1007 466-2002-ORLC/JE. 467-2002-0RLC/JE. - Autorizan a personas naturales ejercer el cargo de Martillero Público a nivel nacional durante el primer semestre del año 2002

Fecha de disposición21 Abril 2002
Fecha de publicación21 Abril 2002
Pág. 221730
NORMAS LEGALES
Lima, domingo 21 de abril de 2002
EL PLAN DE ADQUISICIONES Y CONTRATACIONES DE
LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE PIURA PARA EL AÑO
2002 a fin de que sea aprobado mediante Resolución Recto-
ral de conformidad con el Art. 7º del TUO 012-2001-PCM,
comunicando que para la formulación del Plan en mención se
han realizado dos reuniones de trabajo con los Técnicos de
las Oficinas Centrales de Planificación y de Ejecución Presu-
puestaria respectivamente en la que se discutió y se ha prio-
rizado sobre las necesidades de acuerdo a las disponibilida-
des presupuestarias para el año 2002. En la segunda reunión
además de las Oficinas Técnicas participaron los Decanos y
representantes de Decanos acordando aprobar el Plan con-
forme había sido presentado por la Oficina de Abastecimien-
to, con la salvedad de que en el rubro de INVERSIONES, se
debe llegar a un acuerdo sobre la prioridad que estos proce-
sos deben tener;
Que, según lo informado por dicha oficina en el docu-
mento aprobado en la indicada reunión debe incorporarse
el proceso de selección de Adjudicación Directa Selectiva
para contratar TRES pólizas de seguro de vida para cubrir
los riesgos que pueden tener las autoridades de la Univer-
sidad Nacional de Piura; este proceso de selección tiene
un valor referencial de S/. 72,450 nuevos soles cuya co-
bertura es por (2) años;
Estando a lo dispuesto por el señor Rector en uso de
sus atribuciones legales;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- APROBAR EL PLAN DE ADQUISI-
CIONES Y CONTRATACIONES DE LA UNIVERSIDAD
NACIONAL DE PIURA PARA EL AÑO 2002, el mismo que
forma parte de la presente resolución.
Regístrese, comuníquese y ejecútese.
EDWIN VEGAS GALLO
Rector
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ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS
OFICINA REGISTRAL
DE LIMA Y CALLAO
Autorizan a personas naturales ejercer
el cargo de Martillero Público a nivel
nacional durante el primer semestre del
año 2002
RESOLUCIÓN JEFATURAL
Nº 466-2002-ORLC/JE
Lima, 17 de abril de 2002
Visto, el expediente organizado por don JOSÉ MARIO
ALADZEME ROSALES, sobre obtención del título de Mar-
tillero Público a nivel nacional y el Informe Nº 012-2002-
ORLC/JE-R.MART. del 16 de abril del 2002; emitido por el
Registro de Martilleros Públicos;
CONSIDERANDO:
Que, el interesado ha cumplido con lo establecido en el
Decreto Supremo Nº 011-2002-JUS, Texto Único de Pro-
cedimientos Administrativos del Sistema Nacional de los
Registros Públicos; con el Artículo 116º del Código de Co-
mercio, modificado por el Decreto Ley Nº 18948; y con el
Reglamento de Martilleros Públicos, aprobado por Resolu-
ción Suprema del 27 de mayo de 1914, reuniendo los re-
quisitos necesarios para el desempeño del cargo de Marti-
llero Público a nivel nacional, según se desprende de la
documentación que acompaña su pedido;
Que, asimismo, de acuerdo a lo regulado por la Reso-
lución Suprema Nº 008-90-ICTI/CO, modificada por Reso-
lución Suprema Nº 010-92-ICTI/DM, que establece las
modalidades de garantía que deben prestar los que de-
seen ejercer el cargo de Martillero Público, el recurrente
ha optado por otorgar garantía efectiva a favor de la Oficina
Registral de Lima y Callao hasta por Una y Media Unida-
des Impositivas Tributarias (U.I.T.), mediante Depósito
Administrativo Nº 2002004603721 del Banco de la Nación;
Que, de conformidad con el Artículo 3º concordado con
el Artículo 6º de la Resolución antes indicada, al inicio de
cada semestre los Martilleros Públicos que desean conti-
nuar ejerciendo el cargo, se encuentran obligados a actua-
lizar la garantía constituida a favor de la Oficina Registral
de Lima y Callao;
En uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 8º
del Texto Único Ordenado del Reglamento de Organización
y Funciones de la Oficina Registral de Lima y Callao, apro-
bado por Resolución del Superintendente Nacional de los
Registros Públicos Nº 185-96-SUNARP, la Resolución Nº
022-95-SUNARP, los Artículos 28º y 29º del Estatuto de la
SUNARP aprobado por Decreto Supremo Nº 04-95-JUS, y
lo dispuesto por el Artículo 1º de la Resolución del Super-
intendente Nacional de los Registros Públicos Nº 131-96-
SUNARP;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Autorizar a don JOSÉ MARIO ALA-
DZEME ROSALES, para ejercer el cargo de Martillero Pú-
blico a nivel Nacional, con sujeción a las leyes y disposi-
ciones vigentes sobre la materia.
Artículo Segundo.- Conceder a don José Mario Alad-
zeme Rosales, la habilitación correspondiente, a fin de que
ejerza sus funciones durante el primer semestre del año
2002.
Artículo Tercero.- La presente Resolución constituye
el título respectivo al que se refiere el Artículo 116º del
Código de Comercio, modificado por el Decreto Ley Nº
18948, debiendo anotarse en el Registro de Martilleros
Públicos de la Oficina Registral de Lima y Callao.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
C. HERNÁN MARTÍNEZ QUIÑONES
Jefe de la Oficina Registral
de Lima y Callao
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RESOLUCIÓN JEFATURAL
Nº 467-2002-ORLC/JE
Lima, 17 de abril de 2002
Visto, el expediente organizado por don ÓSCAR RAÚL
CHÁVEZ ANGULO, sobre obtención del título de Martille-
ro Público a nivel nacional y el Informe Nº 013-2002-ORLC/
JE-R.MART. del 16 de abril del 2002; emitido por el Regis-
tro de Martilleros Públicos;
CONSIDERANDO:
Que, el interesado ha cumplido con lo establecido en el
Decreto Supremo Nº 011-2002-JUS, Texto Único de Pro-
cedimientos Administrativos del Sistema Nacional de los
Registros Públicos; con el Artículo 116º del Código de Co-
mercio, modificado por el Decreto Ley Nº 18948; y con el
Reglamento de Martilleros Públicos, aprobado por Resolu-
ción Suprema del 27 de mayo de 1914, reuniendo los re-
quisitos necesarios para el desempeño del cargo de Marti-
llero Público a nivel nacional, según se desprende de la
documentación que acompaña su pedido;
Que, asimismo, de acuerdo a lo regulado por la Reso-
lución Suprema Nº 008-90-ICTI/CO, modificada por Reso-
lución Suprema Nº 010-92-ICTI/DM, que establece las
modalidades de garantía que deben prestar los que de-
seen ejercer el cargo de Martillero Público, el recurrente
ha optado por otorgar garantía comercial a favor de la Ofi-
cina Registral de Lima y Callao hasta por Tres Unidades
Impositivas Tributarias (U.I.T.), debidamente inscrita en el
Rubro D 00003 de la Partida Nº 11001239 del Registro de
Personas Jurídicas de la Oficina Registral de Maynas -
Loreto;
Que, de conformidad con el Artículo 3º concordado con
el Artículo 6º de la Resolución antes indicada, al inicio de

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