de Honor a que
se refiere la autorización concedida mediante la Res. Adm. Nº
012-2003-CE-PJ 238985
ORGANISMOS AUTÓNOMOS
CONSEJO NACIONAL
DE LA MAGISTRATURA
Res. Nº 014-2003-P-CNM.- Exoneran de proceso de selec-
ción a la contratación de servicios de asesoramiento para el
examen escrito a postulantes a vocalías y fiscalías superiores, y
fiscalías adjuntas supremas 238985
MINISTERIO PÚBLICO
Res. Nº 069-2003-MP-FN.- Restituyen a magistrado en el car-
go de Fiscal Provincial Titular de la 36º Fiscalía Provincial Pe-
nal de Lima 238986
Res. Nº 199-2003-MP-FN.- Modifican artículo de la Res. Nº
069-2003-MP-FN 238986
RR. Nºs. 204, 206, 208 y 211-2003-MP-FN.- Nombran fisca-
les provisionales de los distritos judiciales de Cañete, Piura y
del Callao 238987
Res. Nº 205-2003-MP-FN.- Nombran Fiscales Adjuntos Pro-
vinciales Provisionales del Pool de Fiscales de Lima 238988
Res. Nº 209-2003-MP-FN.- Dan por concluido nombramiento
de magistrada provisional de la Segunda Fiscalía Provincial
Penal de Huamanga y designaciones materia de las RR. Nºs.
1122 y 1895-2002-MP-FN 238988
Res. Nº 210-2003-MP-FN.- Nombran magistrado en despa-
cho de fiscalía penal y designan fiscal especial para investiga-
ción sobre desapariciones forzosas, ejecuciones extrajudiciales
y exhumación de fosas clandestinas 238988
Res. Nº 217-2003-MP-FN.- Nombran fiscal adjunta superior
y designan magistrada en despacho de fiscalía provincial penal
y como fiscal especial para conocer casos materia de diversas
resoluciones 238989
Fe de Erratas de las RR. Nºs. 191, 192 y 193-2003-MP-FN
238989
S B S
Res. SBS Nº 137-2003.- Autorizan inscripción de persona jurí-
dica alemana como empresa de reaseguro extranjera en el Re-
gistro del Sistema de Seguros 238989
Res. SBS Nº 144-2003.- Autorizan inscripción de empresa
como corredora de seguros en el Registro del Sistema de Segu-
ros 238990
Res. SBS Nº 146-2003.- Autorizan viaje de funcionaria de la
SBS a España para participar en curso sobre tesorería 238990
Res. SBS Nº 148-2003.- Fijan tasas anuales de contribución
para las empresas de los Sistemas Financieros, de Seguros y
los Almacenes Generales de Depósito para el año 2003
238990
ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS
CONASEV
Res. Nº 018-2003-EF/94.11.- Inscriben "Bonos Cementos
Pacasmayo - Primera Emisión" en el Registro Público del Mer-
cado de Valores 238991
INACC
R.J. Nº 00265-2003-INACC/J.- Disponen publicación de con-
cesiones mineras cuyos títulos fueron aprobados en el mes de
enero de 2003 238992
GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD DE ATE
D.A. Nº 002.- Autorizan realización de matrimonio civil
comunitario 238992
MUNICIPALIDAD DE BREÑA
Ordenanza Nº 050-MDB.- Aprueban Texto Único de Proce-
dimientos Administrativos de la municipalidad para el año 2002
238993
MUNICIPALIDAD DE INDEPENDENCIA
D.A. Nº 01-2003-MDI.- Autorizan celebración del "I Matri-
monio Civil Comunitario del 2003" 239022
MUNICIPALIDAD DE JESÚS MARÍA
Ordenanza Nº 105-MJM.- Derogan ordenanza que estable-
ció defensa legal de alcalde, regidores y funcionarios ante el
inicio de acciones judiciales derivadas de sus actos, aún cuan-
do dejen de prestar servicios 239022
MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES
R.A. Nº 0073.- Designan funcionario responsable de entregar
información solicitada de conformidad con la Ley de Transpa-
rencia y Acceso a la Información Pública 239022
MUNICIPALIDAD DE VILLA EL SALVADOR
Acuerdo Nº 009-2003-MVES.- Disponen la intangibilidad del
área de dominio público correspondiente al Parque del Grupo
01, Sector 7 y demás áreas de carácter público o desarrollo
comunal 239023
PROVINCIAS
MUNICIPALIDAD DE BELLAVISTA
D.A. Nº 001-2003-MDB.- Establecen disposiciones para el
pago del Impuesto Predial correspondiente al ejercicio fiscal
2003 239023
MUNICIPALIDAD DE CARMEN DE
LA LEGUA - REYNOSO
R.A. Nº 080-2003-MDCLR.- Declaran nulidad de proceso de
licitación pública sobre adquisición de insumos para el Progra-
ma del Vaso de Leche 239024
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE ILO
R.A. Nº 35-2003-MPI.- Aprueban Plan Anual de Adquisiciones
y Contrataciones de la municipalidad para el ejercicio 2003
239025
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE UCAYALI
R.A. Nº 009-2003-A-MPU.- Declaran en situación de urgen-
cia la adquisición de producto enriquecido lácteo para el Progra-
ma del Vaso de Leche 239025
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VARGAS GUERRA
R.A. Nº 001-2003-MDVG-ALC.- Declaran en situación de
urgencia el Programa del Vaso de Leche respecto a la adquisi-
ción de producto enriquecido lácteo 239026
Pág. 238961
NORMAS LEGALES
Lima, miércoles 12 de febrero de 2003
PODER LEGISLATIVO
CONGRESO DE LA REPÚBLICA
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
POR CUANTO:
La Comisión Permanente del Congreso de la
República ha dado la Ley siguiente:
LA COMISIÓN PERMANENTE DEL
CONGRESO DE LA REPÚBLICA;
Ha dado la Ley siguiente:
LEY DEL SISTEMA NACIONAL DE
SEGURIDAD CIUDADANA
CAPÍTULO I
OBJETO Y MARCO CONCEPTUAL
Artículo 1º.- Objeto de la Ley
La presente Ley tiene por objeto proteger el libre ejer-
cicio de los derechos y libertades, garantizar la seguri-
dad, paz, tranquilidad, el cumplimiento y respeto de las
garantías individuales y sociales a nivel nacional. Com-
prende a las personas naturales y jurídicas, sin excep-
ción, que conforman la Nación Peruana.
Artículo 2º.- Seguridad Ciudadana
Se entiende por Seguridad Ciudadana, para efectos
de esta Ley, a la acción integrada que desarrolla el Esta-
do, con la colaboración de la ciudadanía, destinada a
asegurar su convivencia pacífica, la erradicación de la
violencia y la utilización pacífica de las vías y espacios
públicos. Del mismo modo, contribuir a la prevención de
la comisión de delitos y faltas.
CAPÍTULO II
CREACIÓN Y FINALIDAD DEL SISTEMA NACIONAL
DE SEGURIDAD CIUDADANA
Artículo 3º.- Creación y Finalidad del Sistema
Créase el Sistema Nacional de Seguridad Ciudada-
na (SINASEC), que tiene por objeto coordinar eficazmen-
te la acción del Estado y promover la participación ciu-
dadana para garantizar una situación de paz social.
Artículo 4º.- Componentes del Sistema
Son instancias integrantes del Sistema Nacional de
Seguridad Ciudadana las siguientes:
a) Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana, cuen-
ta con una Secretaría Técnica.
b) Comités Regionales de Seguridad Ciudadana.
c) Comités Provinciales de Seguridad Ciudadana.
d) Comités Distritales de Seguridad Ciudadana.
CAPÍTULO III
CONSEJO NACIONAL DE
SEGURIDAD CIUDADANA
Artículo 5º.- Consejo Nacional de Seguridad Ciu-
dadana
Créase el Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana
(CONASEC), como el máximo organismo encargado de la
formulación, conducción y evaluación de las políticas de se-
guridad ciudadana; con autonomía funcional y técnica.
Artículo 6º.- Dependencia
El Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana depen-
de de la Presidencia de la República y es presidido por
el Ministro del Interior.
Artículo 7º.- Miembros del Consejo
El Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana está
integrado por:
- El Ministro del Interior, quién lo presidirá.
- El Ministro de Justicia o su representante.
- El Ministro de Educación o su representante.
- El Ministro de Salud o su representante.
- El Ministro de Economía y Finanzas o su repre-
sentante.
- Un representante de la Corte Suprema de Justi-
cia.
- El Fiscal de la Nación o su representante.
- El Defensor del Pueblo o su representante.
- Dos Presidentes Regionales o sus representan-
tes.
- El Alcalde Metropolitano de Lima o su represen-
tante.
-
Los Alcaldes de las dos provincias capitales de
departamento con mayor número de electores o
sus representantes.
Los representantes del Poder Ejecutivo serán desig-
nados por Resolución Suprema firmada por el titular del
respectivo sector, y los demás representantes serán de-
signados por el titular de la entidad correspondiente.
Artículo 8º.- Facultades Especiales
El Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana (CO-
NASEC) está facultado para invitar a sus sesiones a re-
presentantes de las diferentes instituciones públicas y
privadas, de acuerdo a la temática específica a tratar.
Artículo 9º.- Funciones del Consejo
El Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana tiene
las siguientes funciones:
a) Establecer las políticas y el Plan Nacional de Se-
guridad Ciudadana.
b) Aprobar los planes, programas y proyectos de Se-
guridad Ciudadana.
c) Promover la investigación en materia de Seguri-
dad Ciudadana.
d) Evaluar la ejecución de la política de Seguridad
Ciudadana.
e) Promover el intercambio y/o cooperación interna-
cional en materia de Seguridad Ciudadana.
f) Elaborar anualmente un Informe Nacional sobre
Seguridad Ciudadana;
g) Informar a la Comisión de Defensa Nacional, Or-
den Interno e Inteligencia del Congreso de la Re-
pública sobre los planes, programas y proyectos
de Seguridad Ciudadana antes de su respectiva
aprobación.
h) Las demás que sean necesarias para el cumpli-
miento de sus fines.
Artículo 10º.- Atribuciones del Consejo
El Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana tiene
las siguientes atribuciones:
a) Dictar directivas sobre Seguridad Ciudadana.
b) Impulsar proyectos nacionales, regionales, provin-
ciales y distritales en materia de Seguridad Ciu-
dadana.
c) Absolver consultas que se formulasen sobre Se-
guridad Ciudadana en el ámbito nacional.
d) Celebrar convenios con organismos nacionales e
internacionales, Organismos No Gubernamenta-
les (ONGs), empresas privadas, Ministerios de
Educación, Salud, Justicia y otros organismos de
Seguridad Ciudadana.
Artículo 11º.- Secretaría Técnica
La Secretaría Técnica es el órgano técnico ejecutivo
y de coordinación, encargado de proponer al Consejo
Nacional de Seguridad Ciudadana la política, los pla-
nes, programas y proyectos de seguridad ciudadana para
su aprobación, así como realizar el seguimiento y eva-
luación de la ejecución de las acciones aprobadas a ni-
vel nacional. Contará con profesionales, técnicos y es-
pecialistas en temas de seguridad ciudadana.

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