2420 209-2001-JUS - Dan por concluido encargo conferido a Comisión encargada de elaborar el Anteproyecto de Ley que regula el proceso contencioso-administrativo

Fecha de disposición02 Julio 2001
Fecha de publicación02 Julio 2001
DIARIO OFICIAL
FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVAR
NORMAS LEGALES
Lima, lunes 2 de julio de 2001 AÑO XIX - Nº 7680 Pág. 205871
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Director: Manuel Jesús Orbegozo http://www.editoraperu.com.pe
"AÑO DE LA CONMEMORACIÓN DE LOS 450 AÑOS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL MAYOR DE SAN MARCOS"
CONGRESO DE LA
REPÚBLICA
LEY Nº 27493
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
POR CUANTO:
El Congreso de la República
ha dado la Ley siguiente:
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;
Ha dado la Ley siguiente:
LEY DE SANEAMIENT O FÍSICO-LEGAL
DE BIENES INMUEBLES DE LAS
ENTIDADES DEL SECT OR PÚBLICO
Artículo único.- Objeto de la ley
Hácese extensiva la Ley Nº 26512 a todos los organis-
mos e instituciones del sector público.
Comuníquese al señor Presidente de la República
para su promulgación.
En Lima, a los once días del mes de junio de dos mil
uno.
CARLOS FERRERO
Presidente a.i. del Congreso de la República
HENRY PEASE GARCÍA
Segundo Vicepresidente del Congreso
de la República
AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL
DE LA REPÚBLICA
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinti-
nueve días del mes de junio del año dos mil uno.
VALENTIN PANIAGUA CORAZAO
Presidente Constitucional de la República
JAVIER PÉREZ DE CUÉLLAR
Presidente del Consejo de Ministros
DIEGO GARCIA SAYAN LARRABURE
Ministro de Justicia
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AGRICULTURA
Prorrogan reserva de agua proceden-
te de los ríos Huancabamba, Tabaco-
nas, Manchara, Chotano, Chunchuca
y afluentes, a favor del Proyecto
"Olmos"
DECRETO SUPREMO
Nº 039-2001-AG
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, por Decreto Supremo Nº 057-88-AG, se prorro-
gó por el período de dos (2) años a partir de 27 de mayo
de 1988, la reserva de agua hasta un volumen anual de
2,050 millones de metros cúbicos (MMC) al Proyecto
"Complejo Hidroenergético y de Irrigación Olmos", in-
cluyéndose en la utilización de las aguas del río Huan-
cabamba al Proyecto "Mejoramiento y Regulación de
Riego del Alto Piura";
Que, por Decreto Supremo Nº 024-96-AG, se prorro-
gó hasta el 27 de mayo de 1998 la reserva de agua hasta
un volumen anual de 2,050 MMC, al Proyecto "Comple-
jo Hidroenergético y de Irrigación Olmos", asignando
hasta un volumen anual de 1,680 MMC. al Proyecto
"Olmos", y hasta un volumen anual de 370 MMC al
Proyecto Especial "Hidroenergético Alto Piura", de las
aguas procedentes de la Cuenca Alta del río Huanca-
bamba;
Que, por Decreto Supremo Nº 012-98-AG, se prorro-
gó hasta el 27 de mayo del año 2000, la reserva de agua
procedente de los ríos Huancabamba, Tacabonas, Man-
chara, Chotano y Chunchuca, así como los afluentes de
estos ríos, a favor del Proyecto "Olmos", hasta un
volumen anual de 1,715 MMC.;
Que, mediante el numeral 1.1 del Artículo 1º de la
Ley Nº 27111, se dispuso la transferencia de las funcio-
nes de la Comisión de Promoción de Concesiones Priva-
das - PROMCEPRI a la Comisión de Promoción de la
Inversión Privada - COPRI;
Que, por Decreto Supremo Nº 017-99-AG y la Ley
Nº 27172, modifican la denominación del Proyecto
Especial "Olmos" por la de "Proyecto Especial de
Irrigación e Hidroenergético Olmos";
Que, mediante Oficios Nºs. 513-2000-DE-COPRI y
782-2000-DE-COPRI, la Dirección Ejecutiva de la
Comisión de Promoción de la Inversión Privada -
COPRI solicita, la prorróga de la reserva de agua
para el Proyecto Especial de "Irrigación e Hidroener-
gético Olmos" hasta un volumen anual de 1,715 MMC
de las aguas de los ríos Huancambamba, Tabaconas,
Manchara, Chotano y Chunchuca, así como los afluen-
tes de estos ríos;
Que, es necesario efectuar la prórroga de la reserva
de agua, garantizando el recurso hídrico para las acti-
vidades a ejecutarse posteriormente en el ámbito del
referido Proyecto Especial;
De conformidad con lo dispuesto por el Artículo
10º del Reglamento de los Títulos I, II y III de la Ley
General de Aguas, aprobado por Decreto Supremo
Nº 261-69-AP, de 12 de diciembre de 1969, las reser-
vas de agua que establezca el Estado tendrán vigen-
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NORMAS LEGALES
Lima, lunes 2 de julio de 2001
cia durante dos (2) años, renovables, cuando existan
razones técnicas o planes específicos que así lo jus-
tifiquen; y,
En uso de las atribuciones conferidas en el inciso 8)
DECRETA:
Artículo 1º.- Modifícase el texto del Artículo 1º del
Decreto Supremo Nº 012-98-AG, por el siguiente:
"Artículo 1º.- Prorrógase hasta el 27 de mayo del año
2002, la reserva de agua, procedente de los ríos Huan-
cabamba, Tabaconas, Manchara, Chotano y Chunchu-
ca, así como los afluentes de estos ríos, con excepción del
río Paltic afluente del río Chotano, a favor del Proyecto
Especial de "Irrigación e Hidroenergético Olmos", has-
ta un volumen anual de 1,715 MMC."
Artículo 2º.- El presente Decreto Supremo será
refrendado por los Ministros de Agricultura, de la
Presidencia y de Energía y Minas.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinti-
nueve días del mes de junio del año dos mil uno.
VALENTIN PANIAGUA CORAZAO
Presidente Constitucional de la República
CARLOS AMAT Y LEON
Ministro de Agricultura
EMILIO NAVARRO CASTAÑEDA
Ministro de la Presidencia
CARLOS HERRERA DESCALZI
Ministro de Energía y Minas
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ECONOMÍA Y
FINANZAS
Aceptan donaciones efectuadas a fa-
vor del Gobierno Peruano y diversas
instituciones y hospitales
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 308-2001-EF
Lima, 29 de junio de 2001
CONSIDERANDO:
Que, la Agencia para el Desarrollo Internacional de
los Estados Unidos (USAID) e instituciones extranjeras
han efectuado donaciones, a favor de instituciones
privadas sin fines de lucro;
Que, el inciso k) del Artículo 2º del Texto Unico
Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas
e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por el
Decreto Supremo Nº 055-99-EF, establece que no esta-
rán gravadas con el Impuesto General a las Ventas, la
importación o transferencia de bienes que se efectúe a
título gratuito a favor de Entidades y Dependencias del
Sector Público;
De conformidad con lo dispuesto en el inciso k) del
Artículo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del
Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al
Consumo, el Decreto Supremo Nº 099-96-EF y normas
modificatorias; y,
Estando a lo acordado;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Aceptar y aprobar, en vía de regulariza-
ción, en nombre del Gobierno Peruano las donaciones
efectuadas a favor de instituciones privadas sin fines de
lucro, de acuerdo a las Resoluciones Directorales que a
continuación se detallan:
- Resolución Directoral Nº 129-99-SA/OFICE
Donación efectuada por la Agencia para el Desarro-
llo Internacional de los Estados Unidos (USAID), a
favor de la Asociación Benéfica PRISMA, consistente
en 1 400 400 unidades de "Lo-Femenal, Blue Lady
(LFMP) Orals" y 50 400 unidades de "Ovrette (OVRP)
Orals", según Carta de Donación de fecha 24 de mayo de
1999 con un peso aproximado de 10 009 kgs., según
Conocimiento de Embarque Nº SEAU770285177 de
Sea-Land Service, Inc. Donación destinada para las
actividades del Programa Nacional de Planificación
Familiar del Ministerio de Salud.
- Resolución Directoral Nº 170-99-SA/OFICE
Donación efectuada por Volunteers For Inter-Ameri-
can Development Assistance (VIDA) de Emeryville,
California, Estados Unidos de América, a favor de la
Asociación VIDA PERU, consistente en sus suplemen-
tos médicos y otros bienes, sin valor comercial, según
Certificado de Donación de fecha 27 de agosto de 1999.
Donación destinada, entre otras instituciones, al Cen-
tro de Integración de Menores en Abandono "CIMA",
Hogar San Camilo, Instituto de Salud del Niño y
PEBAL.
- Resolución Directoral Nº 191-99-SA/OFICE
Donación efectuada por la Agencia para el Desarro-
llo Internacional de los Estados Unidos (USAID), a
favor de la Asociación Benéfica PRISMA, consistente
en 1 900 800 unidades de "Conceptrol Foaming (VFTP)
Tablets" y 204 000 unidades de "Lo-Femenal (LFMP)
Orals", según Carta de Donación de fecha 4 de octubre
de 1999 con un peso aproximado de 5 247 kgs., según
Conocimiento de Embarque Nº SEAU770463607 de
Sea-Land Service, Inc. Donación destinada en apoyo a
las actividades del Programa Nacional de Planificación
Familiar del Ministerio de Salud.
- Resolución Directoral Nº 192-99-SA/OFICE
Donación efectuada por la Agencia para el Desarro-
llo Internacional de los Estados Unidos (USAID), a
favor del Proyecto de Fortalecimiento de Instituciones
de Salud (FIS), componente Norte a través del Instituto
de Alta Calidad de Atención a la Salud - MAXSALUD,
consistente en un regulador de intensidad para lámpa-
ra cialítica, marca Genesis Nº 2100650 y otros bienes,
con un valor aproximado de US$ 1 033,00 (Mil Treinta
y Tres y 00/100 Dólares de Estados Unidos de América)
según Certificado de Donación de fecha 29 de setiembre
de 1999 y un peso aproximado de 63 kgs., según Guía
Aérea Nº 03480392 de Circle International, Inc. Dona-
ción destinada para el desarrollo de las actividades del
Proyecto de Fortalecimiento de Instituciones de Salud
(FIS) componente Norte a través del Instituto de Alta
Calidad de Atención a la Salud - MAXSALUD, benefi-
ciando a la población de bajos recursos del departamen-
to de Lambayeque.
- Resolución Directoral Nº 204-99-SA/OFICE
Donación efectuada por International Aid Inc. de
Estados Unidos de América, a favor de la Asociación
VIDA PERU, consistente en medicinas, equipos médicos
y otros bienes, con un valor aproximado de US$ 1 000,00
(Mil y 00/100 Dólares de Estados Unidos de América),
según Carta de Donación de fecha 6 de octubre de 1999.
Donación destinada, entre otras instituciones, al Cen-
tro de Integración de Menores en Abandono "CIMA",
Hospital Nacional "Arzobispo Loayza", Instituto de
Salud del Niño, Hospital Nacional "Daniel Alcides Ca-
rrión", Hogar San Camilo, Hospital Nacional Dos de
Mayo y PEBAL.
- Resolución Directoral Nº 243-99-SA/OFICE
Donación efectuada por Volunteers For Inter-
American Development Assistance (VIDA) de
Emeryville, California, Estados Unidos de América,
a favor de la Asociación VIDA PERU, consistente en
medicinas y otros bienes, sin valor comercial, según
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NORMAS LEGALES
Lima, lunes 2 de julio de 2001

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