Ejecución del Fondo de Garantía en las Asociaciones Público-Privadas brasileñas

AutorAndré Saddy
CargoDoctor en 'Problemas actuales de Derecho Administrativo' por la Facultad de Derecho de la Universidad Complutense de Madrid, con apoyo de la Beca Complutense Pre-doctoral en España
Páginas261-273
261
Círculo de Derecho Administrativo
André Saddy
Ejecución del fondo de garantía en las Asociaciones Público-Privadas brasileñas
Ejecución del Fondo de Garantía en las
Asociaciones Público-Privadas brasileñas*
André Saddy1
SUMARIO:
1. Introducción. 2. Las asociaciones con iniciativa privada en la Administración Pública.
3. Fundamento de las Asociaciones Público-Privadas (APPs). 4. Concepto de las APPs. 5.
Contraprestación en las APPs. 6. Ejecución del Fondo de Garantía por el socio privado
en las APPs. Conclusiones. Bibliografía.
PALABRAS CLAVE:
Asociaciones Público- Privadas (APPs), Fondo de Garantía para las Asociaciones
Público- Privadas (FGP), Descentralización de los Servicios Públicos, APPs administrativas
y patrocinadas , garantía al pago de obligaciones pecuniarias asumidas por asociados
públicos federales ,Silencio positivo.
KEYWORDS:
Public-Private Partnerships (PPPs), Guarantee Fund for Public-Private Partnerships (GFP),
Decentralization of public services, administrative and sponsored PPP, guarantee the
payment of monetary obligations assumed by federal public partners, positive Silence.
RESUMEN:
Ante la ineficiencia y carencia del Estado para la provisión de infraestructura y servicios
públicos, surgió la necesidad de establecer un mecanismo nuevo que permitiera
descentralizar las funciones del Estado e incentivar la colaboración de los privados para
que inviertan sus capitales en la prestación de los servicios y obras públicas, sobre todo
en los sectores estratégicos de baja rentabilidad económica. Dentro de este contexto,
surgieron las Asociaciones Público- Privadas (APPs), mediante el cual se busca que el sector
público y privado se asocien, con el objetivo de distribuir riesgos y recursos, en el cual el
socio privado es el que asume el financiamiento, mientras que el Estado se convierte en
* Traducción del portugués al español, efectuada por los miembros de la Comisión de Publicaciones del
Círculo de Derecho Administrativo - CDA.
1 Doctor en “Problemas actuales de Derecho Administrativo” por la Facultad de Derecho de la Universidad
Complutense de Madrid, con apoyo de la Beca Complutense Pre-doctoral en España. Máster en
Administración Pública por la Facultad de Derecho de la Universidad de Lisboa, con apoyo del Programa
Albán, Programa de Bolsas de Alto Nivel de la Unión Europea para América Latina. Post-grado en Regulación
Pública y Competencia por el Centro de Estudios de Derecho Público y Regulación (CEDIPRE) de la Facultad
de Derecho de la Universidad de Coimbra Associate Research Fellow do Centre for Socio-Legal Studies da
Faculty of Law da University of Oxford. Director Presidente del Centro de Estudios Empírico Jurídicos (CEEJ).
Profesor Adjunto I del Instituto Brasilero de Mercado de Capitales (IBMEC-RJ). Consultor y árbitro

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