FE DE ERRATA, D.S. Nº 002-2017-IN, PODER EJECUTIVO, INTERIOR - .-FE DE ERRATA-D.S. Nº 002-2017-IN
Emisor | INTERIOR |
Fecha de la disposición | 5 de Enero de 2017 |
Mediante Oficio N° 006-2017-DP/SCM, la Secretaría del Consejo de Ministros solicita se publique Fe de Erratas del Decreto Supremo Nº 002-2017-IN, publicado en la edición del día 3 de enero de 2017.
- En el Capítulo I (página 9)
DICE:
Los presentes lineamientos tienen por objeto establecer el procedimiento para otorgar el permiso temporal de permanencia prorrogable por un año a las personas de nacionalidad venezolana, que hayan ingresado al territorio nacional mediante el otorgamiento de manera regular hasta antes de la entrada en vigencia de la disposición que excluye a la República Bolivariana de Venezuela del Convenio Mercosur.
DEBE DECIR:
Los presentes lineamientos tienen por objeto establecer el procedimiento para otorgar el permiso temporal de permanencia prorrogable por un año a las personas de nacionalidad venezolana, que hayan ingresado al territorio nacional mediante el otorgamiento de manera regular hasta antes de la entrada en vigencia de la presente disposición.
- En el Capítulo II (página 9)
DICE:
Para tramitar el PTP, la persona solicitante deberá cumplir de manera conjunta o concurrente, con las siguientes condiciones:
• Haber ingresado legalmente a territorio nacional.
• Encontrarse, en territorio nacional antes de la entrada en vigencia de la disposición que excluye a la República Bolivariana de Venezuela del Convenio Mercosur.
• Encontrarse en el país en situación migratoria irregular como consecuencia del vencimiento de su autorización de permanencia o residencia; o que estando en situación migratoria regular opten por el referido permiso.
• No tener antecedentes penales o judiciales a nivel nacional e internacional.
DEBE DECIR:
Para tramitar el PTP, la persona solicitante deberá cumplir de manera conjunta o concurrente, con las siguientes condiciones:
• Haber ingresado legalmente a territorio nacional.
• Encontrarse, en territorio nacional antes de la entrada en vigencia de la presente disposición.
• Encontrarse en el país en situación migratoria irregular como consecuencia del vencimiento de su autorización de permanencia o residencia; o que estando en situación migratoria regular opten por el referido permiso.
• No tener antecedentes penales o judiciales a nivel nacional e internacional.
- En el...
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