RESOLUCION N° 128-2014-CNM - Expiden título a favor de magistrado como Fiscal Adjunto Provincial Civil y Familia de Huarmey del Distrito Judicial del Santa

Fecha de disposición26 Junio 2014
Fecha de publicación26 Junio 2014
El Peruano
Jueves 26 de junio de 2014 526131
los magistrados, que sus resoluciones o dictámenes
estén plagados de citas doctrinarias o jurisprudenciales,
lo que en buena cuenta demandaría de los mismos mayor
tiempo en la redacción de las resoluciones y dictámenes.
Lo que se predica de las resoluciones y dictámenes es
su claridad, brevedad y suf‌i ciencia, tanto más si ahora
se vienen af‌i rmando los modelos procesales orales, por
consiguiente, todos debemos contribuir a la resolución
de los casos con celeridad y el manejo de una adecuada
comunicación de las decisiones.
24. Es de advertir que lo antes dicho no enerva que los
órganos judiciales de última instancia desarrollen doctrina
jurisprudencial con un adecuado nivel de argumentación,
pero en modo alguno sus decisiones deben convertirse
en artículos o monografías de corte académico, en donde
en lugar de expresar interpretaciones y valoraciones
propias, los magistrados recurren a citas de autores y
jurisprudencia, incluso de sistemas jurídicos ajenos a
nuestra realidad normativa.
V. FACULTAD NORMATIVA PARA ESTABLECER EL
PRECEDENTE
25. Que, el artículo VI del Título Preliminar de la Ley
prevé la institución de los precedentes administrativos,
def‌i niéndolos como los actos administrativos que al
resolver casos particulares interpreten de modo expreso
y con carácter general el sentido de la legislación, los que
serán de observancia obligatoria por la entidad, mientras
dicha interpretación no sea modif‌i cada. En tal sentido,
por la trascendencia de los criterios establecidos desde
el fundamento quinto al vigésimo cuarto de la presente
resolución, resulta indispensable f‌i jar los mismos como
precedente administrativo que se tendrá en cuenta en los
procesos individuales de evaluación integral y ratif‌i cación
a partir del día siguiente de su publicación.
VI. CONCLUSIÓN DEL PROCESO DE EVALUACIÓN
Y RATIFICACIÓN
26. Que, de lo actuado en el proceso de evaluación
integral y ratif‌i cación ha quedado establecido que don Hugo
Raúl Villasis Rojas es un magistrado que evidencia buena
conducta y dedicación a su trabajo, lo que se verif‌i có tanto
en la documentación obrante en autos como en el acto
de entrevista personal; asimismo, denota contar con las
competencias suf‌i cientes y necesarias para el desempeño
de la función f‌i scal por lo que se puede concluir que
durante el periodo sujeto a evaluación ha satisfecho en
forma global las exigencias de conducta e idoneidad. De
otro lado, este Consejo también tiene presente el examen
psicométrico (psiquiátrico y psicológico) practicado al
evaluado.
27. Que, por lo expuesto, tomando en cuenta los
elementos previamente glosados, se determina la
convicción unánime del Pleno del Consejo Nacional de
la Magistratura en el sentido de renovar la conf‌i anza al
magistrado evaluado.
En consecuencia, el Consejo Nacional de la
Magistratura en cumplimiento de sus funciones
constitucionales, de conformidad con el inciso 2 del
artículo 154° de la Constitución Política del Perú, artículo
21° inciso b) y artículo 37° inciso b) de la Ley 26397,
artículo 36° del Reglamento del Proceso de Evaluación
Integral y Ratif‌i cación de Jueces del Poder Judicial y
Fiscales del Ministerio Público, aprobado por Resolución
N° 635-2009-CNM, y al acuerdo por unanimidad adoptado
por el Pleno en sesión del 26 de marzo de 2014, cuyos
términos fueran ampliados mediante acuerdo del 28 de
mayo de 2014.
RESUELVE:
Artículo Primero.- Renovar la conf‌i anza a don Hugo
Raúl Villasis Rojas y, en consecuencia, ratif‌i carlo en
el cargo de Fiscal Adjunto Provincial Especializado en
Delitos de Corrupción de Funcionarios de Lima Sur del
Distrito Judicial de Lima Sur.
Artículo Segundo.- Establecer como precedente
administrativo los fundamentos 5 al 24 de la presente
resolución, que es de obligatorio cumplimiento para la
evaluación integral y ratif‌i cación de los magistrados del
Poder Judicial y del Ministerio Público en las convocatorias
que se realicen a partir de la fecha.
Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.
PABLO TALAVERA ELGUERA
LUIS MAEZONO YAMASHITA
GASTON SOTO VALLENAS
VLADIMIR PAZ DE LA BARRA
LUZ MARINA GUZMAN DIAZ
GONZALO GARCIA NUÑEZ
MAXIMO HERRERA BONILLA
1101183-1
Expiden título a favor de magistrado
como Fiscal Adjunto Provincial Civil
y Familia de Huarmey del Distrito
Judicial del Santa
RESOLUCIÓN DEL CONSEJO NACIONAL
DE LA MAGISTRATURA
Nº 128-2014-CNM
Lima, 12 de junio de 2014
VISTO:
El escrito presentado el 11 de marzo de 2014, por
el señor magistrado Gilmer Alberto Sandoval Zavaleta,
mediante el cual solicita se le expida nuevo título de Fiscal
Adjunto Provincial Civil y Familia de Huarmey del Distrito
Judicial del Santa; y,
CONSIDERANDO:
Que, por mandato constitucional el único organismo
competente para extender el título de Juez o Fiscal que
acredite a los magistrados en su condición de tales, es
el Consejo Nacional de la Magistratura, conforme a lo
previsto por el artículo 154º inciso 4 de la Constitución
Política del Perú, así como el único facultado para
cancelar dichos títulos, en atención a lo dispuesto por el
artículo 21º inciso d) de la Ley Nº 26397, Ley Orgánica del
Que, por Resolución Nº 238-2006-CNM publicado en
el Diario Of‌i cial “El Peruano” de fecha 6 de agosto de 2006,
se aprobó el Reglamento de Expedición y Cancelación de
Títulos de Jueces y Fiscales del Consejo Nacional de la
Magistratura, cuyo artículo 4° dispone los casos en los
cuales el Consejo extiende el título of‌i cial al Juez o Fiscal,
como son: a) Nombramiento, b) Reincorporación, c)
Traslado, d) Permuta, y e) Modif‌i cación en la denominación
de la plaza originaria;
Mediante Resolución del Consejo Nacional de la
Magistratura N° 496-2011-CNM de 29 de diciembre del
2011, el magistrado recurrente fue nombrado Fiscal
Adjunto Provincial Mixto de Huarmey del Distrito Judicial
del Santa; siendo designado en el Despacho de la Fiscalía
Provincial Mixta de Huarmey, mediante la Resolución de
la Fiscalía de la Nación N° 1067-2012-MP-FN de 7 de
mayo de 2012;
Posteriormente, mediante Resolución de la Fiscalía de
la Nación N° 1198-2012-MP-FN de 17 de mayo de 2012,
se convirtió la Fiscalía Provincial Mixta de Huarmey, en
Fiscalía Provincial Civil y Familia de Huarmey del Distrito
Judicial del Santa. A consecuencia de ello, mediante
Resoluciones de la Fiscalía de la Nación N° 1306-2012-
MP-FN y N° 1307-2012-MP-FN de 29 de mayo de 2012,
se da por concluida la designación del doctor Sandoval
Zavaleta en el Despacho de la Fiscalía Provincial Mixta de
Huarmey; y, se le designa como Fiscal Adjunto Provincial
Civil y Familia de Huarmey del Distrito Judicial del Santa,
respectivamente;
Que, habiendo recepcionado el escrito de visto, se
procedió a solicitar al señor Fiscal de la Nación mediante
Of‌i cio N° 608-2014-P-CNM, nos informe documentalmente

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