La Forma en la Donación Propter Nuptias: ¿Una Excepción que se Convierte en Regla?

AutorMario Castillo Freyre - Marco Andrei Torres Maldonado
CargoMagíster y Doctor en Derecho por la Pontificia Universidad Católica del Perú - Estudiante de Derecho de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos
Páginas257-269
257
Derecho & Sociedad
Asociación Civil
41
La Forma en la Donación Propter
Nuptias: ¿Una Excepción que se
Convierte en Regla?
Mario Castillo Freyre*
Marco Andrei Torres Maldonado**
“Y al entrar en la casa, vieron al niño con su madre María,
y postrándose, lo adoraron; y abriendo sus tesoros,
le ofrecieron presentes: oro, incienso y mirra”.
Mateo 2:4-6
Resumen:
En el presente artículo, el autor parte de una breve introducción a la distinción conceptual que
existe entre la formalidad y lo formal como parte de la manifestación de voluntad de un agente. En
la misma línea, se aplica esta diferenciación para el desarrollo de la donación como un acto bilateral
que ocupa un lugar relevante en nuestro desarrollo social.
Por último, se podrá apreciar de manera clara la explicación de la donación propter nuptias, la
formalidad que envuelve este acto, y las demás circunstancias similares que podrían aplicarse en la
tipicación estipulada dentro de nuestro Código Civil.
Palabras clave:
Formalidad - Donación - Donación propter nuptias - Liberalidad - Cláusula abierta - Manifestación
de la voluntad
Sumario:
1. Palabras liminares
2. Breves alcances sobre la forma en los contratos
3. La donación como paradigma de los actos de liberalidad inter vivos
4. Reexiones sobre la formalidad en el contrato de donación
5. La donación propter nuptias y la cláusula abierta contenida en el artículo 1626 del Código Civil
peruano
5.1 ¿Qué debe entenderse por donación propter nupcias?
5.2 La cláusula abierta expresada mediante acontecimientos similares a las bodas
5.3 La forma en la donación propter nuptias y acontecimientos similares: Cuando la realidad
convierte en regla general una excepción
6. A manera de conclusión
* Magíster y Doctor en Derecho por la Ponticia Universidad Católica del Perú; abogado en ejercicio; socio del Estudio que lleva su
nombre. Profesor Principal de Derecho Civil (Obligaciones y Contratos) en la Ponticia Universidad Católica del Perú y Universidad
de Lima. Miembro de Número de la Academia Peruana de Derecho; Director de las Colecciones Biblioteca de Arbitraje y Biblioteca de
Derecho de su Estudio.
** Estudiante de Derecho de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Miembro del Taller de Derecho Civil “José León Barandiarán”.
Asistente de cátedra de Derecho Civil, en los cursos de Derecho de las Personas, Acto Jurídico y Derecho de las Obligaciones en la
Universidad Nacional Mayor de San Marcos, Universidad Inca Garcilaso de la Vega y Universidad San Ignacio de Loyola. Asistente
Legal del Estudio Mario Castillo Freyre.

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