2475 16-2002-ACSS - Autorizan contratación de servicio de recolección y eliminación de maleza y de poda residencial mediante proceso de adjudicación de menor cuantía

Fecha de disposición16 Febrero 2002
Fecha de publicación16 Febrero 2002
Pág. 217491
NORMAS LEGALES
Lima, sábado 16 de febrero de 2002
Suspenden otorgamiento de autoriza-
ciones de elementos publicitarios de
carácter monumental o que produzcan
impacto visual negativo
ACUERDO DE CONCEJO
Nº 13-2002-ACSS
Santiago de Surco, 7 de febrero de 2002
EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCO
POR CUANTO:
El Concejo Municipal de Santiago de Surco, en Sesión
Ordinaria de la fecha, vistos los Dictámenes Nºs. 001-2002-
CC-MSS y 02-2002-CAL/MSS de las Comisiones de Co-
mercialización y Asuntos Legales respectivamente;
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo al Artículo 191º de la Constitución
Política, las municipalidades provinciales y distritales son
Órganos de Gobierno Local, que gozan de autonomía polí-
tica, económica y administrativa en los asuntos de su com-
petencia;
Que, la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, en
su Artículo 3º establece que las municipalidades repre-
sentan al vecindario, promueven la adecuada prestación
de los servicios públicos locales y fomentan el bienestar
de los vecinos y el desarrollo integral y armónico de las
circunscripciones de su jurisdicción;
Que, por otro lado la Ley Orgánica citada en el conside-
rando que precede, señala en su Artículo 65º inciso 18)
que las municipalidades deben regular y autorizar la ubica-
ción de avisos luminosos, publicidad comercial y propa-
ganda política;
Que, asimismo el Artículo 24º inciso 3) del Regla-
mento Nacional de Tránsito señala la prohibición de co-
locar propaganda u otros objetos que puedan afectar el
tránsito de peatones o vehículos o la señalización y la
semaforización, señalándose en forma expresa en su
Artículo 34º la facultad de la Autoridad competente para
retirar o hacer retirar los dispositivos no oficiales y cual-
quier otro letrero, signo, demarcación o elemento que
altere la señalización oficial o dificulte su percepción
debiendo destacarse que reconoce a través de los Artícu-
los 3º y 6º a las Municipalidades Distritales como Autori-
dad competente, ejerciendo funciones de gestión y
fiscalización en el ámbito de su jurisdicción, desarrollan-
do en materia de vialidad, la instalación, mantenimiento
y renovación de los sistemas de señalización de tránsito
en su jurisdicción;
Que, es política de la Municipalidad de Santiago de
Surco la conservación urbana del distrito asegurando
su mantenimiento como unidad física y como organis-
mo social activo, evitando no sólo su deterioro sino
propiciando el uso adecuado de sus estructuras físi-
cas para asegurar la persistencia de sus valores, a fin
de evitar la pérdida de identidad así como asegurar su
calidad y condición de ente urbano vivo, capaz de brin-
dar dentro de un singular marco físico un digno nivel de
vida a sus habitantes;
Que, de acuerdo a lo expuesto el distrito de Santiago
de Surco debe ser objeto de tratamiento urbanístico
compatible con su conservación y mantenimiento, con-
cordante con la política institucional de conservación del
ambiente y el entorno urbano, para lo cual debe imple-
mentarse la reducción progresiva de todo aspecto que
produzca impacto visual negativo como el que se origi-
na a consecuencia del otorgamiento de nuevos permi-
sos para anuncios de publicidad, los que junto a los ya
instalados, generarían alteraciones en el paisaje urbano
causando, adicionalmente a su deterioro, el aumento del
estrés y presión social, siendo que como consecuencia
de las actividades propias de una Metrópoli, se requiere
de mayor espacio para la recreación y relajación mental
de sus habitantes;
Que, el valor del distrito como unidad integral es más
elevado que el de la suma de los paneles publicitarios
que contiene, siendo que las metas propuestas son las
de conservación de ese valor total. Por tanto, en adición
a las medidas y las acciones de tratamiento con fines de
conservación y mantenimiento que pudieran ser requeri-
das, deben ser objeto de control y manejo los espacios
que sin valor intrínseco específico contribuyan a definir
y caracterizar el paisaje urbano es el caso de edifica-
ciones que cuenten con licencias de construcción para
uso exclusivo de casa habitación y a sus áreas y espa-
cios componentes, evitando toda alteración negativa que
se pudiera causar;
Que, el carácter y estado de conservación del distrito
así como su futuro, dependen de la calidad, intensidad y
tipo de uso al que se destinen los edificios y espacios pú-
blicos y privados del área, por lo que se debe determinar
los modos en los que tales usos puedan ser controlados y
dirigidos, abarcando de manera principal el control del uso
de los espacios publicitarios;
Estando a lo opinado por la Dirección de Comercia-
lización mediante Informe Nº 012-2002-DC-MSS, la Direc-
ción de Desarrollo Urbano con el Memorando Nº 079-2002-
DDU-MSS, la Dirección de Servicios a la Ciudad y Medio
Ambiente mediante Memorando Nº 026-2002-DSCMA-
MSS, la Subdirección de Control Ambiental con Memoran-
do Nº 002-2002-SDCA-DSCMA-MSS, Subdirección de
Anuncios con Informe Nº 007-2002-SDAP-DC-MSS y la
Oficina de Asesoría Jurídica mediante Informe Nº 035-2002-
OAJ-MSS;
De conformidad con lo establecido en los Artículos 109º
y 110º de la Ley Orgánica de Municipalidades, con dispen-
sa del trámite de lectura y aprobación de Acta, se aprobó
por Mayoría, el siguiente:
ACUERDO
1. Suspender el otorgamiento de autorización munici-
pal de elementos publicitarios de carácter monumental, en
propiedad privada o vía publica por un plazo de 10 meses
contados a partir del día siguiente de la publicación de la
presente norma.
2. Suspender el otorgamiento de autorizaciones munici-
pales de elementos publicitarios que produzcan impacto
visual negativo en el distrito de Santiago de Surco por un
plazo de 10 meses contados a partir del día siguiente de la
publicación de la presente norma.
3. Recomendar el retiro progresivo de la publicidad que
produzca contaminación luminosa o impacto visual negati-
vo en el distrito.
4. Encargar a la Dirección de Comercialización, Direc-
ción de Desarrollo Urbano, Dirección de Servicios a la Ciu-
dad y Medio Ambiente, Dirección de Fiscalización y Con-
trol, Subdirección de Anuncios y Publicidad, Subdirección
de Control Ambiental, Oficina de Asesoría Jurídica y Ofici-
na de Ejecución Coactiva el estricto cumplimiento de los
convenios celebrados con empresas publicitarias y las
autorizaciones expedidas, en cuanto a sus vencimientos y
plazos, así como el cumplimiento del presente acuerdo.
5. Disponer la publicación del presente Acuerdo de
Concejo en el Diario Oficial El Peruano.
POR TANTO:
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
CARLOS DARGENT CHAMOT
Alcalde
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Autorizan contratación de servicio de
recolección y eliminación de maleza y
de poda residencial mediante proceso
de adjudicación de menor cuantía
ACUERDO DE CONCEJO
Nº 16-2002-ACSS
Santiago de Surco, 11 de febrero de 2002
EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCO
POR CUANTO:
El Concejo Municipal de Santiago de Surco, en Sesión
Extraordinaria de la fecha, en atención al Dictamen Nº 003-

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