Las ejecución forzosa en los procesos de familia

AutorVíctor Moreno Catena
Cargo del AutorCatedrático de Derecho procesal, Universidad Carlos III de Madrid (España)
Páginas187-194
La ejecución forzosa en los procesos de familia
187
CAPÍTULO 15
La ejecución forzosa en los procesos de familia
1. LA EJECUCIÓN EN MATERIA DE FAMILIA
Las resoluciones dictadas en los procesos de familia suelen plantear
dif‌i cultades en la ejecución esencialmente en lo que hace a las medi-
das que regulan las relaciones patrimoniales y personales entre los
miembros de la familia, pues el pronunciamiento de nulidad, separa-
ción o divorcio que recaiga en ellos no es una resolución de condena
y, de of‌i cio, se han de comunicar al Registro Civil, de acuerdo con lo
dispuesto en el artículo 755 de la nueva LEC.
En relación con su contenido, deben distinguirse, por una parte,
las medidas de contenido patrimonial, como el pago de la pensión o la
entrega de la vivienda familiar, entrega de bienes, o determinación del
régimen de administración, que pueden ser cumplidas prescindiendo
de la voluntad del obligado. Por otra parte, pueden acordarse medidas
diferentes, normalmente de naturaleza personal y que además son las
más trascendentes en el sistema de relaciones familiares, como las de
guarda de los menores o el régimen de visitas, cuyo incumplimiento
es de difícil respuesta por parte del ordenamiento, ya que por su natu-
raleza no pueden reducirse a metálico; de este modo, sólo es admisible
el cumplimiento in natura, debiendo rechazarse la conversión en una

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR