RESOLUCION SUPREMA N° 393-2012-PCM - Autorizan al INDECI efectuar donación de bienes de ayuda humanitaria a favor de la República de Guatemala, para atender a damnificados por sismo

Fecha de disposición30 Noviembre 2012
Fecha de publicación30 Noviembre 2012
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, viernes 30 de noviembre de 2012
479640
Autorizan viaje del Ministro del
Ambiente a los Emiratos Arabes Unidos
y encargan su Despacho a la Ministra
de Desarrollo e Inclusión Social
RESOLUCIÓN SUPREMA
N° 392-2012-PCM
Lima, 29 de noviembre de 2012
CONSIDERANDO:
Que, mediante Comunicación de 25 de octubre
de 2012, el Programa de las Naciones Unidas para
el Medio Ambiente – PNUMA, invita al Ministro del
Ambiente a participar en el Diálogo sobre la Agenda y
Sostenibilidad del Ambiente, a realizarse en el Emirato
de Dubai, Emiratos Árabes Unidos, los días 2 y 3 de
diciembre de 2012;
Que, el citado evento tiene por objeto presentar y
debatir los temas relacionados a cómo se debe evaluar
y articular el desafío de la sostenibilidad ambiental post
Río+20, así cómo responder a las oportunidades que
están surgiendo para avanzar en la agenda ambiental,
aspectos que se encuentran estrechamente vinculados al
objeto del Ministerio del Ambiente – MINAM, relacionado
a la conservación del ambiente, de modo tal que se
propicie y asegure el uso sostenible, responsable,
racional y ético de los recursos naturales y del medio que
los sustenta, que permita contribuir al desarrollo integral
social, económico y cultural de la persona humana, en
permanente armonía con su entorno, y así asegurar a las
presentes y futuras generaciones el derecho a gozar de
un ambiente equilibrado y adecuado para el desarrollo de
la vida;
Que, en tal sentido, resulta conveniente autorizar el
viaje del Ministro del Ambiente por ser de interés nacional,
cuya asistencia y participación no irrogará gastos al
Tesoro Público, por cuanto los mismos serán asumidos
por el International Institute for Sustainable Development
- IISD;
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 127º
Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y, el Reglamento de la
Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al
exterior de servidores y funcionarios públicos, aprobado
por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor abogado
Manuel Gerardo Pedro Pulgar-Vidal Otálora, Ministro
de Estado en el Despacho del Ambiente, al Emirato de
Dubai, Emiratos Árabes Unidos, del 30 de noviembre al
4 de diciembre de 2012, para los f‌i nes expuestos en la
parte considerativa de la presente resolución.
Artículo 2º.- La presente Resolución no irrogará gasto
alguno al Tesoro Público, ni dará derecho a exoneración
o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o
denominación.
Artículo 3º.- Encargar la Cartera del Ministerio del
Ambiente a la señora Carolina Trivelli Ávila, Ministra de
Estado en el Despacho de Desarrollo e Inclusión Social,
a partir del 30 de noviembre de 2012 y en tanto dure la
ausencia del Titular.
Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema
será refrendada por el Presidente del Consejo de
Ministros.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR
Presidente del Consejo de Ministros
872980-5
Autorizan al INDECI efectuar donación
de bienes de ayuda humanitaria a favor
de la República de Guatemala, para
atender a damnificados por sismo
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 393-2012-PCM
Lima, 29 de noviembre de 2012
Vistos: El Of‌i cio Nº 4373-2012-INDECI/5.0 de fecha 26
de Noviembre de 2012, del Instituto Nacional de Defensa
Civil;
CONSIDERANDO:
Que, como consecuencia de fuertes sismos producidos
en la República de Guatemala, se han generado diversos
daños materiales y personales; por lo que se ha creído
conveniente dar atención prioritaria al pedido de ayuda
internacional efectuada mediante el OF. RE (DGO) Nº
1-0 G/77, del Director de Cooperación Internacional del
Ministerio de Relaciones Exteriores, quien ha remitido el
listado de Requerimientos de Ayuda Humanitaria para
dicho país;
Que, los Acuerdos del Sistema de las Naciones Unidas
al que pertenece la República del Perú, contemplan
como compromiso de los Estados parte, la realización de
acciones de asistencia humanitaria para dar respuesta a
desastres y reducir la vulnerabilidad de las sociedades
objeto de socorro, activándose para el efecto los
mecanismos de asistencia, entre cuyas modalidades se
encuentra la disposición de bienes de ayuda humanitaria,
recursos técnicos, institucionales y f‌i nancieros para
contribuir a la mitigación de los efectos de los desastres
naturales;
Que, de conformidad con la Ley Nº 29664, Ley que
crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de
Desastres (SINAGERD), y su Reglamento aprobado por
Organismo Público Ejecutor que conforma el SINAGERD,
responsable técnico de los procesos de preparación,
respuesta y rehabilitación;
Que, de conformidad con el numeral 9.8 del artículo
9 del precitado Reglamento, corresponde al INDECI,
entre otras funciones, coordinar la asistencia humanitaria
solicitada por los países afectados por desastres en el
marco de convenios o acuerdos establecidos, conforme a
la normatividad vigente;
Que, es necesario autorizar al INDECI, a efectuar
en representación del Estado Peruano, la donación
de diversos bienes a fin de proveer la asistencia
humanitaria a los damnificados de la catástrofe
natural antes referida, con el apoyo del Ministerio de
Defensa;
Que, es pertinente autorizar al INDECI, en
representación del Estado Peruano, a efectuar la donación
de bienes de ayuda humanitaria descritos en el cuadro
Anexo a la presente resolución;
Que, los bienes del stock disponible del INDECI
descritos en el cuadro Anexo a la presente resolución,
serán transportados en un avión Fuerza Aérea del Perú
(Hércules), conforme a las coordinaciones efectuadas y
con cargo al presupuesto del Ministerio de Defensa;
Que, de tal manera, es necesario autorizar, el viaje
en comisión de servicios del personal del INDECI a la
República de Guatemala, para el traslado de los bienes
de ayuda humanitaria, contribuyendo a la mitigación de
los daños producidos a consecuencia del fuerte sismo,
conforme a lo expuesto en los considerandos precedentes;
y en atención a lo dispuesto en los artículos 6 y 10 del
Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que establecen el
procedimiento para la sustentación de viáticos de viajes
al exterior en comisión de servicios de los servidores y
funcionarios públicos;
De conformidad con lo previsto en el artículo 118
inciso 24) de la Constitución Política del Perú, la Ley
Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, la Ley Nº
29664, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº
048-2011-PCM, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y el
Decreto Legislativo Nº 804;

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