2475 1165-2002-ORLC/JE - Autorizan ejercer cargo de Martillero Público a nivel nacional

Fecha de publicación17 Agosto 2002
Fecha de disposición17 Agosto 2002
Pág. 228364
NORMAS LEGALES
Lima, sábado 17 de agosto de 2002
INADE
FE DE ERRATAS
RESOLUCIÓN JEFATURAL
Nº 132-2002-INADE-1100
Mediante Oficio Nº 3208-2002-INADE-1201-SG, el Ins-
tituto Nacional de Desarrollo solicita se publique Fe de Erra-
tas de la Resolución Jefatural Nº 132-2002-INADE-1100,
publicada en nuestra edición del día 8 de agosto de 2002,
en la página 227863.
En el primer considerando,
DICE:
(...), es un Organismo Público Descentralizado depen-
diente del Ministerio de la Presidencia, (...), constituyendo
un Pliego Presupuestal del Sector Ministerio de la Presiden-
cia;
DEBE DECIR:
(...), es un Organismo Público Descentralizado depen-
diente del Ministerio de Vivienda, Construcción y Sanea-
miento, (...), constituyendo un Pliego Presupuestal de Sec-
tor Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento.
14618
OFICINA REGISTRAL
DE LIMA Y CALLAO
Autorizan ejercer cargo de Martillero
Público a nivel nacional
RESOLUCIÓN JEFATURAL
Nº 1165-2002-ORLC/JE
Lima, 8 de agosto de 2002
Visto, el expediente organizado por doña BRIGITTE
LAZO EGER, sobre obtención del título de Martillero Públi-
co a nivel nacional y el Informe Nº 006-2002-ORLC/GBM-
RM del 10 de julio del 2002; emitido por la Gerencia de
Bienes Muebles;
CONSIDERANDO:
Que, la interesada ha cumplido con lo establecido en el
Decreto Supremo Nº 011-2002-JUS, Texto Único de Pro-
cedimientos Administrativos del Sistema Nacional de los
Registros Públicos; con el artículo 116º del Código de Co-
mercio, modificado por el Decreto Ley Nº 18948; y con el
Reglamento de Martilleros Públicos, aprobado por Resolu-
ción Suprema del 27 de mayo de 1914, reuniendo los re-
quisitos necesarios para el desempeño del cargo de Marti-
llero Público a nivel nacional, según se desprende de la
documentación que acompaña su pedido;
Que, asimismo, de acuerdo a lo regulado por la Reso-
lución Suprema Nº 008-90-ICTI/CO, modificada por Reso-
lución Suprema Nº 010-92-ICTI/DM, que establece las
modalidades de garantía que deben prestar los que de-
seen ejercer el cargo de Martillero Público, la recurrente
ha optado por otorgar garantía efectiva a favor de la Oficina
Registral de Lima y Callao hasta por Una y Media Unidad
Impositiva Tributaria (U.I.T.), mediante depósito administra-
tivo Nº 002091062 del Banco de la Nación;
Que, de conformidad con el artículo 3º concordado con
el artículo 6º de la Resolución antes indicada, al inicio de
cada semestre los Martilleros Públicos que desean conti-
nuar ejerciendo el cargo, se encuentran obligados a actua-
lizar la garantía constituida a favor de la Oficina Registral
de Lima y Callao;
En uso de las atribuciones conferidas por el Artículo
86º inciso r) del Reglamento de Organización y Funciones
de la SUNARP, aprobado por Resolución Suprema Nº 139-
2002-JUS; el Artículo 2º inciso p) el Estatuto de la SUNARP
aprobado por la Resolución Suprema Nº 135-2002-JUS y
el D.S. Nº 011-2002-JUS por el que se aprueba el Texto
Único de Procedimientos Administrativos del Sistema Na-
cional de los Registros Públicos y lo dispuesto por el Artí-
culo 1º de la Resolución del Superintendente Nacional de
los Registros Públicos Nº 131-96-SUNARP;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Autorizar a doña BRIGITTE LAZO
EGER, para ejercer el cargo de Martillero Público a nivel
Nacional, con sujeción a las leyes y disposiciones vigen-
tes sobre la materia.
Artículo Segundo.- Conceder a doña Brigitte Lazo
Eger, la habilitación correspondiente, a fin de que ejerza
sus funciones durante el segundo semestre del año 2002.
Artículo Tercero.- La presente Resolución constituye
el título respectivo al que se refiere el artículo 116º del
Código de Comercio, modificado por el Decreto Ley Nº
18948, debiendo anotarse en el Registro de Martilleros
Públicos de la Oficina Registral de Lima y Callao.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
C. HERNÁN MARTÍNEZ QUIÑONES
Jefe de la Oficina Registral de Lima y Callao
14616
SUNARP
Autorizan a martilleros públicos ejer-
cer el cargo a nivel nacional con excep-
ción de Lima y Callao, durante el se-
gundo semestre de 2002
RESOLUCIÓN DEL SUPERINTENDENTE
NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS
Nº 322-2002-SUNARP/SN
Lima, 15 de agosto de 2002
Visto los informes Nºs. 01 y 02-2002-SUNARP-GR/SZZ
que la Gerencia Registral de la SUNARP ha encontrado
conforme, según Oficio Nº 006-2002-SUNARP/GR;
CONSIDERANDO:
Que, en aplicación de lo dispuesto por la Cuarta Dispo-
sición Transitoria de la Ley Nº 26366, Ley de Creación del
Sistema Nacional de los Registros Públicos y de la
SUNARP, se dictó la Resolución Ministerial Nº 143-95-ITIN-
CI/DM, por la cual se dispuso la transferencia de las fun-
ciones y acervo documental correspondientes al Registro
Fiscal de Ventas a Plazos y Registro de Martilleros Públi-
cos, al Sistema Nacional de los Registros Públicos; con lo
cual, esta Superintendencia asumió competencia para re-
gular y supervisar el funcionamiento del Registro de Marti-
lleros Públicos;
Que, mediante la Resolución Suprema Nº 008-90-ICTI/
CO, modificada por Resolución Suprema Nº 010-92-ICTI-
DM se establecieron las modalidades de garantía que de-
ben prestar a favor del Estado -en este caso, a favor de la
SUNARP-, las personas que ejercen o deseen ejercer el
cargo de Martillero Público;
Que, de conformidad con lo dispuesto en el Texto
Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del
Sistema Nacional de los Registros Públicos, aprobado
por Decreto Supremo Nº 011-2002-JUS, se establece
que el Martillero Público que solicita autorización para
continuar ejerciendo el cargo durante el segundo
semestre del año, está obligado a presentar una solici-
tud con sus datos personales y actualizar la garantía
constituida a favor de esta Superintendencia de acuer-
do a lo regulado en el artículo 6º de la Resolución Su-
prema Nº 008-90-ICTI/CO;
Que, habiendo presentado las solicitudes para seguir
ejerciendo el cargo de Martilleros Públicos a nivel nacio-
nal, con excepción de Lima y Callao, los señores Eli Mar-
celino Chávez Cotrina y Alejandro Bocanegra Castro y
habiendo cumplido dichos señores con las disposiciones

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