Autorizan transferencia financiera a favor de SEDACUSCO S.A. para ejecución de proyectos de inversión en saneamiento

Fecha de disposición19 Octubre 2006
Fecha de publicación19 Octubre 2006
NORMAS LEGALES
El Peruano
jueves 19 de octubre de 2006 330821
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DE AMAZONAS S.R.L, para el financiamiento parcial de
la ejecución del proyecto descrito en el Anexo que forma
parte de esta Resolución Ministerial.
Los recursos materia de la presente transferencia
financiera serán destinados exclusivamente para la
ejecución de los proyectos descritos en el referido
Anexo, quedando prohibido que la EMPRESA MUNICIPAL
DE SERVICIOS DE AGUA POTABLE Y ALCANTARI-
LLADO DE AMAZONAS S.R.L efectúe anulaciones con
cargo a tales recursos, de conformidad con lo establecido
en la Ley Nº 28880.
Artículo 2º.- La transferencia financiera a que se
refiere el artículo precedente se realizará con cargo al
presupuesto aprobado del presente año fiscal 2006 de
la Unidad Ejecutora 003 Construcción y Saneamiento
del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento,
Actividad 1 000060 Asistencia a las Instituciones
Privadas y Públicas, en la fuente Recursos Ordinarios y
con la disponibilidad autorizada en el calendario de
compromisos correspondiente.
Artículo 3º.- Los términos y obligaciones de la
presente transferencia financiera se encuentran
previstos en el Convenio Específico de Financiamiento
del Proyecto de Inversión a celebrarse entre el Ministerio
de Vivienda, Construcción y Saneamiento y la EMPRESA
MUNICIPAL DE SERVICIOS DE AGUA POTABLE Y
ALCANTARILLADO DE AMAZONAS S.R.L
Artículo 4º.- La Dirección Nacional de Saneamiento
y el Jefe de la Unidad Ejecutora 003 Construcción y
Saneamiento, serán responsables del cumplimiento de
la ejecución del Convenio referido en el artículo que
antecede.
Regístrese, comuníquese y publiquese.
HERNÁN GARRIDO-LECCA MONTAÑEZ
Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento
ANEXO
PROYECTOS DE INVERSIÓN
UNIDAD EJECUTORA : EMUSAP S.R.L.
COD PROYECTOS TIPO DE MONTO DE
SNIP EJECUCIÓN INVERSIÓN
PRESUPUESTARIA
SECTORIZACIÓN DEL SISTEMA
27692 DE DISTRIBUCIÓN DE AGUA INDIRECTA 1,761,585.00
POTABLE DE CHACHAPOYAS
TOTAL 1,761,585.00
03198-4
Autorizan transferencia financiera a
favor de SEDACUSCO S.A. para
ejecución de proyectos de inversión en
saneamiento
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 353-2006-VIVIENDA
Lima, 16 de octubre de 2006
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Ley Nº 28880, se autorizó un
Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector
Público para el Año Fiscal 2006, con el objeto de
financiar los proyectos de inversión que se encuentran
detallados en los Anexos de la citada Ley, entre los
que se ha considerado ciento ochenta y cinco
proyectos de inversión en saneamiento que serán
ejecutados a nivel nacional por el Ministerio de Vivienda,
Construcción y Saneamiento, los Gobiernos
Regionales, los Gobiernos Locales Provinciales y
Distritales, así como por las Empresas Municipales
Prestadoras de Servicios de Saneamiento;
Que, conforme al literal h) del numeral 75.4 del artículo
75º de la Ley Nº 28411 – Ley General del Sistema Nacional
de Presupuesto, modificado por la Ley Nº 28652, solo se
aprueban por resolución del Titular del Pliego, la misma que
debe ser publicada en el Diario Oficial El Peruano, entre
otras, las Transferencias Financieras que realiza el Ministerio
de Vivienda, Construcción y Saneamiento, para proyectos
de inversión de saneamiento, incluyendo las que se realicen
a las Empresas Prestadoras de Servicio de Saneamiento
Municipales – EPS y a SEDAPAL;
Que, de conformidad con el literal a) del artículo 4º de la
Ley Nº 27792 Ley de Organización y Funciones del
Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, dicho
Ministerio tiene entre sus funciones la de ejercer
competencias compartidas con los gobiernos regionales y
locales, en materia de urbanismo, desarrollo urbano y
saneamiento conforme a ley. Asimismo, de conformidad
con el literal l) del artículo 8º del Reglamento de Organización
y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y
Saneamiento aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2002-
VIVIENDA, se establece como una de sus funciones
generales, la de generar condiciones para el acceso a los
servicios de saneamiento en niveles adecuados de calidad
y sostenibilidad en su prestación, en especial de los
sectores de menores recursos económicos;
Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 282-2006-
VIVIENDA, el Ministerio de Vivienda, Construcción y
Saneamiento aprueba la desagregación de los recursos,
provenientes del Crédito Suplementario autorizado por
la Ley Nº 28880 hasta por la suma de S/. 390 604 839,00
en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios;
Que, mediante Informe Técnico Nº 019-2006-MVCS/
VMCS-PARSSA, el Programa de Reforma del Sector
Saneamiento - PARSSA ha emitido opinión favorable a la
transferencia financiera a efectuarse a favor de la
ENTIDAD MUNICIPAL PRESTADORA DE SERVICIOS
DE SANEAMIENTO DEL CUSCO S.A. - SEDACUSCO
S.A., para la ejecución de los proyectos descritos en el
Anexo que forma parte de esta Resolución por la suma
total de S/. 6 196 564,00 el mismo que cuenta con Informe
sobre disponibilidad presupuestal correspondiente.
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28411,
Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto,
modificada por la Ley Nº 28652, la Ley Nº 28880, la
Directiva Nº 001-2006-EF/76.01, Directiva para la
Ejecución del Proceso Presupuestario del Gobierno
Nacional para el Año Fiscal 2006, aprobada con
Resolución Directoral Nº 052-2005-EF/76.01 y la
Resolución Directoral Nº 049-2006-EF/76.01 que aprueba
los Lineamientos para la aplicación del numeral 3.2 del
Artículo 3º de la Ley Nº 28880;
SE RESUELVE:
Artículo 1º .- Aprobar la transferencia financiera por la
suma de S/. 6 196 564,00 (SEIS MILLONES CIENTO
NOVENTA Y SEIS MIL, QUINIENTOS SESENTA Y CUATRO
Y 00/100 NUEVOS SOLES) en la fuente Recursos Ordinarios
a favor del ENTIDAD MUNICIPAL PRESTADORA DE
SERVICIOS DE SANEAMIENTO DEL CUSCO S.A. -
SEDACUSCO S.A., para la ejecución de los proyectos
descritos en el Anexo que forma parte de esta Resolución
Ministerial.
Los recursos materia de la presente transferencia
financiera serán destinados exclusivamente para la
ejecución de los proyectos descritos en el referido
Anexo, quedando prohibido que la ENTIDAD MUNICIPAL
PRESTADORA DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO DEL
CUSCO S.A. - SEDACUSCO S.A., efectúe anulaciones
con cargo a tales recursos, de conformidad con lo
establecido en la Ley Nº 28880.
Artículo 2º.- La transferencia financiera a que se
refiere el artículo precedente se realizará con cargo al
presupuesto aprobado del presente año fiscal 2006 de
la Unidad Ejecutora 003 Construcción y Saneamiento
del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento,
Actividad 1 000060 Asistencia a las Instituciones
Privadas y Públicas, en la fuente Recursos Ordinarios y
con la disponibilidad autorizada en el calendario de
compromisos correspondiente.

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