RESOLUCION MINISTERIAL Nº 605-2008-MEM/DM - Otorgan concesiones temporales a Iberoperuana Inversiones S.A.C. para desarrollar estudios a nivel de factibilidad relacionados a la generación de energía eléctrica en futuras centrales eólicas

Fecha de publicación20 Febrero 2009
Fecha de disposición20 Febrero 2009
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, viernes 20 de febrero de 2009
391224
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1012, de
fecha 13 de mayo de 2008, se aprobó la Ley marco
de las Asociaciones Público - Privadas para la
generación de empleo productivo y se dictó normas
para la agilización de los procesos de promoción de la
inversión privada;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 146-2008-
EF, de fecha 9 de diciembre de 2008, se aprobó el
Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1012;
Que, de acuerdo a lo establecido en los numerales
6.1 y 9.7 del Decreto Legislativo Nº 1012, en el caso
del Gobierno Nacional, los Organismos Promotores
de la Inversión Privada son la Agencia de Promoción
de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN para
los proyectos que se le asignen en función a su
relevancia nacional y los Ministerios, a través de los
Comités de Inversión que conformen, requiriéndose
Resolución Suprema para la inclusión de operaciones
y proyectos al proceso de promoción de la inversión
privada, así como para la ratificación de la aprobación
de la modalidad a emplearse y del plan de promoción
correspondiente;
Que, de conformidad con lo que disponen los
numerales 5.1 y 5.2 del artículo 5º del Reglamento del
Decreto Legislativo Nº 1012, con fecha 13 de febrero
de 2009 la Dirección General de Electricidad, remitió
al Comité de Inversiones del Ministerio de Energía y
Minas, el Informe de Evaluación del Proyecto Línea
de Transmisión Independencia - Ica 220 kV. Asimismo,
el Comité de Inversión se pronunció favorablemente
sobre el Proyecto Línea de Transmisión Independencia
- Ica 220 KV. Con fecha 16 de febrero de 2009, el
Viceministro de Energía del Ministerio de Energía y
Minas, mediante Resolución Viceministerial Nº 001-
2009-MEM/VME, aprobó la Incorporar al proceso de
promoción de la inversión privada, la modalidad a
emplearse y el plan de promoción del Proyecto Línea
de Transmisión Independencia - Ica 220 KV;
Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº
Legislativo Nº 1012 - que aprueba la Ley Marco de
Asociaciones Público - Privadas para la Generación del
Empleo Productivo y dicta Normas para la Agilización
de los Procesos de Promoción de la Inversión Privada
y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº
146-2008-EF;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Ratif‌i cación de la Incorporación del
Proyecto, Modalidad empleada y Aprobación del Plan
de Promoción
Ratif‌i car la Resolución Viceministerial Nº 001-2009-
MEM/VME, de fecha 16 de febrero de 2009, mediante
la cual se incorpora al proceso de promoción de la
inversión privada, se aprueba la modalidad a emplearse
y el plan de promoción del Proyecto Línea de Transmisión
Independencia - Ica 220 KV.
Artículo 2º.- Asignación del Proceso
Asignar al Comité de Inversión del Ministerio de
Energía y Minas la conducción del proceso de promoción
de la inversión privada del Proyecto, a que se ref‌i ere el
artículo precedente.
Artículo 3º.- Refrendo
La presente Resolución Suprema será refrendada por
el Ministro de Energía y Minas.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ALAN GARCÍA PÉREZ
Presidente Constitucional de la República
PEDRO SÁNCHEZ GAMARRA
Ministro de Energía y Minas
315197-8
Otorgan concesiones temporales
a Iberoperuana Inversiones S.A.C.
para desarrollar estudios a nivel de
factibilidad relacionados a la generación
de energía eléctrica en futuras centrales
eólicas
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
N° 601-2008-MEM/DM
Lima, 29 de diciembre de 2008
VISTO: El Expediente N° 27169208, sobre otorgamiento
de concesión temporal para realizar estudios relacionados
con la actividad de generación de energía eléctrica en la futura
Central Eólica Parque Ocucaje 3, de acuerdo con el Decreto
Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, presentado por
IBEROPERUANA INVERSIONES S.A.C., persona jurídica
inscrita en la Partida N° 12110219 del Registro de Personas
Jurídicas de la Of‌i cina Registral de Lima;
CONSIDERANDO:
Que, IBEROPERUANA INVERSIONES S.A.C.,
mediante documento con registro de ingreso Nº 1825563,
de fecha 2 de octubre de 2008, ha presentado solicitud
sobre otorgamiento de concesión temporal para realizar
estudios relacionados con la actividad de generación
de energía eléctrica en la futura Central Eólica Parque
Ocucaje 3, al amparo de lo dispuesto por el artículo 30°
del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas,
aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM;
Que, los estudios mencionados en el considerando
que antecede se desarrollarán en los distritos de Ica y
Ocucaje, provincia de Ica, departamento de Ica, en la
zona comprendida dentro las coordenadas UTM (PSAD
56) que f‌i guran en el Expediente;
Que, el aviso de petición de solicitud de concesión
temporal que se indica en el primer considerando de la
presente Resolución, fue publicado en el Diario Of‌i cial
“El Peruano” los días 1 y 2 de diciembre de 2008, en
cumplimiento del artículo 31º del Reglamento de la Ley de
Concesiones Eléctricas;
Que, en virtud de lo dispuesto en el artículo 23º de la
Ley de Concesiones Eléctricas, el titular de la concesión
temporal asume la obligación de realizar estudios de
factibilidad, de acuerdo con un cronograma de estudios;
Que, la Dirección General de Electricidad, luego de
haber verif‌i cado y evaluado que el peticionario ha cumplido
con los requisitos establecidos en el Reglamento de la Ley
de Concesiones Eléctricas, ha emitido el Informe N° 270-
2008-DGE-DCE de fecha 10 de diciembre de 2008;
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 23° del
el artículo 36° del Reglamento de la Ley de Concesiones
Eléctricas;
Con la opinión favorable del Director General de
Electricidad y del Vice Ministro de Energía;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Otorgar concesión temporal a favor
de IBEROPERUANA INVERSIONES S.A.C., que se
identif‌i cará con el código N° 27169208, para desarrollar
estudios a nivel de factibilidad relacionados a la actividad
de generación de energía eléctrica en la futura Central
Eólica Parque Ocucaje 3, para una capacidad instalada
estimada de 150 MW, los cuales se realizarán en los
distritos de Ica y Ocucaje, provincia de Ica, departamento
de Ica, por un plazo de veintitrés (23) meses contados a
partir de la vigencia de la presente Resolución.
Artículo 2°.- Los estudios se realizarán al amparo de
la presente concesión temporal, y comprenderán la zona
delimitada por las siguientes coordenadas UTM (PSAD 56):
VÉRTICE ESTE NORTE
1 396 298,37 8 397 477,81
2 395 120,70 8 400 835,82
3 391 470,21 8 403 923,45
4 394 684,66 8 406 967,25
5 400 185,21 8 401 158,30
Descargado desde www.elperuano.com.pe

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR