RESOLUCION MINISTERIAL Nº 019-2009-MEM/DM - Otorgan concesión temporal a Iberoperuana Inversiones S.A.C. para desarrollar estudios a nivel de factibilidad relacionados a la actividad de generación de energía eléctrica en futura central eólica

Fecha de publicación20 Febrero 2009
Fecha de disposición20 Febrero 2009
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, viernes 20 de febrero de 2009 391225
Artículo 3°.- El concesionario está obligado a
realizar los estudios, respetando las normas técnicas
y de seguridad, preservando el medio ambiente y
salvaguardando el Patrimonio Cultural de la Nación, así
como al cumplimiento de las obligaciones establecidas
en la Ley de Concesiones Eléctricas, su Reglamento y
demás normas legales pertinentes.
De conformidad con el artículo 36° del Reglamento
de la Ley de Concesiones Eléctricas, si vencido el plazo
mencionado en el artículo 1° de la presente Resolución,
el concesionario no cumpliera con las obligaciones
contraídas en su solicitud, respecto de la ejecución de los
estudios y cumplimiento del Cronograma de Ejecución de
Estudios, la Dirección General de Electricidad ejecutará la
garantía otorgada.
Artículo 4°.- La presente Resolución Ministerial,
en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 36° del
Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, será
publicada en el Diario Oficial El Peruano por una sola
vez y por cuenta del interesado, y entrará en vigencia
a partir del día siguiente de su publicación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PEDRO SÁNCHEZ GAMARRA
Ministro de Energía y Minas
296264-1
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
N° 605-2008-MEM/DM
Lima, 30 de diciembre de 2008
VISTO: El Expediente N° 27169308, sobre
otorgamiento de concesión temporal para realizar
estudios relacionados con la actividad de generación
de energía eléctrica en la futura Central Eólica Parque
Bayovar 1, de acuerdo con el Decreto Ley N° 25844,
IBEROPERUANA INVERSIONES S.A.C., persona
jurídica inscrita en la Partida N° 12110219 del Registro
de Personas Jurídicas de la Oficina Registral de
Lima;
CONSIDERANDO:
Que, IBEROPERUANA INVERSIONES S.A.C.,
mediante documento con registro de ingreso Nº
1825558, de fecha 02 de octubre de 2008, ha
presentado solicitud sobre otorgamiento de concesión
temporal para realizar estudios relacionados con la
actividad de generación de energía eléctrica en la
futura Central Eólica Parque Bayovar 1, al amparo de
lo dispuesto por el artículo 30° del Reglamento de la
Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado por Decreto
Supremo N° 009-93-EM;
Que, los estudios mencionados en el considerando
que antecede se desarrollarán en el distrito de Sechura,
provincia de Sechura, departamento de Piura, en la zona
comprendida dentro las coordenadas UTM (PSAD 56)
que f‌i guran en el Expediente;
Que, el aviso de petición de solicitud de concesión
temporal que se indica en el primer considerando de la
presente Resolución, fue publicado en el Diario Of‌i cial
El Peruano los días 26 y 27 de noviembre de 2008, en
cumplimiento del artículo 31º del Reglamento de la Ley de
Concesiones Eléctricas;
Que, en virtud de lo dispuesto en el artículo 23º
de la Ley de Concesiones Eléctricas, el titular de la
concesión temporal asume la obligación de realizar
estudios de factibilidad, de acuerdo con un cronograma
de estudios;
Que, la Dirección General de Electricidad, luego
de haber verificado y evaluado que el peticionario
ha cumplido con los requisitos establecidos en el
Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, ha
emitido el Informe N° 266-2008-DGE-DCE de fecha 05
de diciembre de 2008;
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 23° del
el artículo 36° del Reglamento de la Ley de Concesiones
Eléctricas;
Con la opinión favorable del Director General de
Electricidad y del Vice Ministro de Energía;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Otorgar concesión temporal a favor
de IBEROPERUANA INVERSIONES S.A.C., que
se identificará con el código N° 27169308, para
desarrollar estudios a nivel de factibilidad relacionados
a la actividad de generación de energía eléctrica en
la futura Central Eólica Parque Bayovar 1, para una
capacidad instalada estimada de 200 MW, los cuales
se realizarán en el distrito de Sechura, provincia de
Sechura, departamento de Piura, por un plazo de
veintitrés (23) meses contados a partir de la vigencia
de la presente Resolución.
Artículo 2°.- Los estudios se realizarán al amparo de
la presente concesión temporal, y comprenderán la zona
delimitada por las siguientes coordenadas UTM (PSAD
56):
VÉRTICE ESTE NORTE
1 484 113,98 9 339 017,83
2 484 113,98 9 349 885,24
3 488 841,48 9 354 129,61
4 491 825,47 9 359 674,54
5 497 942,51 9 355 514,23
6 497 942,51 9 339 017,83
Artículo 3°.- El concesionario está obligado a
realizar los estudios, respetando las normas técnicas
y de seguridad, preservando el medio ambiente y
salvaguardando el Patrimonio Cultural de la Nación, así
como al cumplimiento de las obligaciones establecidas
en la Ley de Concesiones Eléctricas, su Reglamento y
demás normas legales pertinentes.
De conformidad con el artículo 36° del Reglamento
de la Ley de Concesiones Eléctricas, si vencido el plazo
mencionado en el artículo 1° de la presente Resolución,
el concesionario no cumpliera con las obligaciones
contraídas en su solicitud, respecto de la ejecución de los
estudios y cumplimiento del Cronograma de Ejecución de
Estudios, la Dirección General de Electricidad ejecutará la
garantía otorgada.
Artículo 4°.- La presente Resolución Ministerial,
en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 36° del
Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, será
publicada en el Diario Oficial El Peruano por una sola
vez y por cuenta del interesado, y entrará en vigencia
a partir del día siguiente de su publicación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PEDRO SÁNCHEZ GAMARRA
Ministro de Energía y Minas
296446-1
Otorgan concesión temporal a
Iberoperuana Inversiones S.A.C.
para desarrollar estudios a nivel de
factibilidad relacionados a la actividad
de generación de energía eléctrica en
futura central eólica
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 019-2009-MEM/DM
Lima, 13 de enero de 2009
VISTO: El Expediente Nº 27169108, sobre otorgamiento
de concesión temporal para realizar estudios relacionados
con la actividad de generación de energía eléctrica en la
futura Central Eólica Parque Bayovar 2, de acuerdo con
presentado por IBEROPERUANA INVERSIONES S.A.C.,
Descargado desde www.elperuano.com.pe

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