Aprueban formatos estandarizados de la Factura Conformada

Fecha de publicación01 Agosto 2004
Fecha de disposición01 Agosto 2004
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NORMAS LEGALES
Lima, domingo 1 de agosto de 2004
PODER JUDICIAL
CONSEJO EJECUTIVO DEL
PODER JUDICIAL
Aceptan renuncia de Juez Titular del
Cuarto Juzgado Penal de la provincia
de Chiclayo
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA
Nº 139-2004-CE-PJ
Lima, 23 de julio del 2004
VISTAS:
Las solicitudes presentadas por el señor Armando Men-
doza Correa, Juez Titular del Cuarto Juzgado Penal de
Chiclayo, Distrito Judicial de Lambayeque, actualmente
Vocal Provisional de la Sala Mixta de Jaén, con certifica-
ción de firma ante la Secretaría Administrativa de dicha
Corte Superior; y,
CONSIDERANDO:
Que, el señor Armando Mendoza Correa formula re-
nuncia al cargo de Juez Titular del Cuarto Juzgado Penal
de la provincia de Chiclayo, comprensión de la Corte Su-
perior de Justicia de Lambayeque, a partir del 1 de agosto
del año en curso, para el que fue nombrado por Resolución
Suprema Nº 416-84-JUS de fecha 20 de noviembre de
1984;
Que, mediante Oficio Nº 4443-2004-GD-OCMA-FTC-
JM, la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judi-
cial informa que ante ese Órgano de Control se encuen-
tran en trámite la Investigación Nº 80-2004 y la Queja ODI-
CMA Nº 371-2004-Lambayeque, seguidas contra el recu-
rrente;
Que, asimismo, el Consejo Nacional de la Magistratura
por Oficio Nº 1453-2004-P-CNM informa que de los Regis-
tros de la Secretaría Técnica de Procesos Disciplinarios,
no obra denuncia, investigación preliminar, ni proceso dis-
ciplinario seguido contra el Magistrado Armando Mendoza
Correa;
Que, también, la Presidencia de la Corte Superior de
Justicia de Lambayeque remite la certificación expedida
por la Asistente de la Oficina Distrital de Control de la Ma-
gistratura de dicha Corte Superior, informando que el Ma-
gistrado recurrente registra las Quejas Nºs. 35-04, 40-04 y
158-04;
Que, en tal sentido, y sin perjuicio de los informes men-
cionados, la aceptación de la renuncia formulada por el
recurrente no implica en modo alguno exoneración de res-
ponsabilidad por cualquier hecho materia de investigación
que se hubiera producido durante el ejercicio de sus fun-
ciones como Magistrado de la Corte Superior de Justicia
de Lambayeque;
Que, el artículo 245º, inciso 3), del Texto Único Orde-
nado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece que
termina el cargo de Magistrado, entre otros, por renuncia,
desde que es aceptada;
El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus
atribuciones, en sesión extraordinaria de la fecha, sin las
intervenciones del señor Presidente de este Órgano de
Gobierno por asistir a un evento oficial, y el señor Conse-
jero Wálter Vásquez Vejarano, por encontrarse de licencia,
por unanimidad;
RESUELVE:
Artículo Primero.- Aceptar la renuncia formulada por
el señor Armando Mendoza Correa al cargo de Juez Titu-
lar del Cuarto Juzgado Penal de la provincia de Chiclayo,
comprensión de la Corte Superior de Justicia de Lambaye-
que, a partir del 1 de agosto del año en curso; sin perjuicio
de lo expuesto en el quinto considerando de la presente
resolución.
Artículo Segundo.- Transcríbase la presente resolu-
ción a la Presidencia de la Corte Suprema de Justicia de la
República, Consejo Nacional de la Magistratura, Oficina
de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Corte Su-
perior de Justicia de Lambayeque y al interesado, para su
conocimiento y fines consiguientes.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
SS.
ANDRÉS ECHEVARRÍA ADRIANZÉN
JOSÉ DONAIRES CUBA
EDGARDO AMEZ HERRERA
LUIS ALBERTO MENA NÚÑEZ
14081
ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS
CONASEV
Aprueban formatos estandarizados de
la Factura Conformada
COMISIÓN NACIONAL SUPERVISORA
DE EMPRESAS Y VALORES
RESOLUCIÓN CONASEV
Nº 077-2004-EF/94.10
Lima, 27 de julio de 2004
VISTOS:
El Memorándum Nº 2859-2004-EF/94.20 de fecha 19 de
julio de 2004, presentado por la Gerencia de Asesoría Jurí-
dica, así como las comunicaciones remitidas por la Cámara
de Comercio de Lima y la Asociación de Bancos del Perú.
CONSIDERANDO:
Que, la Ley de Títulos Valores aprobada por Ley Nº 27287
dispone en su Quinta Disposición Final que la Superinten-
dencia de Banca y Seguros y la CONASEV “están facultadas
a aprobar los modelos y formatos estandarizados de los títu-
los valores que las cámaras y asociaciones gremiales les
propongan, observando que reúnan los requisitos formales
esenciales que la presente Ley u otras disposiciones esta-
blezcan, con excepción de aquellos modelos o formularios
cuya aprobación se haya delegado en otra autoridad”;
Que en virtud de la norma invocada, la Cámara de Comercio
de Lima y la Asociación de Bancos del Perú, proponen la aproba-
ción de los formatos estandarizados de Factura Conformada,
adecuados a la reciente modificación de dicho título valor dis-
puesta por la Ley Nº 28203, formatos que cumplen con los requi-
sitos establecidos en la antes citada Ley y en la Ley Nº 27287,
por lo que corresponde aprobar los formatos en mención a efec-
tos de recomendar su uso en las transacciones comerciales efec-
tuadas con dichos títulos valores;
Estando a lo dispuesto por la Quinta Disposición Final
de la Ley Nº 27287, el Artículo 11º del Texto Unico Concor-
dado de la Ley Orgánica de CONASEV, aprobado por De-
creto Ley Nº 26126, así como a lo acordado por el Directo-
rio de esta Comisión Nacional reunido en sesión de fecha
19 de julio de 2004.
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Aprobar los formatos estandarizados de
la factura conformada, conforme a los anexos que se ad-
juntan a la presente Resolución, precisándose que en el
caso del formato que se utilice como copia adicional del
comprobante de pago, deberá indicarse en el anverso de
dicho documento, el término “Factura Conformada” y el texto
“Copia no válida para efecto tributario”.
Artículo 2º.- Precisar que los formatos estandarizados
que se aprueban según el artículo anterior, no son de uso
obligatorio. Los mismos pueden ser adecuados a la natu-
raleza y condiciones de las transacciones específicas de
las que se originen, observando la Ley de Títulos Valores.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
LILIAN ROCCA CARBAJAL
Presidente

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