ORDENANZA N° 466-MSS - Ordenanza que exonera el pago por derecho de trámite y simplifica los requisitos para la expedición del certificado de nomenclatura, constancia de posesión y visación de plano para los predios habilitados de oficio en el distrito

Fecha de publicación17 Enero 2014
Fecha de disposición17 Enero 2014
El Peruano
Viernes 17 de enero de 2014
514550
Ordenanza que exonera el pago por
derecho de trámite y simplifica los
requisitos para la expedición del
certificado de nomenclatura, constancia
de posesión y visación de plano para
los predios habilitados de oficio en el
distrito
ORDENANZA Nº 466-MSS
Santiago de Surco, 07 de enero del 2014
EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCO
POR CUANTO:
El Concejo Municipal del distrito de Santiago de Surco,
en Sesión Ordinaria de la fecha; y,
VISTO: El Dictamen Conjunto Nº 016-2013-CDU-
CAJ-MSS, de las Comisiones de Desarrollo Urbano y de
Asuntos Jurídicos, la Carta Nº 4595-2013-SG-MSS de
la Secretaría General, el Memorándum Nº 1085-2013-
GM-MSS de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 963-
2013-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoría Jurídica,
el Informe Nº 358-2013-GDU-MSS de la Gerencia de
Desarrollo Urbano, el Informe Nº 537-2013-SGPUC-
GDU-MSS de la Subgerencia de Planeamiento Urbano y
Catastro, el Memorándum Nº 905-2013-GPPDI-MSS de
la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo
Institucional, entre otros documentos, sobre proyecto
Ordenanza que Exonera el Pago de Derecho de Trámite y
Simplif‌i ca los requisitos para la Expedición del Certif‌i cado
de Nomenclatura, Certif‌i cado de Posesión y Visación de
Planos de Lotes para los Predios habilitados de Of‌i cio en
el distrito de Santiago de Surco; y,
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con el Artículo 194º de la
Constitución Política del Perú, modif‌i cada por la Ley Nº
28607, concordante con el Artículo II del Título Preliminar
de la Ley Nº 27972, establece que las Municipalidades
provinciales y distritales son órganos de gobierno local
con autonomía política, económica y administrativa en los
asuntos de su competencia;
Que, el Artículo 195º de La Constitución, otorga
potestad tributaria a los gobiernos locales al disponer que
estos tienen competencia para crear, modif‌i car y suprimir
contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos
municipales, conforme a ley, estableciendo adicionalmente
que las municipalidades tienen competencia para
administrar sus bienes y rentas;
Que, el Artículo II del Título Preliminar de la Ley
Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, establece
que, los gobiernos locales gozan de autonomía política,
económica y administrativa en los asuntos de su
competencia. La autonomía que la Constitución Política
del Perú establece para las municipalidades, radica en la
facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de
administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;
Que, el Artículo 39º de Ley Nº 27972, establece
que “los Concejos Municipales ejercen sus funciones
de gobierno mediante la aprobación de Ordenanzas y
Acuerdos, (…)” lo cual concordante con lo establecido en
el artículo 9º numeral 29) de la acotada norma, establece
que corresponde al Concejo Municipal “Aprobar el régimen
de administración de sus bienes y rentas, (…)”;
Que, el Artículo 40º de la Ley Orgánica de
Municipalidades - Ley Nº 27972, establece que “Las
Ordenanzas de las municipalidades, en la materia de
su competencia, son las normas de carácter general de
mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por
medio de las cuales se aprueba la organización interna,
la regulación, administración, supervisión de los servicios
públicos y las materias en las que la municipalidad tienen
competencia normativa. Mediante Ordenanzas se crean,
modif‌i can, suprimen o exoneran, los arbitrios, tasas,
licencias, derechos y contribuciones, dentro de los límites
establecidos por ley. (…)”, lo cual resulta concordante con
lo establecido en el Texto Único Ordenado del Código
Tributario aprobado mediante Decreto Supremo Nº 135-
99-EF, que señala en la Norma IV de su Título Preliminar,
que “(…) Los Gobiernos Locales, mediante Ordenanza,
pueden crear, modif‌i car y suprimir sus contribuciones,
arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos, dentro
de su jurisdicción y con los límites que señala la Ley.
(…)”;
Que, mediante Informe Nº 537-2013-SGPUC-GDU-
MSS del 06.12.2013, la Subgerencia de Planeamiento
Urbano y Catastro, remite un proyecto de ordenanza
para otorgar facilidades a los benef‌i ciados con la
declaración de habilitación urbana de of‌i cio, a f‌i n de
que logren obtener certif‌i cados de nomenclatura,
certif‌i cados de posesión, y visación de planos de lotes,
dicha propuesta se sustenta en el Informe Legal Nº 048-
2013-JACV de fecha 05.11.2013 y el Informe Técnico Nº
011-2013-MBS-ACA de fecha 11.10.2013; documentos
que señalan principalmente que, es necesario otorgar
facilidades a los sectores de la población benef‌i ciada
con la Habilitación Urbana de Of‌i cio para que obtengan
el certif‌i cado de nomenclatura, la constancia de
posesión y visación de planos de lote, a efectos
de formalizarse registralmente, siendo que dicha
ordenanza debe benef‌i ciar a las personas de escasos
recursos económicos;
Que, con Memorándum Nº 905-2013-GPPDI-MSS del
04.12.2013 de la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto
y Desarrollo Institucional, señala respecto a la cobertura
Presupuestal para cubrir los gastos que generarían
para la obtención de los certif‌i cados de nomenclatura,
certif‌i cado de posesión y visación de planos de lote, a
los benef‌i ciarios del distrito de Santiago de Surco, que
los gastos de dichos trámites administrativos, pueden
ser cubiertos presupuestalmente por la corporación
municipal;
Que, con Informe Nº 358-2013-GDU-MSS del
10.12.2013, la Gerencia de Desarrollo Urbano, otorga su
conformidad al proyecto de Ordenanza que exonera el
pago por Derecho de Trámite y Simplif‌i ca los Requisitos
para la Expedición del Certif‌i cado de Nomenclatura,
Certif‌i cados de Posesión y Visación de Planos de Lote,
para los predios habilitados de of‌i cio en el Distrito de
Santiago de Surco;
Que, por Informe Nº 963-2013-GAJ-MSS del
13.12.2013, la Gerencia de Asesoría Jurídica, es de opinión
que procede la emisión de la Ordenanza que Exonera el
pago por Derecho de Trámite y Simplif‌i ca los Requisitos
para la Expedición del Certif‌i cado de Nomenclatura,
Certif‌i cados de Posesión y Visación de Planos de Lote,
para los predios habilitados de of‌i cio en el Distrito de
Santiago de Surco, en ese sentido, considera que dicha
propuesta debe ser elevada al Concejo Municipal para
que proceda conforme a sus atribuciones señaladas
por el Artículo 9º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de
Municipalidades.
Que, mediante Memorándum Nº 1085-2013-GM-
MSS del 17.12.2013, la Gerencia Municipal otorga su
conformidad al proyecto de Ordenanza;
Que, acorde a lo tratado en sesión conjunta de las
Comisiones de Desarrollo Urbano y de Asuntos Jurídicos
de fecha 26.12.2013, la Subgerencia de Planeamiento
Urbano y Catastro a través del Informe Nº 569-2013-
SGPUC-GDU-MSS del 26.12.2013, precisa entre otros
puntos, que la Ordenanza propuesta tiene por objetivo,
brindar la documentación técnica que permita a los
propietarios de los predios habilitados de of‌i cio, culminar
con el proceso de saneamiento de sus propiedades vía
prescripción adquisitiva o título supletorio según sea el
caso, en razón de que las Habilitaciones Urbanas de
Of‌i cio, no pueden ser concretadas e inscritas en los
Registros Públicos ya que los propietarios registrales
son inubicables, han fallecido, o los herederos de
los predios matrices no han seguido los procesos de
declaratoria de herederos, motivo por el cual, no se
puede publicitar registralmente la Habilitación Urbana y
por consiguiente, las independizaciones de los predios
queda trunca e imposible seguir la formalización de los
mismos;
Estando al Dictamen Conjunto Nº 016-2013-CDU-
CAJ-MSS, de las Comisiones de Gestión Municipal y
Asuntos Jurídicos, el Informe Nº 963-2013-GAJ-MSS de
la Gerencia de Asesoría Jurídica y de conformidad con
lo dispuesto por los Artículos 9º incisos 8) y 9) 39º y 40º
de la Ley Nº 27972, con dispensa del trámite de lectura
y aprobación del Acta, el Concejo Municipal aprobó por
UNANIMIDAD la siguiente:

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR