1011 200-99-RPM/A - Excluyen denuncio minero de la relación de concesiones inscritas en el mes de junio de 1999

Fecha de disposición14 Agosto 1999
Fecha de publicación14 Agosto 1999
Pág. 176856
NORMAS LEGALES
Lima, sábado 14 de agosto de 1999
1 al 31 de julio según aparece en el cuadro adjunto que
debidamente autenticado, forma parte de la presente reso-
lución.
Artículo 2º.- Los Factores de Reajuste serán aplicados
a las obras del Sector Privado, sobre el monto de la obra
ejecutada en el período correspondiente. En el caso de obras
atrasadas, estos factores serán aplicados sobre los montos
que aparecen en el Calendario de Avance de Obra, prescin-
diéndose del Calendario de Avance Acelerado, si lo hubiere.
Artículo 3º.- Los factores indicados no serán aplicados:
a) Sobre obras cuyos presupuestos contratados hayan
sido reajustados como consecuencia de la variación mencio-
nada en el período correspondiente.
b) Sobre el monto del adelanto que el propietario hubiera
entregado oportunamente con el objeto de comprar materia-
les específicos.
Artículo 4º.- En los montos de obra a que se refiere el Art.
2º se comprende el total de las partidas por materiales, mano
de obra, leyes sociales, maquinaria y equipo, gastos genera-
les y utilidad del contratista que corresponde a esos montos.
Artículo 5º.- Los adelantos en dinero que el propietario
hubiera entregado al contratista, no se eximen de la aplica-
ción de los Factores de Reajuste, cuando éstos derivan de los
aumentos de mano de obra.
Artículo 6º.- Los factores totales que se aprueban por la
presente resolución, serán acumulativos por multiplicación
en cada obra, con todo lo anteriormente aprobado por el INEI,
desde la fecha del presupuesto contratado y, a falta de éste,
desde la fecha del contrato respectivo.
Artículo 7º.- Los departamentos que comprenden las
Areas Geográficas son los siguientes:
a) Area Geográfica 1: Tumbes, Piura, Lambayeque, La
Libertad, Cajamarca, Amazonas y San Martín.
b) Area Geográfica 2: Ancash, Lima, Provincia Consti-
tucional del Callao e Ica.
c)Area Geográfica 3: Huánuco, Pasco, Junín, Huanca-
velica, Ayacucho y Ucayali.
d) Area Geográfica 4: Arequipa, Moquegua y Tacna.
e)Area Geográfica 5: Loreto.
f)Area Geográfica 6: Cusco, Puno, Apurímac y Madre
de Dios.
Regístrese y comuníquese.
FELIX MURILLO ALFARO
Jefe
Instituto Nacional de Estadística
e Informática
ANEXO RESOLUCION JEFATURAL N° 238-99-INEI
CUADRO DE FACTORES DE REAJUSTE DERIVADOS DE LA VARIACION DE PRECIOS DE TODOS LOS
ELEMENTOS QUE INTERVIENEN EN EL COSTO DE LAS OBRAS DE EDIFICACION
CORRESPONDIENTES AL PERIODO DEL 1 AL 31 DE JULIO DE 1999
AREAS OBRAS DE EDIFICACION
Edificación de 1 y 2 Pisos Edificación de 1 y 2 Pisos Edificación de 3 y 4 Pisos Edificación de 3 y 4 Pisos
GEOGRAFICAS (Terminada) (Casco Vestido) (Terminada) (Casco Vestido)
Nºs. M.O. Resto Total M.O. Resto Total M.O. Resto Total M.O. Resto Total
Elem. Elem. Elem. Elem.
11.0000 0.9999 0.9999 1.0000 1.0009 1.0009 1.0000 0.9998 0.9998 1.0000 1.0011 1.0011
21.0000 1.0020 1.0020 1.0000 1.0040 1.0040 1.0000 1.0018 1.0018 1.0000 1.0039 1.0039
31.0000 1.0012 1.0012 1.0000 1.0026 1.0026 1.0000 1.0012 1.0012 1.0000 1.0027 1.0027
41.0000 0.9996 0.9996 1.0000 1.0005 1.0005 1.0000 0.9994 0.9994 1.0000 1.0005 1.0005
51.0000 1.0068 1.0068 1.0000 1.0115 1.0115 1.0000 1.0053 1.0053 1.0000 1.0094 1.0094
61.0000 0.9992 0.9992 1.0000 0.9996 0.9996 1.0000 0.9989 0.9989 1.0000 0.9999 0.9999
10524
R P M
Excluyen denuncio minero de la rela-
ción de concesiones inscritas en el
mes de junio de 1999
RESOLUCION JEFATURAL
Nº 200-99-RPM/A
Lima, 11 de agosto de 1999
Visto, el Informe Nº 40-99-RPM/OCRML-RD del 10 de
agosto de 1999 de la Registradora de Derechos Mineros de
la Oficina de Concesiones y Registros Mineros de Lima,
mediante el cual advierte el error material incurrido al
publicar como concesión minera inscrita en el mes de junio del
año en curso al denuncio minero "SAN ISIDRO A.E.R. Nº 5",
Partida 14246C;
CONSIDERANDO:
Que, en la Resolución Jefatural Nº 174-99-RPM/A, de
fecha 8 de julio de 1999 aparecida el 13 de julio de 1999
en el Diario Oficial El Peruano, se aprobó la publicación
de la relación de concesiones inscritas en el mes de junio
de 1999;
Que, dicha resolución se sustentó en la información
remitida por los Directores Generales de las Oficinas Regis-
trales Regionales de Huancayo, Trujillo, Cusco y Arequipa,
así como del Registrador de Derechos Mineros de la Oficina
de Concesiones y Registros Mineros de Lima;
Que, en el Informe Nº 037/A-99-RPM/OCRML-RD,
emitido por la Registradora de Derechos Mineros de la
Oficina de Concesiones y Registros Mineros de Lima, se
incurrió en error al señalar como concesión inscrita al
denuncio "SAN ISIDRO A.E.R. Nº 5" partida 14246C de
la ex Jefatura Regional de Minería de Huaraz, ya que éste
es un denuncio en trámite;
Que, en tal virtud procede rectificar el error incurrido;
De conformidad con el Artículo 7º del Decreto Legisla-
tivo Nº 110 Ley Orgánica del Registro Público de Minería;
y, Con la visación de Director General de la Oficina de
Concesiones y Registros Mineros de Lima;
SE RESUELVE:
Artículo Unico.- Excluir de la relación de concesiones
inscritas en el mes de junio de 1999 en el Registro Público de
Minería, al denuncio minero "SAN ISIDRO A.E.R. Nº 5",
partida 14246C de la ex Jefatura Regional de Minería de
Huaraz, aprobada mediante Resolución Jefatural Nº 174-99-
RPM/A, publicada en el Diario Oficial El Peruano el día 13
de julio del año en curso.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JORGE DIAZ ARTIEDA
Jefe Institucional
10477

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