III. Las reformas efectuadas a la Constitución de 1993

AutorSamuel B. Abad Yupanqui
Páginas72-79
SAMUEL B. ABAD YUPANQUI
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¿Este tipo de cláusulas existirán en el texto constitucional vigente?
Una posición en contra considera que el poder de reforma consti-
tucional es absoluto y, por tanto, no tiene ningún límite material.
Una segunda posición, entiende que existen ciertas materias que
por su trascendencia escapan a la soberanía absoluta de un Estado,
y que en la actualidad están contenidas en los tratados sobre dere-
chos humanos. Esto es lo que ocurre, por ejemplo, con el derecho
a la vida y la pena de muerte, pues la Convención Americana sobre
Derechos Humanos impide a los Estados ampliar los supuestos
establecidos originalmente. Como en el Perú la Constitución de
1979 sólo admitió la pena de muerte por traición a la patria en caso
de guerra exterior, hoy ésta no puede ser ampliada para los casos
de terrorismo o de violación de menores. De hacerlo, la reforma
sería inconstitucional.
Finalmente, el Tribunal Constitucional en la sentencia de 21
de enero de 2002 recaída en la demanda de inconstitucionalidad
presentada contra la Ley 27600 (Exp. N.º 0014-2002-AI/TC,
F.J. 97) ha admitido que los derechos fundamentales constituyen
límites materiales a una reforma constitucional. Así, ha señalado
que “(…), el segundo párrafo del artículo 32 de la Constitución,
en la parte que prevé que no se puede suprimir o disminuir
derechos fundamentales, establece un verdadero límite material,
de carácter expreso, a la reforma parcial de la Constitución, que
no alude al procedimiento o a los requisitos formales que deben
observarse cada vez que se intente una reforma constitucional,
sino al contenido mismo de la reforma, esto es, a la materia que
ella pretenda incidir.”
III. LAS REFORMAS EFECTUADAS A LA CONSTITUCIÓN
DE 1993
La Carta de 1993 ha sido objeto de diversas modificaciones
que han ido cambiando su diseño original, fundamentalmente a
partir de la caída del régimen de Alberto Fujimori. En esta etapa se
han formulado cambios sustanciales efectuados en el marco de la

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