FE DE ERRATA RES. N° 067-2014-SUNAFIL - .

EmisorSUPERINTENDENCIA NACIONAL DE FISCALIZACION LABORAL
Fecha de la disposición25 de Octubre de 2014
El Peruano
Sábado 25 de octubre de 2014 535893
Que por su parte, en febrero de 2014, la OCDE publicó
su propuesta para un nuevo modelo global de intercambio
automático de información aplicable a las cuentas mantenidas
en entidades nancieras, el cual contiene los instrumentos
legales necesarios y los procedimientos de debida diligencia y
reporte principalmente para dichas entidades nancieras;
Que en ese contexto, el citado Foro Global permitirá
conocer y recoger las mejores prácticas y experiencias
de otras administraciones tributarias, que coadyuven a la
implementación del intercambio de información a pedido
e intercambio automático;
Que en tal sentido, siendo de interés institucional para
la SUNAT la concurrencia de sus trabajadores a eventos
de esta naturaleza, conforme al Informe N.° 13-2014-
SUNAT/5B0000 de fecha 17 de octubre de 2014, resulta
necesario autorizar la participación en el referido evento
del trabajador Fredy Richard Llaque Sánchez, Gerente
de Cumplimiento de Grandes Empresas y Grupos
Económicos de la Intendencia Nacional de Desarrollo de
Estrategias de Servicios y Control del Cumplimiento;
Que el numeral 1 de la Séptima Disposición
Complementaria Final de la Ley de Fortalecimiento de
la SUNAT, aprobada por Ley N° 29816, dispone que
mediante Resolución de Superintendencia, la SUNAT
aprueba sus propias medidas de austeridad y disciplina
en el gasto, no siéndole aplicables las establecidas en las
Leyes Anuales de Presupuesto u otros dispositivos;
Que en tal virtud, mediante Resolución de
Superintendencia N° 013-2012/SUNAT se aprobaron las
normas de austeridad y disciplina en el gasto de la SUNAT,
aplicables a partir del Año Fiscal 2012, en las que se prevé
la prohibición de viajes al exterior de los trabajadores de
la SUNAT, con cargo al presupuesto institucional, salvo
los que se efectúen con la nalidad de cumplir con los
objetivos institucionales y los que se realicen en el marco
de la negociación de acuerdos o tratados comerciales y
ambientales, negociaciones económicas y nancieras y
las acciones de promoción de importancia para el Perú;
Que asimismo, el numeral 2 de la Séptima Disposición
Complementaria Final de la Ley N° 29816, establece que
mediante Resolución de Superintendencia, la SUNAT
autorizará los viajes al exterior de sus funcionarios y
servidores;
Que en consecuencia, siendo que dicho viaje cumple
con lo dispuesto en la Resolución de Superintendencia
N° 013-2012/SUNAT, resulta necesario por razones de
itinerario, autorizar el viaje del trabajador Fredy Richard
Llaque Sánchez, del 26 al 30 de octubre de 2014;
debiendo la SUNAT asumir, con cargo a su presupuesto
los gastos por concepto de pasajes aéreos que incluye la
Tarifa Única por Uso de Aeropuerto (TUUA) y los viáticos;
De conformidad con lo dispuesto en las Leyes Nos
27619 y 29816, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y
la Resolución de Superintendencia N° 013-2012/SUNAT;
y en uso de la facultad conferida por el literal s) del artículo
8° del Reglamento de Organización y Funciones de la
SUNAT, aprobado por Resolución de Superintendencia
N° 122-2014/SUNAT y modi catorias;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Autorizar el viaje del trabajador Fredy
Richard Llaque Sánchez, Gerente de Cumplimiento
de Grandes Empresas y Grupos Económicos de la
Intendencia Nacional de Desarrollo de Estrategias de
Servicios y Control del Cumplimiento del 26 al 30 de
octubre de 2014, para participar en la Sétima Reunión
del Foro Global sobre Transparencia y el Intercambio de
Información con Fines Fiscales, que se llevará a cabo en
la ciudad de Berlín, República Federal de Alemania, los
días 28 y 29 de octubre de 2014.
Artículo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento
de la presente Resolución, serán con cargo al Presupuesto
del 2014 de la Superintendencia Nacional de Aduanas
y de Administración Tributaria - SUNAT, de acuerdo al
siguiente detalle:
Señor Fredy Richard Llaque Sánchez
Pasajes (incluye la Tarifa Única por Uso
de Aeropuerto - TUUA) US $ 2 941,71
Viáticos US $ 2 160,00
Artículo 3°.- Dentro de los quince (15) días calendario
siguientes de efectuado el viaje, el citado trabajador
deberá presentar ante el Titular de la Entidad, un informe
detallado describiendo las acciones realizadas y los
resultados obtenidos durante el viaje autorizado.
Artículo 4°.- La presente resolución no otorga derecho
a exoneración o liberación de impuestos de aduana de
cualquier clase o denominación a favor del trabajador
cuyo viaje se autoriza.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
TANIA QUISPE MANSILLA
Superintendente Nacional
1154352-1
SUPERINTENDENCIA NACIONAL
DE FISCALIZACION LABORAL
FE DE ERRATAS
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA
Nº 067-2014-SUNAFIL
Mediante O cio Nº 103-2014-SUNAFIL/DS, la
Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral
solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución de
Superintendencia Nº 067-2014-SUNAFIL publicada en
nuestra edición del 22 de octubre de 2014.
DICE:
Artículo Único.- ACEPTAR la renuncia formulada por
el señor DANNY DANIEL MORALES DUEÑAS, al cargo
de Jefe de la O cina General de Administración de la
Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral
– SUNAFIL, dándosele las gracias por los importantes
servicios prestados.
DEBE DECIR:
Artículo Único.- ACEPTAR la renuncia formulada por el
señor DANNY DANIEL MORALES DUEÑAS, al cargo de Jefe
de la O cina General de Administración de la Superintendencia
Nacional de Fiscalización Laboral – SUNAFIL.
1155238-1
PUBLICACIÏN OBLIGATORIA DE REGLAMENTOS ADMINISTRATIVOS
Se comunica a todas las Entidades del Sector Público que, conforme al Decreto Supremo Nº
014-2012-JUS, publicado el 29 de agosto de 2012, los REGLAMENTOS ADMINISTRATIVOS DEBEN
PUBLICARSE en el DIARIO OFICIAL EL PERUANO para su VALIDEZ Y VIGENCIA, de acuerdo a lo
establecido en los artículos 51º y 109º de la Constitución Política del Perú.
LA DIRECCION

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