2926 072-99-PROMUDEH - Encargan funciones de Director del Programa Nacional de Alfabetización

Fecha de publicación24 Junio 1999
Fecha de disposición24 Junio 1999
Pág. 174562
NORMAS LEGALES
Lima, jueves 24 de junio de 1999
PROMUDEH
Aceptan renuncia de Directora del Pro-
grama Nacional de Alfabetización
RESOLUCION SUPREMA
Nº 071-99-PROMUDEH
Lima, 23 de junio de 1999
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Suprema Nº 048-99-PROMU-
DEH de fecha 10 de marzo de 1999, se designó a doña Nery
Salinas de Torres como Directora del Programa Nacional de
Alfabetización, Nivel Remunerativo F-5, del Ministerio de
Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano - PROMU-
DEH;
Que la mencionada funcionaria ha formulado renuncia al
cargo que venía desempeñando;
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº
25515, el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecu-
tivo, el Decreto Legislativo Nº 866 - Ley de Organización y
Funciones del Ministerio de Promoción de la Mujer y del
Desarrollo Humano, modificado por el Decreto Legislativo
Nº 893 y la Ley Nº 27050; y,
Estando a lo acordado;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Aceptar, a partir de la fecha, la renuncia
formulada por doña NERY SALINAS DE TORRES, al cargo
de Directora del Programa Nacional de Alfabetización, Nivel
Remunerativo F-5, del Ministerio de Promoción de la Mujer
y del Desarrollo Humano, dándosele las gracias por los
servicios prestados.
Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será re-
frendada por la Ministra de Promoción de la Mujer y del
Desarrollo Humano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori
Presidente Constitucional de la República
LUISA MARIA CUCULIZA TORRE
Ministra de Promoción de la Mujer
y del Desarrollo Humano
8284
Encargan funciones de Director del
Programa Nacional de Alfabetización
RESOLUCION SUPREMA
Nº 072-99-PROMUDEH
Lima, 23 de junio de 1999
CONSIDERANDO:
Que, es necesario encargar las funciones de Director del
Programa Nacional de Alfabetización, del Ministerio de
Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano - PROMU-
DEH, en tanto se designe al titular;
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº
25515, Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo,
Decreto Legislativo Nº 866, modificado por el Decreto Legis-
lativo Nº 893 y su reglamento aprobado por el Decreto
Supremo Nº 012-98-PROMUDEH; y,
Estando a lo acordado;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Encargar, a partir de la fecha, al señor
Jesús Chumpitaz Vásquez las funciones de Director del
Programa Nacional de Alfabetización, del Ministerio de
Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano - PROMU-
DEH.
Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será re-
frendada por la Ministra de Promoción de la Mujer y del
Desarrollo Humano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori
Presidente Constitucional de la República
LUISA MARIA CUCULIZA TORRE
Ministra de Promoción de la Mujer
y del Desarrollo Humano
8285
Autorizan a procuradora iniciar proce-
so judicial a ex trabajadores de la
Beneficencia Pública de Sullana por
presunta responsabilidad civil y penal
RESOLUCION MINISTERIAL
Nº 206-99-PROMUDEH
Lima, 21 de junio de 1999
Vistos el Oficio Nº 886-99-PROMUDEH/PP, de fecha 25
de mayo de 1999, de la Procuraduría Pública del Ministerio
de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano;
CONSIDERANDO:
Que de acuerdo a las conclusiones y recomendaciones
contenidas en el Informe Nº 007-99/INABIF-OAI, "Examen
Especial sobre presuntas irregularidades administrativas
en el Robo de S/. 58,000.00 que fuera objeto la Oficina de
Tesorería de la Sociedad de Beneficencia Pública de Sulla-
na", del Organo de Auditoría Interna del Instituto Nacional
de Bienestar Familiar, Organismo Público Descentralizado
del Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo
Humano, se ha determinado presunta responsabilidad civil
y penal por parte de los ex Presidentes, Miembros del
Directorio, ex Administrador del Cementerio San José y
Contador de la Beneficencia Pública de Sullana, responsa-
bles a la fecha de los hechos, en el irregular manejo de los
recursos financieros de la Beneficencia Pública, durante el
período comprendido entre junio de 1997 a octubre de 1998;
Que de los hechos descritos en la acción de control
referida, se evidencian indicios razonables de presunta comi-
sión de ilícitos penales y la existencia de responsabilidad
civil por parte de los ex Presidentes, Miembros del Directo-
rio, ex administrador del Cementerio de San José y Contador
y de la Beneficencia Pública de Sullana al haber efectuado
ventas de nichos cobrados directamente a los usuarios sin
entregar a la Oficina de Tesorería lo recaudado emitiendo
para ello recibos simples y/o facturas falsificadas a nombre de
la Beneficencia Pública de Sullana, hasta por un monto de S/
. 6,770.00 Nuevos Soles, haber adulterado manualmente la
Factura Nº 000673 de Comercial Oscar por el importe de S/
. 769.00 Nuevos Soles, así como destinar para su uso personal
y de personas no consideradas indigentes las medicinas de la
entidad con el agravante de ser medicamentos utilizados con
fines asistenciales dirigidos a la población objetivo de la
Sociedad de Beneficencia Pública de Sullana;
Que estando a lo dispuesto en el literal f) del Artículo 16º
de la Ley de Sistema Nacional de Control, aprobado por
Decreto Ley Nº 26162, los resultados de una acción de control
emitidos por cualquier órgano del Sistema están considera-
dos como prueba preconstituida para el inicio de acciones
legales, resultando necesario autorizar a la Procuradora
Pública a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de
Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano - PROMU-
DEH, a iniciar las acciones judiciales que correspondan;
De conformidad con el Artículo 47º de la Constitución
Política del Perú, Decreto Ley Nº 17537 de Representación y
Defensa del Estado en Juicio modificado por Decreto Ley Nº
17667 y el Decreto Legislativo Nº 866 - Ley de Organización
y Funciones del Ministerio de Promoción de la Mujer y del
Desarrollo Humano, modificado por el Decreto Legislativo
Nº 893 y Ley Nº 27050;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar a la Procuradora Pública a cargo
de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Promoción de la
Mujer y del Desarrollo Humano, para que en representación
y defensa de los intereses del Estado, inicie e impulse las
acciones judiciales contra los presuntos responsables esta-
blecidos en el Informe Nº 007-99/INABIF-OAI, por las consi-

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR