ORDENANZA, Nº 011-2015-MPC, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE - Establecen marco legal para el otorgamiento de amnistía por pago al contado o fraccionado de las obligaciones tributarias y no tributarias dentro de la jurisdicción de la provincia de Cañete

Fecha de disposición12 Octubre 2015
Fecha de publicación22 Octubre 2015

Cañete, 12 de octubre del 2015.

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE

VISTO: en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 06 de octubre del presente año, teniendo en cuenta el Informe Nº 094-2015-GAT-MPC de fecha 05 de octubre del 2015, de la Gerencia de Administración Tributaria de la Municipalidad Provincial de Cañete;

CONSIDERANDO;

Que, conforme a lo establecido en los Artículos 74º, 194º, 195º y 196º de la Constitución Política del Perú, en concordancia con los Artículos y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, establecen que las Municipalidades son órganos de gobierno local y como tal gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, con sujeción al ordenamiento jurídico, otorgándole potestad para administrar sus bienes y renta, y que establece además que mediante Ordenanza se crean, modifican, suprimen o exoneranlos arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones dentro de los limites establecidos por Ley, correspondiéndole al Concejo Municipal la función normativa que se ejerce a través de Ordenanzas las mismas que tienen rango de Ley;

Que, el Concejo Municipal cumnple su función normativa, entre otros mecanismos, a través de las Ordenanzas Municipales, las cuales de conformidad con lo previsto en el Artículo 200º, numeral 4) de la Constitución tienen rango de Ley, al igual que las Leyes propiamente dichas, los Decretos Legislativos, los Decretos de Urgencia, los Tratados, los Reglamentos del Congreso y las normas de caracter general;

Que, la norma IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado del Código TributarioDecreto Supremo Nº 133-2013-EF, estipula que los Gobiernos Locales mediante Ordenanza, pueden crear, modificar y suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos, dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la Ley. Asimismo, en el Art. 27º del mismo cuerpo normativo, establece que una norma expresa con rango de ley puede extinguir la obligación tributaria entre otras mediante la condonación con carácter general, el interés moratorio y las sanciones, respecto de los impuestos que administren; en el caso de contribuciones y tasas dichas condonación también podrá alcanzar al tributo;

Que, mediante proveído Nº 01-2015-GAJ-MPC de fecha 02 de septiembre del 2015, el Gerente de Asesoría Jurídica solicita Informe Técnico a la Gerencia de Administración Tributaria; sobre el proyecto “Programa Temporal de Actualización de Datos y Beneficios de Regularización de Deudas Tributarias y No Tributarias” propuesto por los regidores provinciales Luis Tomas Chavarri Carahuatay y Carlos Alberto Faustino Calderón de fecha 26 de agosto del 2015;

Que, es politica de la presente administración apoyar a los vecinos de la Provincia de Cañete, máxime cuando solicitan facilidades para el CUMPLIMIENTO DE SUS...

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