Declaran improcedentes quejas interpuestas contra resoluciones del Tribunal Fiscal

Fecha de disposición22 Marzo 2000
Fecha de publicación22 Marzo 2000
DIARIO OFICIAL
FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVAR
NORMAS LEGALES
Lima, miércoles 22 de marzo de 2000 AÑO XVIII - Nº 7212 Pág. 184891
Director: Manuel Jesús Orbegozo http://www.editoraperu.com.pe
"AÑO DE LA LUCHA CONTRA LA VIOLENCIA FAMILIAR"
P C M
Autorizan viaje del Ministro de Econo-
mía y Finanzas a los EE.UU. para asistir
a reuniones de grupo consultivo y de
asambleas de gobernadores del BID y
de la Corporación Interamericana de
Inversiones
RESOLUCION SUPREMA
Nº 138-2000-PCM
Lima, 21 de marzo del 2000
CONSIDERANDO:
Que, el doctor EFRAIN GOLDENBERG SCHREIBER,
Ministro de Economía y Finanzas y el economista DAVID
MARTIN SAETTONE WATMOUGH, Jefe del Gabinete de
Asesores del Despacho Ministerial del Ministerio de Econo-
mía y Finanzas y Jefe del Programa Unidad de Coordinación
de Préstamos Sectoriales, viajarán a la ciudad de Nueva
Orleans, Louisiana, Estados Unidos de América, para asistir
a la Reunión del Grupo Consultivo para el Apoyo al Fortale-
cimiento de la Paz Perú - Ecuador, a la XLI Reunión Anual
de la Asamblea de Gobernadores del Banco Interamericano
de Desarrollo y a la XV Reunión Anual de la Asamblea de
Gobernadores de la Corporación Interamericana de Inver-
siones, entre el 22 y el 29 de marzo del año 2000;
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo
Nº 560, Decreto Supremo Nº 053-84-PCM, Decreto Supremo
Nº 074-85-PCM, Decreto Supremo Nº 031-89-EF, Decreto
Supremo Nº 135-90-PCM y Decreto Supremo Nº 037-91-
PCM; y,
Estando a lo acordado;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar al doctor EFRAIN GOLDENBERG
SCHREIBER, Ministro de Economía y Finanzas y al economista
DAVID MARTIN SAETTONE WATMOUGH, Jefe del Gabinete
de Asesores del Despacho Ministerial del Ministerio de Economía
y Finanzas y Jefe del Programa Unidad de Coordinación de
Préstamos Sectoriales, a ausentarse del país del 22 al 29 de marzo
del año 2000, para los fines expuestos en la parte considerativa
de la presente Resolución.
Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de
la presente Resolución, serán con cargo al Presupuesto de la
Unidad Ejecutora 001 MEF - Administración General del
Pliego Ministerio de Economía y Finanzas, de acuerdo al
siguiente detalle:
Doctor Efraín Goldenberg Schreiber
Viáticos del 22 al 29 de marzo :US$ 1 980,00
Pasajes :US$ 2 862,00
Tarifa CORPAC :US$ 25,00
Economista David Martín Saettone Watmough
Viáticos del 22 al 29 de marzo :US$ 1 980,00
Pasajes :US$ 1 090,82
Tarifa CORPAC :US$ 25,00
Artículo 3º.- La presente Resolución no da derecho a
exoneración de impuestos o de derechos aduaneros, de
ninguna clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori
Presidente Constitucional de la República
ALBERTO BUSTAMANTE BELAUNDE
Presidente del Consejo de Ministros
EFRAIN GOLDENBERG SCHREIBER
Ministro de Economía y Finanzas
3327
Encargan la Cartera de Economía y
Finanzas al Ministro de Energía y
Minas
RESOLUCION SUPREMA
Nº 139-2000-PCM
Lima, 21 de marzo del 2000
COLOCAR
ELECCIONES GENERALES
Pág. 184892
NORMAS LEGALES
Lima, miércoles 22 de marzo de 2000
CONSIDERANDO:
Que, el Ministro de Economía y Finanzas, doctor Efraín
Goldenberg Schreiber, se ausentará del país del 22 al 29 de
marzo del año 2000, por razones inherentes a su cargo;
Que, en consecuencia es necesario encargar el Despacho
del Ministro de Economía y Finanzas en tanto dure la
ausencia del titular;
De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 127º de la
- Ley del Poder Ejecutivo; y,
Estando a lo acordado;
SE RESUELVE:
Artículo Unico.- Encargar el Despacho del Ministro de
Economía y Finanzas al ingeniero Jorge Alfredo Chamot
Sarmiento, Ministro de Energía y Minas, a partir del 22 de
marzo del año 2000 y mientras dure la ausencia del Titular.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori
Presidente Constitucional de la República
ALBERTO BUSTAMANTE BELAUNDE
Presidente del Consejo de Ministros
3328
Aprueban donación efectuada a favor
del Consejo por la Paz
RESOLUCION SUPREMA
Nº 140-2000-PCM
Lima, 21 de marzo del 2000
Visto, la solicitud del Consejo por la Paz de fecha 10 de
marzo de 1997; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante el documento del visto, el Consejo por la
Paz solicita la donación de Bienes Patrimoniales de la
Presidencia del Consejo de Ministros, que le fueron cedidos
en calidad de préstamo para el desarrollo institucional,
mediante acta de entrega de fecha 1 de diciembre de 1992;
Que, el Artículo 8º del Decreto Legislativo Nº 652 - Ley del
Consejo por la Paz, precisa que "Los Poderes Públicos, así
como las demás instituciones representativas de la Nación,
proporcionarán toda la colaboración requerida por el Consejo
por la Paz";
Que, en consecuencia resulta procedente aprobar dicha
donación; y,
De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legisla-
tivo Nº 804;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Aprobar la donación de 55 bienes muebles,
valorizados en VEINTE MIL OCHENTINUEVE Y 85/100
NUEVOS SOLES (S/. 20,089.85), que efectúa la Unidad
Ejecutora 003 Secretaría General del Pliego Presidencia del
Consejo de Ministros, a favor del Consejo por la Paz, según
detalle que se indica en el Anexo Nº 01, y que forma parte
integrante de la presente Resolución.
Artículo 2º.- Autorizar a la Oficina General de Adminis-
tración de la Unidad Ejecutora 003 Secretaría General del
Pliego Presidencia del Consejo de Ministros, a excluir de los
Registros Patrimoniales y Contables los bienes muebles a
que se refiere el artículo anterior.
Artículo 3º.- Transcríbase la presente Resolución Supre-
ma al Consejo por la Paz, a la Contraloría General de la
República y a la Superintendencia de Bienes Nacionales.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori
Presidente Constitucional de la República
ALBERTO BUSTAMANTE BELAUNDE
Presidente del Consejo de Ministros
3329
Autorizan viaje del Ministro de Relacio-
nes Exteriores y funcionarios de la
Cancillería a los EE.UU., para partici-
par en reuniones del Grupo Consultivo
Perú-Ecuador para la Consolidación
de la Paz a través del Desarrollo, del
BID, y eventos académicos
RESOLUCION SUPREMA
Nº 141-2000-PCM
Lima, 21 de marzo del 2000
Debiendo realizarse una Reunión del Grupo Consultivo
Perú-Ecuador para la Consolidación de la Paz a través del
Desarrollo; una Reunión con funcionarios del Banco Intera-
mericano de Desarrollo (BID) y reuniones académicas, en la
ciudad de Nueva Orleans, Estados Unidos de América, del 21
al 24 de marzo del 2000;
Considerando lo dispuesto en la Hoja de Trámite (GAC)
Nº 0694, del Gabinete de Coordinación del señor Viceminis-
tro Secretario General de Relaciones Exteriores, de 13 de
marzo del 2000;
De conformidad con el inciso m) del Artículo 5º del
Decreto Ley Nº 26112, Ley Orgánica del Ministerio de
Relaciones Exteriores, de 24 de diciembre de 1992; el Artícu-
lo 1º del Decreto Supremo Nº 163-81-EF, de 24 de julio de
1981 y su modificatoria, el Decreto Supremo Nº 031-89-EF,
de 20 de febrero de 1989; el Decreto Supremo Nº 135-90-PCM,
de 26 de octubre de 1990; y, el Decreto Supremo Nº 037-91-
PCM, de 1 de febrero de 1991;
SE RESUELVE:
1º.- Autorizar el viaje del doctor Fernando de Trazegnies
Granda, Ministro de Relaciones Exteriores, a fin de que
participe en la Reunión del Grupo Consultivo Perú-Ecuador
para la Consolidación de la Paz a través del Desarrollo, a
realizarse en la ciudad de Nueva Orleans, Estados Unidos de
América, el 23 de marzo del 2000.
2º.- Asimismo, autorizar el viaje de los siguientes funcio-
narios para que acompañen al señor Ministro de Relaciones
Exteriores en la Reunión del Grupo Consultivo Perú-Ecua-
dor para la Consolidación de la Paz a través del Desarrollo;
y asimismo participen en la Reunión con funcionarios del
Banco Interamericano de Desarrollo (BID) y en las reuniones
académicas, a realizarse en la ciudad de Nueva Orleans,
Estados Unidos de América, del 21 al 24 de marzo del 2000:
- Doctor Drago Kisic Wagner, Coordinador del Grupo
Consultivo;
- Doctor Jorge Ortiz Sotelo, Director Ejecutivo del Plan
Binacional-Capítulo Peruano; y
- Doctor Eduardo Valdivia-Velarde Pérez, Asesor del
Plan Binacional.
3º.- El viaje del doctor Fernando de Trazegnies Granda,
Ministro de Relaciones Exteriores, se hará efectivo los días
22 y 23 de marzo del 2000. El viaje del doctor Drago Kisic
Wagner, del doctor Jorge Ortiz Sotelo y del doctor Eduardo
Valdivia-Velarde Pérez, se hará efectivo del 21 al 24 de
marzo del 2000. Los gastos que ocasione el cumplimiento de
la presente Resolución, por concepto de pasajes US$ 5,508.56,
viáticos US$ 3,960.00 y tarifa por uso de aeropuerto US$
100.00, serán cubiertos por el Pliego Presupuestal del Minis-
terio de Relaciones Exteriores.
4º.- La presente Resolución no da derecho a exoneración
o liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o
denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori
Presidente Constitucional de la República
ALBERTO BUSTAMANTE BELAUNDE
Presidente del Consejo de Ministros
FERNANDO DE TRAZEGNIES GRANDA
Ministro de Relaciones Exteriores
3330
Pág. 184893
NORMAS LEGALES
Lima, miércoles 22 de marzo de 2000
Establecen cronograma para que
unidades ejecutoras y entidades del
Sector Público, informen sobre adqui-
siciones de bienes o servicios corres-
pondientes al año 2000
RESOLUCION MINISTERIAL
Nº 037-2000-PCM
Lima, 20 de marzo del 2000
CONSIDERANDO:
Que el Decreto Supremo Nº 053-97-PCM, modificado por
los Decretos Supremos Nºs. 063-97-PCM y 048-98-PCM,
estableció la obligación de las Unidades Ejecutoras y Entida-
des del Sector Público Nacional de proporcionar a la Presi-
dencia del Consejo de Ministros, a través de la Superinten-
dencia Nacional de Administración Tributaria - SUNAT,
información respecto de las adquisiciones de bienes y/o
servicios que efectúen o hayan efectuado;
Que el referido Decreto Supremo señala que la informa-
ción de las mencionadas adquisiciones, será entregada con-
forme al cronograma que para tal efecto establezca la Presi-
dencia del Consejo de Ministros, a propuesta de la SUNAT;
Que mediante Resolución Ministerial Nº 017-99-PCM se
aprobó un cronograma para que las Unidades Ejecutoras y
Entidades del Sector Público Nacional proporcionen la infor-
mación sobre sus adquisiciones que efectúen hasta el mes de
diciembre de 1999;
Que resulta necesario aprobar un cronograma para que
las Unidades Ejecutoras y Entidades del Sector Público
Nacional cumplan con proporcionar la información corres-
pondiente al año 2000;
Estando a lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 053-97-
PCM, modificado por los Decretos Supremos Nºs. 063-97-PCM y
048-98-PCM, y a la propuesta efectuada por la SUNAT;
SE RESUELVE:
Artículo Unico.- Las Unidades Ejecutoras y Entidades
del Sector Público Nacional señaladas en el anexo adjunto
del Decreto Supremo Nº 053-97-PCM, modificado por los
Decretos Supremos Nºs. 063-97-PCM y 048-98-PCM, propor-
cionarán a la Presidencia del Consejo de Ministros, a través
de la SUNAT, información respecto de sus adquisiciones de
bienes y/o servicios correspondientes al año 2000, de acuerdo
al siguiente cronograma:
Adquisiciones Ultimo dígito del RUC
del mes 0,1 2,3 4,5 6,7 8,9
Enero 2000 27.03.2000 28.03.2000 29.03.2000 30.03.2000 31.03.2000
Febrero 2000 28.04.2000 24.04.2000 25.04.2000 26.04.2000 27.04.2000
Marzo 2000 30.05.2000 31.05.2000 25.05.2000 26.05.2000 29.05.2000
Abril 2000 27.06.2000 28.06.2000 30.06.2000 23.06.2000 26.06.2000
Mayo 2000 25.07.2000 26.07.2000 27.07.2000 31.07.2000 24.07.2000
Junio 2000 24.08.2000 25.08.2000 28.08.2000 29.08.2000 31.08.2000
Julio 2000 29.09.2000 25.09.2000 26.09.2000 27.09.2000 28.09.2000
Agosto 2000 30.10.2000 31.10.2000 25.10.2000 26.10.2000 27.10.2000
Setiembre 2000 28.11.2000 29.11.2000 30.11.2000 24.11.2000 27.11.2000
Octubre 2000 26.12.2000 27.12.2000 28.12.2000 29.12.2000 22.12.2000
Noviembre 2000 25.01.2001 26.01.2001 29.01.2001 30.01.2001 31.01.2001
Diciembre 2000 28.02.2001 22.02.2001 23.02.2001 26.02.2001 27.02.2001
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JOSE ALBERTO BUSTAMANTE BELAUNDE
Presidente del Consejo de Ministros
3277
AGRICULTURA
Autorizan a la CONACS realizar la Eva-
luación Poblacional de Vicuñas y
Guanacos a nivel nacional
RESOLUCION MINISTERIAL
Nº 0146-2000-AG
Lima, 16 de marzo de 2000
Visto, el Oficio Nº 052-2000-AG-CONACS-P del Presiden-
te del Consejo Nacional de Camélidos Sudamericanos -
CONACS;
CONSIDERANDO:
Que, el Consejo Nacional de Camélidos Sudamericanos -
CONACS, como Organismo Público Descentralizado del
Ministerio de Agricultura, promueve, asesora, supervisa y
norma el desarrollo, conservación, manejo, mejoramiento y
aprovechamiento a nivel nacional, de todas las especies que
conforman los camélidos sudamericanos;
Que, la Vicuña y el Guanaco constituyen recursos alter-
nativos de aprovechamiento económico y social para las
poblaciones altoandinas, cuyos territorios son el hábitat de
esa especie, por lo que el Estado Peruano ha establecido un
marco legal, que permite accionar de manera conjunta su
conservación, protección, manejo y aprovechamiento soste-
nido;
Que, en los años 1996 y 1997 el CONACS realizó la
primera evaluación poblacional de guanacos y la última
de vicuñas, respectivamente; por lo que es importante
verificar y actualizar dichos censos a efectos de evaluar
las tendencias propias de las variables bioecológicas de
cada especie, y medir los diferentes impactos y cambios
habidos en el lapso transcurrido entre dichos años y el
presente;
Que, en consecuencia, es necesario y conveniente promo-
ver y realizar la evaluación periódica de las poblaciones de
vicuñas y guanacos existentes en el país, que permita cono-
cer el número exacto de individuos existentes en los territo-
rios comunales y de otros propietarios, para favorecer la
titularidad de las Comunidades Campesinas sobre sus pobla-
ciones, medir el impacto de las acciones de manejo, y de la
incidencia de la caza furtiva, entre otros;
De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº
25902, y Decreto Supremo Nº 026-92-AG;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar al Consejo Nacional de Caméli-
dos Sudamericanos - CONACS, realizar en el año 2000, la
Evaluación Poblacional de Vicuñas y Guanacos existentes a
nivel nacional, cuya unidad de registro poblacional principal
serán los territorios de las Comunidades Campesinas, de
acuerdo a un Plan de Evaluación.
Artículo 2º.- La evaluación, a que se refiere el artícu-
lo precedente, se llevará a cabo, en su etapa de campo, en
un plazo máximo de (3) meses contados a partir del mes
de mayo del año 2000; previo a las faenas de conteo en el
campo, se desarrollará una fase de planificación, equipa-
miento y entrenamiento del personal técnico destinado
al censo.
La presente evaluación poblacional podrá ser realiza-
da conjuntamente con los Comités Comunales de Vicuña
integrantes de la Sociedad Nacional de Criadores de
Vicuñas del Perú, mediante la suscripción de un Conve-
nio específico.
Artículo 3º.- Las Direcciones Regionales Agrarias, Su-
bregionales Agrarias, Agencias Agrarias y Distritos Agrarios
en cuyos ámbitos se realice la Evaluación Poblacional de
Vicuñas, deberán brindar las facilidades que resulten nece-
sarias para el cumplimiento de la presente Resolución.
Artículo 4º.- El Instituto Nacional de Recursos Natura-
les - INRENA, en su condición de Autoridad Administrativa
Científica - CITES Perú, efectuará la supervisión de la
Evaluación Poblacional de Vicuñas a nivel nacional, pudien-
do solicitar la participación de representantes de la Conven-
ción sobre el Comercio Internacional de Especies Amenaza-
das de Fauna y Flora Silvestre - CITES, del Convenio para
la Conservación y Manejo de la Vicuña, o de la Unión
Mundial para la Naturaleza (UICN).
Artículo 5º.- El Consejo Nacional de Camélidos Sudame-
ricanos - CONACS y el Instituto Nacional de Recursos
Naturales - INRENA, presentarán sus informes respectivos
sobre las acciones efectuadas, ante el Despacho del Ministro
de Agricultura, en un plazo perentorio de treinta días de
concluida la evaluación.
Regístrese y comuníquese.
BELISARIO DE LAS CASAS PIEDRA
Ministro de Agricultura
3276

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