DECRETO DE ALCALDIA N° 010-2012/MVMT - Aprueban y fijan fechas correspondientes al cronograma del Proceso del Presupuesto Participativo por Resultados - 2013 del distrito

Fecha de publicación07 Julio 2012
Fecha de disposición07 Julio 2012
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, sábado 7 de julio de 2012
470218
MUNICIPALIDAD DE SAN
MARTIN DE PORRES
Disponen el embanderamiento general
de inmuebles del distrito
DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 013-2012/MDSMP
San Martín de Porres, 2 de julio del 2012
EL ALCALDE DEL DISTRITO DE SAN MARTÍN
DE PORRES
CONSIDERANDO:
Que, el 28 de julio del presente año, se celebra el 191º
Aniversario de la Proclamación de la Independencia del Perú;
Que, con tal motivo durante el mes de julio se realizan
diversas actividades patrióticas que fortalecen los sentimientos
de identidad nacional y profundo respeto y amor a nuestros
símbolos patrios, por lo que, como una demostración de
especial civismo, debemos cumplir con el embanderamiento
general de todos los inmuebles en nuestra jurisdicción;
De conformidad con los artículos 20, Inc. 6) y 42 de la
Ley 27972 – Orgánica de Municipalidades;
DECRETA:
Artículo Primero.- DISPONER el embanderamiento
general de todos los inmuebles del distrito de San Martín
de Porres, a partir del 14 hasta el 31 de julio del presente
año, con ocasión de celebrarse el 191º Aniversario de la
Proclamación de la Independencia del Perú.
Artículo Segundo.- DISPONER que todas las áreas
administrativas de la Entidad cumplan con la difusión
e implementación del presente Decreto, en lo que les
corresponda.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
FREDDY S. TERNERO CORRALES
Alcalde
811226-1
MUNICIPALIDAD DE VILLA
MARÍA DEL TRIUNFO
Disponen el embanderamiento general
de inmuebles del distrito
DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 009-2012/MVMT
Villa María del Triunfo, 2 de julio del 2012
LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD VILLA
MARÍA DEL TRIUNFO
CONSIDERANDO:
Estado, modif‌i cado por Ley Nº 27680, establece que las
Municipalidades son órganos de Gobierno Local y tienen
autonomía política, económica y administrativa en los
asuntos de su competencia;
Que, el próximo 28 de Julio se celebra el 191 Aniversario
de la Declaración de la Independencia del Perú;
Que, es necesario resaltar los hechos históricos
trascendentes con el propósito de fortalecer y reaf‌i rmar
nuestra conciencia cívica, fomentando la realización
de actividades simbólicas tradicionales como el
embanderamiento de todos los inmuebles en el distrito;
En uso de las atribuciones conferidas en el numeral
6) del artículo 20º y el artículo 42º de la Ley Orgánica de
Municipalidades Nº 27972;
DECRETA:
Artículo Primero.- DISPONER el Embanderamiento
General de las viviendas, instituciones públicas y privadas
y locales comerciales del distrito de Villa María del Triunfo,
durante el mes de julio, con motivo de la Celebración del
191 Aniversario de la Independencia del Perú.
Artículo Segundo.- RECORDAR a los titulares de las
viviendas particulares e instituciones no estatales, que de
conformidad con el Decreto Ley Nº 11323 del 31 de Marzo de
1950, es obligatorio el uso de la Bandera Nacional (de forma
rectangular, con los colores nacionales, sin escudo de armas);
encontrándose reservado el Pabellón Nacional (con el Escudo
Nacional al centro) para uso de los edif‌i cios del Estado.
Artículo Tercero.- EXHORTAR a los vecinos del
distrito a f‌i n que efectúen la limpieza y pintado de las
fachadas de los predios, para su mejor presentación y
ornato general de la ciudad.
Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia de Seguridad
Ciudadana y Tránsito, el cumplimiento del presente Decreto,
a la Secretaría General su publicación y a la Sub Gerencia de
Comunicación e imagen institucional su difusión.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
SILVIA BARRERA VÁSQUEZ
Alcaldesa
811043-1
Aprueban y fijan fechas
correspondientes al cronograma del
Proceso del Presupuesto Participativo
por Resultados - 2013 del distrito
DECRETO DE ALCALDIA
Nº 010-2012/ MVMT
Villa María del Triunfo, 5 de julio del 2012
LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE VILLA MARIA DEL TRIUNFO
Visto, el Memorándum Nº 917-2012-GM/MVMT, de fecha
03 de julio del 2012, de la Gerencia Municipal, mediante
el cual se solicita la emisión del acto normativo para f‌i jar
las fechas del cronograma del Presupuesto Participativo
basado en resultados para el año f‌i scal 2013, de acuerdo a
lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurídica;
CONSIDERANDO:
Que, mediante el Informe Nº 042-2012-GPP/MVMT de
fecha 08 de junio del 2012, el Gerente de Planeamiento y
Presupuesto, informa que mediante la Ordenanza Municipal
Nº 151/MVMT, se aprobó el Reglamento del Presupuesto
Participativo basado en resultados para el año f‌i scal 2013;
Que, mediante el Informe Nº 189-2012-GAJ-MDVMT
de fecha 13 de junio del 2012, la Gerencia de Asesoría
Jurídica ha opinado en el sentido de que es procedente la
dación de un decreto de alcaldía a f‌i n de aprobar la f‌i jación
de fechas correspondientes al Cronograma del Proceso
del Presupuesto Participativo basado en resultados 2013
del Distrito de Villa María del Triunfo, establecido en el
Reglamento del Presupuesto por Resultados aprobado
por Ordenanza Municipal Nº 151-MVMT;
Perú modif‌i cado por el artículo único de la Ley Nº 28607,
establece que las municipalidades son órganos de gobierno
local, con autonomía política, económica y administrativa en
los asuntos de su competencia, lo cual es concordante con
lo dispuesto en el articulo II del Título Preliminar de la Ley
Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, en tal virtud,
están facultadas para aprobar su organización interna, su
presupuesto, organizar y administrar los servicios públicos
locales de su responsabilidad y planif‌i car el desarrollo de su
jurisdicción entre otros aspectos;
Que, la autonomía consagrada en la Constitución
Política del Perú radica en la facultad de ejercer actos de
gobierno, administrativos, de administración y, normativos
con sujeción al ordenamiento jurídico;
Que, sin embargo, no existe libertad absoluta para el
ejercicio de dicha autonomía, porque tal y conforme se
precisa en la Constitución Política del Estado y en la Ley
Orgánica de Municipalidades -Ley Nº 27972, la misma
debe ser ejercida en asuntos de competencia municipal y
dentro de los límites que señala la Ley;
Que, el numeral 5 del artículo 73º de la Ley Orgánica de
Municipalidades Ley Nº 27972, señala que en materia de
participación vecinal las Municipalidades asumen competencias
y ejercen las funciones específ‌i cas en materia de participación

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