FE DE ERRATA Res. N° 821-2015-MP-FN - .

Fecha de disposición13 Marzo 2015
Fecha de publicación13 Marzo 2015
El Peruano
Viernes 13 de marzo de 2015
548522
Convocatoria Nº004-2014-SN/CNM, se nombran Fiscales
Adjuntos Provinciales Titulares en el Distrito Judicial de
Pasco.
Que, con la Constancia Nº13-2015-AMAG-SPA-
PROFA, de fecha 30 de enero del 2015, la Subdirectora
de Programa Académico – PROFA (e) de la Academia de
la Magistratura, certi ca que el Magistrado Larry Toms
Rengifo Ique, ha aprobado el 18º Programa de Formación
de Aspirantes a Magistrados (PROFA) - Primer Nivel de
la Magistratura.
Que, estando a los nombramientos mencionados,
corresponde al Fiscal de la Nación, designar al Fiscal
Titular en el respectivo Despacho Fiscal.
Que, en el ejercicio de las facultades conferidas por el
Artículo 158º de la Constitución Política del Estado y el
Artículo 64º del Decreto Legislativo Nº052, Ley Orgánica
del Ministerio Público.
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Designar al doctor Larry Toms
Rengifo Ique, Fiscal Adjunto Provincial Titular Penal
(Corporativo) de Pasco, Distrito Judicial de Pasco, en
el Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal
Corporativa de Pasco.
Artículo Segundo.- hacer de conocimiento la presente
Resolución, al Consejo Nacional de la Magistratura,
Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito
Fiscal de Pasco, Gerencia General, Gerencia Central de
Potencial Humano, O cina de Registro y Evaluación de
Fiscales, y al Fiscal mencionado.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PABLO SÁNCHEZ VELARDE
Fiscal de la Nación (i)
1210915-1
FE DE ERRATAS
RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN
N° 821-2015-MP-FN
Mediante O cio Nº 04632-2015-MP-FN-SEGFIN, el
Ministerio Público solicita se publique Fe de Erratas de la
Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 821-2015-MP-
FN, publicada en la edición del día 11 de marzo de 2015.
DICE:
Artículo Primero: (...), Fiscal Superior Titular de la
Tercera Fiscalía Superior Penal Nacional.
DEBE DECIR:
Artículo Primero: (...), Fiscal Superior Titular de la
Segunda Fiscalía Superior Penal Nacional.
1210904-1
OFICINA NACIONAL DE
PROCESOS ELECTORALES
Aprueban actualización del Cuadro
para Asignación de Personal - CAP de
la ONPE
RESOLUCIÓN JEFATURAL
Nº 093-2015-J/ONPE
Lima, 12 de marzo de 2015
VISTOS: El Memorando Nº 000116-2015-PP/ONPE
de Procuraduría Pública, el Memorando Nº 000633-
2015-GPP/ONPE de la Gerencia de Planeamiento y
Presupuesto, el Memorando Nº 000326-2015-GCPH/
ONPE de la Gerencia Corporativa de Potencial Humano,
el Informe Nº 000038-2015-GGC/ONPE de la Gerencia de
Gestión de la Calidad, así como el Informe Nº 000125-
2015-GAJ/ONPE de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, la O cina Nacional de Procesos Electorales
(ONPE), es un organismo electoral constitucionalmente
autónomo que forma parte de la estructura del Estado y
que conforma el Sistema Electoral Peruano, de acuerdo
con lo establecido por el artículo 177º de la Constitución
Política del Perú; cuenta con personería jurídica de
derecho público interno y goza de atribuciones en materia
técnica, administrativa, económica y nanciera;
Que, entre los documentos de gestión de la Entidad se
encuentra el Cuadro para Asignación de Personal – CAP,
aprobado y actualizado por Resoluciones Jefaturales
Nº 049-2014-J/ONPE, Nº 0196-2014-J/ONPE y Nº 013-
2015-J/ONPE, respectivamente, el cual contiene los
cargos de nidos y aprobados de la Entidad, sobre la base
de la estructura vigente prevista en el Reglamento de
Organización y Funciones, aprobado y modi cado a su
vez por Resoluciones Jefaturales Nº 063-2014-J/ONPE y
Nº 216-2014-J/ONPE, respectivamente;
Que, conforme uye de los antecedentes, mediante
el Memorando de vistos la Procuraduría Pública pone
en conocimiento la noti cación del Noveno Juzgado
Especializado de Trabajo Transitorio de Lima, con la
Resolución Nº 21 emitida en el Proceso Contencioso
Administrativo Laboral promovido por la señora Clara
Esther Segovia Sánchez contra la ONPE, en la que
se ha formulado el requerimiento a efecto que dentro
del plazo de diez (10) días cumpla con reincorporar de
manera de nitiva a la señora en mención, en la ciudad
que cesó y en el cargo que ostentaba al momento de su
cese, esto es, el de Secretaria III Nivel F-1 o en otro cargo
similar, debiéndose respetar el régimen laboral de cese
y de haber sido derogado, adecuarse al régimen laboral
regulado por el Decreto Legislativo Nº 276 o Decreto
Legislativo Nº 728, según corresponda, así como registrar
en el libro de planillas a partir de su Reincorporación,
bajo apercibimiento de aplicarse el Artículo 4º de la Ley
Orgánica del Poder Judicial;
Que, no obstante a lo indicado en el párrafo que
antecede, el cumplimiento de dicho mandato judicial
deberá efectuarse en estricta observancia de lo establecido
en los literales a) y f) de la Tercera Disposición Transitoria
del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley
General del Sistema Nacional de Presupuesto, en cuanto
disponen que el ingreso de personal requiere contar con
la plaza presupuestada; lo cual, de acuerdo a lo expuesto
por la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto en el
Memorando de vistos, en el Presupuesto Institucional
Modi cado del Pliego 032: O cina Nacional de Procesos
Electorales, se cuenta con recursos presupuestarios
de libre disponibilidad, contra los cuales sería factible
atender la demanda de gasto que se generaría por
la reincorporación de la señora Clara Esther Segovia
Sánchez;
Que, asimismo, deberá observarse lo dispuesto en la
Décimo Sétima Disposición Complementaria Transitoria
del Reglamento de la Ley del Servicio Civil, aprobado
por D.S. Nº 040-2014-PCM, en tanto señala que si por
resolución rme del Tribunal del Servicio Civil, medida
cautelar o sentencia judicial consentida o ejecutoriada, se
ordenase la reposición temporal o de nitiva de un servidor
en la Entidad pública a la cual pertenecía, la Entidad
deberá hacer los trámites y ajustes necesarios para la
reincorporación del personal repuesto en los regímenes
de los Decretos Legislativos Nº 276 o Nº 728, según
corresponda;
Que, la Gerencia Corporativa de Potencial Humano
mediante el Memorando de vistos, haciendo suyo
el Informe Nº 000159-2015-SGRH/GCPH de la Sub
Gerencia de Recursos Humanos, concluye que resulta
necesario realizar las diligencias respectivas que permitan
reincorporar de manera de nitiva a la señora Clara Esther
Segovia Sánchez, ello en cumplimiento a lo ordenado por
el Noveno Juzgado Especializado de Trabajo Transitorio
de Lima de la Corte Superior de Justicia de Lima;
Que, el citado órgano también re ere que se ha
identi cado el cargo que actualmente le corresponde, el
cual se encuentra en el actual Cuadro para Asignación de
Personal de la Entidad, aprobado y actualizado mediante
Resoluciones Jefaturales Nº 049-2014-J/ONPE, Nº 0196-
2014-J/ONPE y Nº 013-2015-J/ONPE, respectivamente.

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