Expediente N.º 685-2005: SALA

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SENTENCIA N.º 63
EXPEDIENTE Nº 685-2005:
« (..) este Colegiado invoca nuevamente a las instituciones
financieras y, en general, a todos los acreedores a que al mo-
mento de plantear sus demandas de ejecución de garantías
acompañen un estado de saldo deudor que posibilite cuando
menos: a) La identificación de la obligación garantizada; b) El
monto inicial de la misma; c) Las tasas de interés compensato-
rio y/o moratorio aplicadas, siendo deseable, incluso, acom-
pañar la liquidación detallada de los mismos; d) Los pagos a
cuenta realizados especificando, en lo posible, su fecha y for-
ma de imputación y e) La especificación del monto demanda-
do diferenciando lo que corresponde al capital adeudado a los
intereses corridos y a los gastos en los que se a incurrido.»
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA
PRIMERA SALA CIVIL CON SUBESPECIALIDAD COMERCIAL
Expediente Nº : 685-2005
Ejecutante : Banco Wiese Sudameris
Ejecutados : Dante Augusto Juan Aranda Ipince, Margarita
Arrascue Sovero y Pediatras A.A E.I.R.L
Materia : Ejecución de Garantía Hipotecaria
Proceso : Ejecución
RESOLUCIÓN NÚMERO CUATRO
Miraflores, nueve de setiembre de dos mil cinco.-
AUTOS Y VISTOS:
Es materia de grado la apelación interpuesta por don Dante Augusto Aranda Ipince
contra la resolución número diecinueve de fecha siete de enero de dos mil cinco, obrante
de fojas trescientos sesenta y seis a trescientos sesenta y ocho, que declara infundada la
contradicción y fundada la demanda, en consecuencia, ordena sacar a remate los bienes
dados en garantía; interviniendo como Vocal Ponente el señor Wong Abad, y;
ATENDIENDO:
PRIMERO. 1.1.- Como este Colegiado ha señalado ya anteriormente1 considera, como
una de las misiones que le han sido encargadas, la debida protección de los derechos de
los consumidores en las relaciones que éstos establezcan con los agentes económicos que
produzcan o comercialicen bienes y servicios.
1.2.- La debida protección de estos intereses deberá ser compatibilizada, nos queda
claro también, con otros valores de rango constitucional como son, entre otros, la liber-
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1. Ver al respecto la resolución número cuatro recaída en el expediente Nº 452-2005 de
fecha doce de agosto de dos mil cinco, en los seguidos por Financiera CMR S.A
contra César Merino Brioso sobre Obligación de Dar Suma de Dinero.

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