1506 001-2004/DP-PA - Declaran nulidad de denegatoria ficta de solicitud presentada por postor, debiendo retrotraerse el Concurso Público N° 002-2004-DP hasta la etapa de presentación de recursos de impugnación

Fecha de publicación25 Mayo 2004
Fecha de disposición25 Mayo 2004
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NORMAS LEGALES
Lima, martes 25 de mayo de 2004
Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, con-
templa la exoneración de los procesos de Licitación Públi-
ca, Concurso Público o Adjudicación Directa, según sea
el caso, para adquisiciones y contrataciones que se rea-
licen en Situación de Urgencia;
Que, el artículo 21º del acotado Texto Único Ordena-
do, señala que la Situación de Urgencia se configura
cuando la ausencia extraordinaria e imprevisible de
determinado bien o servicio compromete en forma di-
recta e inminente la continuidad de los servicios esen-
ciales de las operaciones productivas que la Entidad tie-
ne a su cargo. Dicha situación faculta a la Entidad a la
adquisición o contratación de los bienes, servicios u
obras sólo por el tiempo o cantidad, según sea el caso,
necesario para llevar a cabo el proceso que correspon-
da;Que, asimismo, el numeral 2) del artículo 108º del Re-
glamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones
del Estado, señala que la Situación de Urgencia es una
medida temporal que se suscita ante un hecho de ex-
cepción que determina una acción rápida a fin de adqui-
rir o contratar lo indispensable para paliar la urgencia,
sin perjuicio que se realice el proceso de selección
correspondiente para las contrataciones y adquisiciones
definitivas;
Que, el artículo 20º del Texto Único Ordenado de la
Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, en
concordancia con el artículo 116º de su Reglamento, dis-
pone que las exoneraciones se realizan a través de pro-
cesos de Adjudicación de Menor Cuantía, siendo de
aplicación lo dispuesto en el artículo 105º del acotado
Reglamento;
Que, de lo expuesto precedentemente, resulta evi-
dente que las causas que vienen motivando el retraso
en la culminación del proceso de selección, escapan
al dominio de la Entidad, impidiendo que se pueda
contar con el servicio mencionado de manera regular;
y, por tanto, considerando que el apremio es concreto
e inmediato, persiste la necesidad de tomar una ac-
ción rápida para contratar lo indispensable a fin de
paliar la urgencia;
Que, a través del Informe Nº 075-2004-AS-SL-GAF-
GG/PJ, la Jefatura del Área de Servicios de la Subgeren-
cia de Logística de la Gerencia de Administración y Fi-
nanzas, sustenta técnicamente la urgente necesidad de
contratar el servicio en mención toda vez que la inte-
rrupción comprometería en forma directa e inminente la
continuidad de los servicios esenciales de las dependen-
cias jurisdiccionales y administrativas del Poder Judicial
en la Zona Lima, situación que puede generar un perjui-
cio en el cumplimiento de las labores propias de este
Poder del Estado; por lo que resulta procedente contra-
tar dicho servicio, del modo más expeditivo posible y de
acuerdo a la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del
Estado;
Que, en tanto el Comité Especial concluya el
respectivo Concurso Público para la contratación
definitiva, resulta indispensable realizar el proceso de
menor cuantía como una acción rápida para contratar
por el período necesario, lo cual debe ser autorizado
por el Titular del Pliego derivado de una declaratoria
de urgencia, como una medida temporal ante un he-
cho de excepción;
Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo
11º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contratacio-
nes y Adquisiciones del Estado, el Área de Programa-
ción de la Subgerencia de Logística a través del
Memorándum Nº 030-2004-AP-SL-GAF-GG-PJ, ha emi-
tido opinión favorable para la contratación del servicio
submateria, con cargo a la Fuente de Financiamiento:
Recursos Ordinarios;
Que, asimismo, la Jefatura de la Oficina de Asesoría
Legal de la Gerencia General, mediante Informe Nº 286-
2004-OAL-GG-PJ, opina por la procedencia de la exone-
ración, de acuerdo a lo señalado en el mencionado inci-
so c) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley
de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, toda vez
que se cumplen con los presupuestos para la aplicación
de la causal de situación de urgencia;
Habiéndose revisado y encontrado conforme los do-
cumentos del Visto y de conformidad con lo dispuesto
en los artículos 19º, 20º y 21º del Texto Único Ordenado
de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado,
aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, los
artículos 105º, 108º, 113º, 114º, 115º y 116º de su Regla-
mento, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-
PCM; y en uso de las facultades conferidas por ley;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- DECLARAR en Situación de Ur-
gencia la contratación del Servicio de Limpieza para las
dependencias del Poder Judicial de la Zona Lima, por el
valor referencial de S/. 845,455.38 (Ochocientos cuaren-
ticinco mil cuatrocientos cincuenticinco y 38/100 Nue-
vos Soles), con cargo a la Fuente de Financiamiento:
Recursos Ordinarios, por el período de 90 días calenda-
rio contados desde el 4 de mayo del año 2004 al 1 de
agosto del 2004, o, hasta la suscripción del contrato de-
rivado del respectivo Concurso Público, lo que ocurra
primero.
Artículo Segundo.- La Contratación a que se refiere
el artículo anterior, se realizará a través del proceso de
selección de Adjudicación de Menor Cuantía, el mismo
que se encontrará a cargo de un Comité Especial que
será designado por la Gerencia General del Poder Judi-
cial.
Artículo Tercero.- El Comité Especial que tendrá a
su cargo la realización del proceso de Adjudicación de
Menor Cuantía, deberá observar las disposiciones esta-
blecidas en el Texto Único Ordenado de la Ley de Con-
trataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el
Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y su Reglamento
aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM y
modificatorias.
Artículo Cuarto.- El contrato que se suscriba como
consecuencia de lo señalado en el Artículo Primero del
presente resolutivo, deberá observar las disposiciones
establecidas en el Texto Único Ordenado de la Ley de
Contrataciones y adquisiciones del Estado, su Regla-
mento y modificatorias, cumpliendo con los requisitos,
condiciones, formalidades y garantías que establece la
ley.Artículo Quinto.- Disponer que la Gerencia Gene-
ral del Poder Judicial haga de conocimiento de la
Contraloría General de la República, la presente
resolución y los informes que la sustentan, dentro de
los 10 días calendario siguientes a la fecha de su apro-
bación, conforme lo dispone el artículo 20º del Texto
Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adqui-
siciones del Estado.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
HUGO SIVINA HURTADO
Presidente
09831
ORGANISMOS AUTÓNOMOS
DEFENSORÍA DEL PUEBLO
Declaran nulidad de denegatoria ficta
de solicitud presentada por postor,
debiendo retrotraerse el Concurso Pú-
blico Nº 002-2004-DP hasta la etapa de
presentación de recursos de impugna-
ción
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA
Nº 001-2004/DP-PA
Lima, 20 de mayo del 2004

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