Ética y derecho

AutorAlberto M. Sánchez
Páginas117-134
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ÉTICA Y DERECHO
Alberto M. Sánchez*
RESUMEN
Las opciones éticas se encuentran hoy desdibujadas en razón del relativismo imperante.
Se impone una ética del egocentrismo, cuya consecuencia en lo social es la llamada
“ética del consenso”. Se plantea así la necesidad de responder a un interrogante vital:
¿una ética o muchas éticas? En caso de optarse por la primera formulación queda aún un
cuestionamiento más acuciante todavía: ¿En nombre de qué autoridad pueden resolverse
los dilemas morales? (Benedicto XVI). Descartando la neutralidad del derecho frente a
la moral, es esencial resolver este dilema. Siendo lo planteado de tanta importancia, no
puede estar ausente en la formación de las futuras generaciones de abogados.
ABSTRACT
The ethical options are today blurred in reason of the prevailing relativism. An ethic of
egocentrism is imposed, whose consequence in the social is the so-called ethics of
consensus. Is the need to respond to a vital question: an ethic or many ethics? In the
case of opting for the first formulation there is still a more pressing questioning: in the
name of what authority can moral dilemmas be resolved? (Benedict XVI). Discarding
the neutrality of the law against the moral, it is essential to solve this dilemma. Being
raised of such importance, can not be absent in the formation of future generations of
lawyers.
PALABRAS CLAVE
Ética, moral, derecho, consenso, enseñanza universitaria del derecho.
KEY WORDS
Ethics, moral, law, consensus, university teaching of law.
* Profesor Maestría en Derecho Administrativo. Universidad Austral. Buenos Aires. Argentina.
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SUMARIO
I. INTRODUCCIÓN. II. DOS ANTAGONISMOS FALSOS. 1. ¿Cultura vs.
naturaleza? 2. ¿Ser vs. deber ser? III. RELACIONES DE LA ÉTICA. 1. Ética, fe y
razón. 2. Ética y verdad. 3. Ética y libertad. 4. Ética y virtud. IV. EL DERECHO.
V. LAS POSIBLES RESPUESTAS AL INTERROGANTE PLANTEADO. VI.
CONCLUSIONES. VII. REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS.
I. INTRODUCCIÓN
La ética es el conjunto de normas morales que rigen la conducta de la persona en
cualquier ámbito de la vida (profesional, cívica, deportiva). También la
parte de la filosofía que trata del bien y del fundamento de sus valores (DRAE). Siendo
posible desde luego distinguir entre ética y moral, a los efectos de este trabajo las
consideraré indistintamente.
No es sencillo hoy hablar de ética. Se hiere susceptibilidades, se genera autodefensas, se
exaspera el individualismo, impera la desconfianza. Hablar de ética parece, hoy, una
tarea imprudente, porque las opciones éticas afectan, se dice, el “pluralismo”. Sería
también innecesaria, toda vez que se esgrime que no es procedente que alguien, sea
quien sea, nos diga qué está bien y qué está mal. Por último sería una tarea ingrata,
porque es la antítesis de la demagogia, actitud que protagonizan sin rubor alguno los
que buscan el aplauso fácil, la admiración hueca y la adhesión infundada.
No obstante ello, me propongo en estas líneas hablar de ética y, particularmente, de la
importancia de la misma con relación a la ciencia jurídica, y más específicamente aún,
de la necesidad de enseñarla en los claustros universitarios.
Pero para acometer este objetivo es menester efectuar algunas aclaraciones previas.
La primera es que el juzgamiento ético de conductas y actitudes en ningún caso debe
implicar el juzgamiento de personas. Es de vital importancia sentar esto, ya que no
pocos se sienten aludidos, cuando no agredidos, cuando ven que su actuar coincide con
la descripción que se hace de lo éticamente incorrecto. Sin embargo, es perfectamente
posible, además de deseable, que el debate ético se mantenga en la línea del planteo de
un determinado deber ser y del señalamiento de las conductas que lo afectan o se

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