RESOLUCION MINISTERIAL N° 503-2012-MEM/DM - Imponen servidumbre de electroducto para línea de transmisión a favor de concesión de transmisión de la que es titular Panamericana Solar S.A.C., ubicada en el departamento de Moquegua

Fecha de disposición10 Noviembre 2012
Fecha de publicación10 Noviembre 2012
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, sábado 10 de noviembre de 2012 478367
Otorgan concesión definitiva de
generación con recursos energéticos
renovables a favor de Moquegua FV
S.A.C., para desarrollar la actividad
de generación de energía eléctrica en
futura central solar
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 496-2012-MEM/DM
Lima, 31 de octubre de 2012
VISTO: El Expediente Nº 16313712 sobre otorgamiento
de concesión def‌i nitiva para desarrollar la actividad de
generación de energía eléctrica con Recursos Energéticos
Renovables, presentado por Moquegua FV S.A.C., persona
jurídica inscrita en la Partida Nº 12722203 del Registro
de Personas Jurídicas, Zona Registral Nº IX Sede Lima,
Of‌i cina Registral Lima;
CONSIDERANDO:
Que, mediante documento con registro de ingreso Nº
2161051, de fecha 19 de enero de 2012, Moquegua FV S.A.C.,
solicitó concesión def‌i nitiva para desarrollar actividades de
generación de energía eléctrica con Recursos Energéticos
Renovables en la futura Central Solar Moquegua FV, con
una potencia instalada de 16 MW, ubicada en el distrito
de Moquegua, provincia Mariscal Nieto, departamento de
Moquegua, en la zona comprendida dentro de las coordenadas
UTM (PSAD 56) que f‌i guran en el Expediente;
Que, la peticionaria ha presentado una Declaración
Jurada de cumplimiento de las normas técnicas y de
conservación del medio ambiente y el Patrimonio Cultural
de la Nación, de acuerdo a los requisitos señalados en el
Que, el artículo 2 del Decreto Supremo Nº 001-2012-
MC que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 29785, Ley
del derecho a la consulta previa a los pueblos indígenas
u originarios, reconocido en el Convenio 169 de la
Organización Internacional del Trabajo, publicado en el
Diario Of‌i cial El Peruano el 03 de abril de 2012, en su párrafo
f‌i nal señala que respecto de los actos administrativos, las
reglas procedimentales previstas en la referida norma se
aplican a las solicitudes que se presenten con posterioridad
a su publicación, por lo que la referida norma no se aplica
al presente procedimiento;
Que, la petición está amparada en las disposiciones
contenidas en los artículos 3 y 38 del Decreto Ley Nº 25844,
Ley de Concesiones Eléctricas, concordado con el artículo
66 de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº
009-93-EM, habiendo cumplido con los requisitos legales
para su presentación;
Que, la Dirección General de Electricidad, luego de
haber verif‌i cado y evaluado que la empresa solicitante
ha cumplido con los requisitos establecidos en la Ley de
Concesiones Eléctricas y su Reglamento, ha emitido el
Informe Nº 339-2012-DGE-DCE;
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 38 del
artículo 66 de su Reglamento;
Con la opinión favorable del Director General de
Electricidad y el visto bueno del Vice Ministro de Energía;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Otorgar concesión def‌i nitiva de generación
con Recursos Energéticos Renovables a favor de
Moquegua FV S.A.C., que se identif‌i cará con el código Nº
16313712, para desarrollar la actividad de generación de
energía eléctrica en la futura Central Solar Moquegua FV,
con una potencia instalada de 16 MW, que estará ubicada
en el distrito de Moquegua, provincia de Mariscal Nieto,
departamento de Moquegua, en los términos y condiciones
indicados en la presente Resolución Ministerial y los que se
detallan en el Contrato de Concesión que se aprueba en el
artículo 2 de la presente Resolución.
Artículo 2º.- Aprobar el Contrato de Concesión Nº 403-
2012 a suscribirse entre el Ministerio de Energía y Minas
y Moquegua FV S.A.C., que consta de 19 cláusulas y 5
anexos.
Artículo 3º.- Autorizar al Director General de Electricidad
para suscribir, en representación del Estado, el Contrato
de Concesión aprobado en el artículo que antecede y la
Escritura Pública correspondiente.
Artículo 4º.- El texto de la presente Resolución
Ministerial deberá incorporarse en la Escritura Pública que
origene el Contrato de Concesión Nº 403-2012, referido
en el artículo 2 de esta Resolución, en cumplimiento del
artículo 56 del Reglamento de la Ley de Concesiones
Eléctricas.
Artículo 5º.- La presente Resolución Ministerial,
en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 67 del
Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, será
publicada para su vigencia en el Diario Of‌i cial El Peruano
por una sola vez y por cuenta del titular, dentro de los cinco
(5) días calendario siguientes a su expedición; y, entrará en
vigencia a partir del día siguiente de su publicación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JORGE MERINO TAFUR
Ministro de Energía y Minas
862953-1
Imponen servidumbre de electroducto
para línea de transmisión a favor
de concesión de transmisión de la
que es titular Panamericana Solar
S.A.C., ubicada en el departamento de
Moquegua
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 503-2012-MEM/DM
Lima, 31 de octubre de 2012
VISTOS: El Expediente Nº 21223012 presentado por
Panamericana Solar S.A.C., persona jurídica inscrita en la
Partida Nº 12450456 del Registro de Personas Jurídicas de
la Of‌i cina Registral de Lima, sobre solicitud de imposición de
la servidumbre de electroducto para la Línea de Transmisión
de 138 kV Planta de Generación Solar Panamericana Solar
20 TS – Derivación LT CT Ilo – SE Toquepala;
CONSIDERANDO:
Que, Panamericana Solar S.A.C., titular de la concesión
def‌i nitiva para desarrollar la actividad de transmisión en la
Línea de Transmisión de 138 kV Planta de Generación
Solar Panamericana Solar 20 TS – Derivación LT CT Ilo
– SE Toquepala, en mérito de la Resolución Suprema Nº
075-2012-EM, publicada en el Diario Of‌i cial El Peruano el
8 de julio de 2012, solicitó la imposición de la servidumbre
de electroducto para dicha línea de transmisión, ubicada
en el distrito de Moquegua, provincia de Mariscal Nieto,
departamento de Moquegua, según las coordenadas UTM
(PSAD 56) que f‌i guran en el Expediente;
Que, de acuerdo a la documentación que obra en el
Expediente, la Línea de Transmisión de 138 kV Planta de
Generación Solar Panamericana Solar 20 TS – Derivación
LT CT Ilo – SE Toquepala recorre por terrenos de propiedad
del Estado;
Que, de acuerdo a lo establecido por el literal a) del
artículo 109 del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones
Eléctricas, los concesionarios están facultados para usar a
título gratuito el suelo, subsuelo y aires de caminos públicos,
calles, plazas y demás bienes de propiedad del Estado o
Municipal, así como para cruzar ríos, puentes, vías férreas,
líneas eléctricas y de comunicaciones;
Que, Panamericana Solar S.A.C. suscribió un
Contrato de Constitución de Servidumbre con el Estado,
representado por la Superintendencia de Bienes
Nacionales (SBN) de fecha 14 de mayo de 2012,
mediante el cual se constituyó servidumbre sobre un
área afectada por la línea de transmisión a que se ref‌i ere
la presente Resolución;
Que, la petición se encuentra amparada por el artículo
110 y siguientes del Decreto Ley Nº 25844, Ley de
Concesiones Eléctricas y su Reglamento, aprobado por el
Decreto Supremo Nº 009-93-EM;
Que, la Dirección General de Electricidad, luego de
haber verif‌i cado que la concesionaria ha cumplido con
los requisitos legales y procedimientos correspondientes,
emitió el Informe Nº 419-2012-DGE-DCE, recomendando
la imposición de la citada servidumbre;
Con la opinión favorable del Director General de
Electricidad y el visto bueno del Vice Ministro de Energía;

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