Editorial

AutorRenzo Paolo Miranda León
CargoDirector General Revista ADVOCATUS
Páginas13-13
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Este nu evo núm ero de A D V O C A T U S trata c omo especial el De recho Cons titucion al y los
Derech os Hum anos. Sobre el pr imer te ma, intuirá el l ecto r que de todos los tipos de norm as
contenidas en la Constitución, los artíc ulos desarrolla n prin cipalm ente las referidas a la liberta d
y los de rechos de las personas, pero tambi én, en ú ltima instancia, las norm as genera les sobre los
prin cipios y va lores. Realizada esta advertencia , querem os mani festar nuestra alega. El m otivo: el
desarroll o ju rispru dencial de nue stroTribun al Con stitucio nal y la may or inje rencia de los dere chos
fun damen tales en dis tintos niveles n ormat ivos nos hacen ver que la Co nstituc ión se viene con
solidand o como la primera fuen te de garantías y derechos, no sie ndo más un mero i nstru men to
estát ico reg ulado r de las relaciones de pode r entre el Estado y los ciudad anos. Una c onsolid ación
que, sin duda, acarre a im porta ntes consecuencias no solo jurí dicas sino ta mbién sociales.
Pese a esta situ ación, a diferencia de ot ras ramas del Der echo (el De recho Civil por e jemplo), m u
cha de la eficacia del Dere cho Constituc ional sigue de pen diend o de realidades d e índole político ,
social o económ ico. Y es esta cir cunstan cia la que pareciera crear un escenario en el qu e los fines
polí ticos fuera n los parám etros para el recon ocim ient o d e derecho s fun damen tales. Ant e esa
pos ibilidad, bastaa recorda r lo que signific ó el Derecho Penal Nazi para as umir el peligro q ue
conl leva el he cho q ue los fines polític os del imiten lo que es o no va lioso para el derec ho. En otras
palabras, lo que con tribuy e o no a la realiz ación de la persona en sociedad.
Escribía el pr ofesor Bidart Ca mpos que un Estado dem ocrát ico no siem pre gua rda identi dad con
una sociedad democ rática. Y es verdad. Ésta, decía el profesor argent ino, se disting ue po r ser una
com unida d cuyos i ntegran tes y c onviv encia com parti da tienen p redispos iciones hacia la lib er
tad, el plur alismo, la a pertu ra, los derechos personales y la toleranc ia. La sociedad democ rática,
ente ndemos , n ecesita s q ue el recon ocim iento de los d erechos que h allamos en una Ca rta
Fund amental. Necesita saber que en la C onstitu ción no hay es pacio para la ficció n.
Renzo Paolo Miranda León
Director G enera l
Rev ista A D V O C A T U S
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