RESOLUCION JEFATURAL Nº 339-2011-JNAC/RENIEC - Dejan sin efecto la R.J. N° 429-2010-JNAC/RENIEC y aprueban Formatos de Acta Registral de Nacimiento en Línea y de Acta Registral Electrónica de Nacimiento, con CUI y sin CUI; y de Acta Registral Electrónica de Defunción

Fecha de disposición12 Julio 2011
Fecha de publicación12 Julio 2011
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, martes 12 de julio de 2011 446311
considera las plazas y el presupuesto para los servicios
específ‌i cos del personal permanente y eventual en función
de la disponibilidad presupuestal;
Que en virtud a lo estipulado en el numeral 3) del
corresponde la publicación obligatoria de la resoluciones
administrativas cuando su contenido se relacione con la
aprobación de documentos de gestión;
Que por otro lado, de conformidad con lo establecido
en el Artículo 6º de la Ley Nº 29091 concordante con
los Artículos 3º y 5º del Reglamento de la acotada Ley,
aprobado con Decreto Supremo Nº 004-2008-PCM,
el funcionario responsable, a que ref‌i ere el artículo
5º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley
de Transparencia y Acceso a la Información Pública,
cumplir con la publicación de diversos documentos de
gestión, entre ellos, el Presupuesto Analítico de Personal
(PAP);
Estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoría
Jurídica y conforme a las atribuciones conferidas por
la Ley Nº 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional
de Identif‌i cación y Estado Civil y el Reglamento de
Organización y Funciones del RENIEC, aprobado
por Resolución Jefatural Nº 855-2010-JNAC/RENIEC
(29SET2010);
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Dejar sin efecto la Resolución
Jefatural Nº 0003-2011-JNAC/RENIEC (07ENE2011),
que aprobó el Presupuesto Analítico de Personal (PAP)
del Registro Nacional de Identif‌i cación y Estado Civil
(RENIEC).
Artículo Segundo.- Aprobar el Presupuesto
Analítico de Personal (PAP) correspondiente al Año
Fiscal 2011 del Registro Nacional de Identif‌i cación y
Estado Civil (RENIEC), que como Anexo forma parte
integrante de la presente Resolución Jefatural y será
publicado en la página web de la Entidad www.reniec.
gob.pe.
Regístrese, publíquese y cúmplase.
JORGE LUIS YRIVARREN LAZO
Jefe Nacional
664038-2
Dejan sin efecto la R.J. Nº 429-2010-
JNAC/RENIEC y aprueban Formatos de
Acta Registral de Nacimiento en Línea
y de Acta Registral Electrónica de
Nacimiento, con CUI y sin CUI; y de Acta
Registral Electrónica de Defunción
RESOLUCIÓN JEFATURAL
Nº 339- 2011-JNAC/RENIEC
Lima, 11 de julio de 2011
VISTO: El Of‌i cio Nº 000858-2011/GPRC/RENIEC
(08JUL2011) e Informe Nº 000048-2011-2011-GPRC/
RENIEC (08JUL2011), emitidos por la Gerencia de
Procesos de Registros Civiles y el Informe Nº 001567-
2011-GAJ/RENIEC (11JUL2011), emitido por la Gerencia
de Asesoría Jurídica;
CONSIDERANDO:
Que por Ley Nº 26497 se creó el Registro Nacional
de Identif‌i cación y Estado Civil, con arreglo a lo dispuesto
en los artículo 177º y 183º de la Constitución Política
del Perú, como organismo con personería jurídica de
derecho público interno, que goza de atribuciones en
materia registral, técnica, administrativa , económica y
f‌i nanciera;
Que conforme lo dispuesto por el artículo 2º de la Ley
Orgánica del Registro Nacional de Identif‌i cación y Estado
Civil, el RENIEC es la entidad encargada de organizar
y mantener el Registro Único de Identif‌i cación de las
Personas Naturales e inscribir los hechos y actos relativos
a su capacidad y estado civil. Con tal f‌i n, desarrollará
técnicas y procedimientos automatizados que permitan
un manejo integrado y ef‌i caz de la información;
Que asimismo, los literales b) y c) del artículo 7º
de la Ley Nº 26497, precisan que corresponde a
la Entidad, registrar los nacimientos, matrimonios,
divorcios, defunciones y demás actos que modif‌i quen el
estado civil de las personas, así como las resoluciones
judiciales o administrativas que a ellos señale la ley;
del mismo modo, emite las constancias de inscripción
correspondientes;
Que mediante Resolución Jefatural Nº 019-99-JEF/
RENIEC (19ENE1999), se aprobaron los formatos de actas
de inscripción de los tres hechos vitales, los mismos que
reemplazaron a los formatos aprobados por Resolución
Jefatural Nº 023-96-JEF/RENIEC (03ABR1996) que fuera
modif‌i cada por Resolución Jefatural Nº 072-96-JEF/
RENIEC (07NOV1996);
Que a través de la Resolución Jefatural Nº 075-2007-
JEF/RENIEC (06FEB2007) se modif‌i caron y aprobaron
los formatos de Trascripción de Acta de Matrimonio, Acta
de Defunción, Acta de Nacimiento y Acta de Nacimiento
con Código Único de Identif‌i cación (CUI);
Que mediante la Resolución Jefatural Nº 429-2010-
JNAC/RENIEC (14MAY2010), se aprobó el Formato de
Acta Registral de Nacimiento en Línea;
Que asimismo, mediante Resolución Jefatural Nº 832-
2010-JNAC/RENIEC (23SET2010) se aprobó el Formato
de Acta Registral de Defunción en Línea;
Que en ese contexto, la Gerencia de Procesos
de Registros Civiles mediante los documentos de
vistos, propone la aprobación de los Formatos de
Acta Registral de Nacimiento en Línea sin CUI, Acta
Registral Electrónica de Nacimiento con CUI y sin CUI y
Acta Registral Electrónica de Defunción; acorde con los
nuevos formatos de actas preimpresas que se usarán
en las Of‌i cinas de Registros de Estado Civil y Of‌i cinas
Consulares;
Que resulta de vital importancia que la ciudadanía
tome conocimiento de lo dispuesto en la presenta
resolución; y
Conforme a las facultades conferidas por la
Ley No. 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional
de Identif‌i cación y Estado Civil; al Reglamento de
Inscripciones aprobado mediante Decreto Supremo No.
015-98-PCM; al inciso h) del artículo 11º del Reglamento
de Organización y Funciones aprobado por Resolución
Jefatural No. 855-2010/JNAC/RENIEC, (29SET2010) y el
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Dejar sin efecto la Resolución
Jefatural Nº 429-2010-JNAC/RENIEC (14MAY2010),
mediante la cual se aprueba el Formato de Acta Registral
de Nacimiento en Línea.
Artículo Segundo.- Aprobar el Formato de Acta
Registral de Nacimiento en Línea con Código Único de
Identif‌i cación (CUI) y sin Código Único de Identif‌i cación
(CUI), según los Anexos Nº 7 y 8, que forman parte de la
presente resolución jefatural.
Artículo Tercero.- Aprobar el Formato de Acta
Registral Electrónica de Nacimiento con Código Único de
Identif‌i cación (CUI) y sin Código Único de Identif‌i cación
(CUI), según los Anexos Nº 1, 2, 3 y 4, que forman parte
de la presente resolución jefatural.
Artículo Cuarto.- Aprobar el Formato de Acta Registral
Electrónica de Defunción, según los Anexos Nº 5 y 6, que
forman parte de la presente resolución jefatural.
Artículo Quinto.- Encargar a las Gerencias de
Procesos de Registros Civiles, de Registros Civiles,
de Operaciones Registrales y de Informática, la
implementación de los formatos aprobados en los
artículos segundo, tercero y cuarto de la presente
resolución jefatural y a la Gerencia de Imagen
Institucional la difusión de la misma.
Regístrese, publíquese y cúmplase.
JORGE LUIS YRIVARREN LAZO
Jefe Nacional

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