1067 ACUERDO MULTILATERAL ... - Entrada en vigencia del Acuerdo Multilateral sobre la Liberalización del Transporte Aéreo Internacional

Fecha de publicación01 Agosto 2002
Fecha de disposición01 Agosto 2002
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NORMAS LEGALES
Lima, jueves 1 de agosto de 2002
Artículo 2º.- Aprobar la publicación del Boletín Men-
sual de Indicadores de Precios de la Economía, que con-
tiene la información Oficial del Índices de Precios Prome-
dio Mensual al Por Mayor a Nivel Nacional, correspondien-
te al mes de julio del 2002.
Regístrese y comuníquese.
GILBERTO MONCADA
Jefe
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GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES
Prorrogan vencimiento de plazo para
acogerse a beneficios sobre regulariza-
ción de deudas establecidos mediante
Ordenanza Nº 105
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 11
Miraflores, 31 de julio del 2002
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE
MIRAFLORES
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ordenanza Nº 105, se estableció con
carácter excepcional beneficios para la regularización de
deudas municipales, cuya recaudación y/o administración
esté a cargo de la Municipalidad;
Que, la Quinta Disposición Final de la citada Ordenanza
concede la facultad al Alcalde de Municipalidad de dictar
las medidas complementarias necesarias para la adecua-
da aplicación de la Ordenanza;
Que, resulta necesario permitir que un mayor número
de contribuyentes accedan a los beneficios establecidos
para lo cual es necesario prorrogar la vigencia de la Orde-
nanza;
En uso de las facultades conferidas en el inciso 6) del
Artículo 47º de la Ley Orgánica de Municipalidades, apro-
bada por Ley Nº 23853;
DECRETA:
Artículo Primero.- Prorróguese hasta el 19 de agosto
del 2002, el vencimiento del plazo para acogerse a los be-
neficios establecidos en la Ordenanza Nº 105.
Artículo Segundo.- La Oficina de Administración Tri-
butaria queda encargada del cumplimiento del presente
Decreto de Alcaldía.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
GERMÁN KRUGER ESPANTOSO
Alcalde
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MUNICIPALIDAD DE
PUEBLO LIBRE
Prorrogan beneficios otorgados median-
te Ordenanza Nº 91-MPL
ORDENANZA Nº 95-MPL
Pueblo Libre, 26 de julio de 2002
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE
PUEBLO LIBRE
POR CUANTO:
Visto, en Sesión Extraordinaria de Concejo de la fecha,
el Dictamen Nº 082-2002-MPL/CPL-CPDE emitido por la
Comisión Permanente de Desarrollo Económico; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ordenanza Nº 91-MPL, publicada el día
6 de julio de 2002 en el Diario Oficial El Peruano, se aprobó
el Beneficio Especial para la Regularización del Impuesto
Predial, Arbitrios Municipales y Tasa de Licencia Municipal
de Funcionamiento, que consiste en la condonación del
100% en el factor de ajuste o factor de actualización e inte-
reses moratorios, para todos los contribuyentes del distrito
de Pueblo Libre que tengan deudas pendientes entre el
período 1994 a 2001 por concepto de los tributos antes
señalados; así como un beneficio de descuento del 70%
en el monto de las Multas Administrativas impuestas hasta
el presente Ejercicio Fiscal;
Que, el Texto Único Ordenado del Código Tributario,
aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF, señala que
el plazo para el pago de la deuda tributaria puede ser pro-
rrogado, con carácter general;
Que, en la citada Ordenanza se señaló un plazo de vi-
gencia hasta el 31 de julio del 2002, que resulta insuficien-
te para que el gran número de contribuyentes que aún
mantienen deudas, puedan acogerse a dichos beneficios;
por lo que siendo política de la actual Gestión, brindar el
máximo de facilidades a los contribuyentes para el cumpli-
miento de sus obligaciones tributarias y administrativas, es
conveniente su prórroga;
Estando a lo dispuesto en el inciso 3) del Artículo 36º
de la Ley Nº 23853, Ley Orgánica de Municipalidades, el
Concejo Municipal aprobó la siguiente:
ORDENANZA
Artículo Primero.- Prorróguese hasta el 17 de agos-
to del 2002, el plazo de vencimiento para acogerse a
los beneficios contemplados en la Ordenanza Nº 91-
MPL, publicada el 6 de julio del 2002 en el Diario Oficial
El Peruano.
Artículo Segundo.- La Dirección Municipal informará
al Concejo los resultados económicos obtenidos en la apli-
cación de la presente Ordenanza.
Artículo Tercero.- Encargar el cumplimiento de la pre-
sente Ordenanza a la Dirección de Desarrollo Económico,
Oficina de Informática y Oficina de Ejecución Coactiva, su
difusión a la Oficina de Comunicación Social, Oficina de
Participación Vecinal y su publicación a la Oficina de Admi-
nistración.
POR LO TANTO:
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
ÁNGEL M. TACCHINO D.
Alcalde
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CONVENIOS INTERNACIONALES
Entrada en vigencia del Acuerdo
Multilateral sobre la Liberalización del
Transporte Aéreo Internacional
De acuerdo a lo dispuesto por el Artículo 6º de la Ley
Nº 26647, el Ministerio de Relaciones Exteriores mediante
Oficio RE. (GAB) Nº 0-3-A/168, comunica que el referido
Acuerdo, suscrito el 1 de mayo de 2001, ratificado por De-
creto Supremo Nº 081-2001-RE de 17 de octubre de 2001
y publicado al igual que el texto en el Diario Oficial El Pe-
ruano el 20 de octubre de 2001, entró en vigencia para el
Perú el 17 de mayo de 2002.
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