RESOLUCION DIRECTORAL N° 215-2014-MINAGRI-DVM-DIAR-AGRO RURAL-DE - Designan Responsable del Portal Transparencia del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRO RURAL

EmisorAGRICULTURA Y RIEGO
Fecha de la disposición23 de Julio de 2014
El Peruano
Miércoles 23 de julio de 2014
528358
SE RESUELVE:
Nombrar Ministra de Estado en el Despacho
de Desarrollo e Inclusión Social, a la señora Paola
Bustamante Suarez.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
ANA JARA VELASQUEZ
Presidenta del Consejo de Ministros
1114498-38
AGRICULTURA Y RIEGO
Otorgan licencia de uso de la marca
Vicuña Perú - Artesanía, a favor de
la empresa Textilería y Arte Andino
Sociedad Comercial de Responsabilidad
Limitada
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 0245-2014-MINAGRI
Lima, 29 de abril de 2014
VISTO:
La solicitud de fecha 17 de setiembre de 2013,
presentada por la empresa Textilería y Arte Andino
Sociedad Comercial de Responsabilidad Limitada -
TEXARTAN S.R.L.; y,
CONSIDERANDO:
Que, el Ministerio de Agricultura y Riego de la
República del Perú, es titular de la marca VICUÑA PERU
- ARTESANIA, según registro en el Instituto Nacional
de Defensa de la Competencia y de la Protección de
la Propiedad Intelectual - INDECOPI, Certi cado Nº
00085530 y Resolución N° 004639-2009/DSD-Reg-
INDECOPI, de fecha 24 de julio de 2009 renovado por
Resolución Nº 000525-2013/DSD-Reg-INDECOPI,
Decretos Supremos N° 012-2007-AG y Nº 030-2008-AG;
Que, el signo distintivo VICUÑA PERU - ARTESANIA,
fue aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 0363-
97-AG;
Que, el artículo 63º del Decreto Legislativo Nº
653, Ley de Promoción de las Inversiones en el
Sector Agrario, establece que la crianza, de la vicuña,
entre otras especies, al igual que la transformación
y comercialización de sus productos, pueden ser
efectuados por cualquier persona natural o jurídica,
bajo la supervisión del Estado;
Que, la Ley Nº 26496, que aprueba el Régimen de la
propiedad, comercialización, y sanciones por la caza de
las especies de vicuña, guanaco y sus híbridos, declara
a los camélidos sudamericanos: vicuña, guanaco y sus
híbridos, como especies de fauna silvestre sujetas a
protección por el Estado;
Que, el artículo 4º del Decreto Supremo Nº 053-
2000-AG, establece que mediante convenios especí cos
aprobados por Resolución Ministerial del Sector Agricultura
y Riego, puede ceder el uso de la marca VICUÑA PERU
y/o VICUÑA PERU - ARTESANIA, a favor de personas
naturales o jurídicas, titulares de la custodia y usufructo de
las vicuñas y/o guanacos, a efectos de la comercialización
de productos obtenidos de su bra;
Que, el Decreto Supremo N° 007-96-AG, que aprueba
el Reglamento de la Ley del régimen de propiedad,
comercialización y sanciones por la caza de las especies
de vicuña, guanaco y sus híbridos, establece en el
literal b) del artículo 30º, modi cado, por los Decretos
Supremos N° 008-2004-AG y N° 006-2005-AG, que se
otorga Licencia de la marca VICUÑA PERU ARTESANIA
a favor de las empresas artesanales encargadas de la
transformación y comercialización de productos obtenidos
de bra de vicuña esquilada viva, para cuyo n deben
presentar la documentación y demás requisitos que les
sean requeridos;
Que, el Procedimiento N° 37 del Texto Único de
Procedimientos Administrativos - TUPA del Ministerio de
Agricultura y Riego aprobado por Resolución Ministerial
N° 0212-2011-AG, establece los requisitos para el
otorgamiento de la licencia de uso de la marca VICUÑA
PERU y/o VICUÑA PERU ARTESANIA, por el periodo de
dos (2) años;
Que, mediante el documento de visto, la empresa
Textilería y Arte Andino Sociedad Comercial de
Responsabilidad Limitada - TEXARTAN S.R.L., solicita
el Uso de la marca VICUÑA PERU - ARTESANIA por un
periodo de dos (2) años de acuerdo a lo prescrito en la
Ley Nº 26496 y Decreto Supremo Nº 006-2005-AG;
Que, mediante Informe Técnico Nº 4394-2013-
MINAGRI-DGFFS-DGEFFS, la Dirección de Gestión
Forestal y de Fauna Silvestre de la Dirección General
Forestal y de Fauna Silvestre, señala que la citada empresa
ha cumplido con presentar los requisitos previstos en el
Procedimiento 37 del TUPA, correspondiendo al Ministerio
de Agricultura y Riego la suscripción del Convenio
Especí co de Licencia de Uso de la marca VICUÑA PERU
– ARTESANIA;
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto
Legislativo Nº 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley
de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura
y Riego, modi cado por la Ley N° 30048; y su Reglamento
de Organización y Funciones aprobado por el Decreto
Supremo N° 031-2008-AG.
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Otorgar la Licencia de Uso de la
marca VICUÑA PERU – ARTESANIA, a favor de la
empresa Textilería y Arte Andino Sociedad Comercial de
Responsabilidad Limitada - TEXARTAN S.R.L., por el
plazo de dos (2) años, por las razones expuestas en la
parte considerativa.
Artículo 2º.- Aprobar la suscripción del Convenio
Especí co de Licencia de Uso de la marca VICUÑA
PERU – ARTESANIA, a celebrarse entre el Ministerio
de Agricultura y Riego, en representación del Estado y
la empresa Textilería y Arte Andino Sociedad Comercial
de Responsabilidad Limitada - TEXARTAN S.R.L., por el
plazo de dos (2) años, contados a partir del día siguiente
de su suscripción.
Artículo 3º.- Publicar la presente Resolución Ministerial
en el Diario O cial El Peruano, y publicar en el Portal
Institucional del Ministerio de Agricultura y Riego (www.
minagri.gob.pe) y el Portal del Estado Peruano (www.
peru.gob.pe) dicha Resolución y el texto del Convenio
aprobado por el artículo 2º de la presente Resolución.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JUAN MANUEL BENITES RAMOS
Ministro de Agricultura y Riego
1113289-1
Designan Responsable del Portal
de Transparencia del Programa de
Desarrollo Productivo Agrario Rural -
AGRO RURAL
RESOLUCIÓN DIRECTORAL EJECUTIVA
Nº 215-2014-MINAGRI-DVM-DIAR-AGRO RURAL-DE
Lima, 22 de julio de 2014
VISTA:
La Nota Informativa Nº 283-2014-MINAGRI-AGRO
RURAL-OPLAN de fecha 02 de julio de 2014, emitido por
la O cina de Plani cación del Programa de Desarrollo
Productivo Agrario Rural - AGRO RURAL; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Directoral Ejecutiva Nº
100-2013-AG-AGRO RURAL-DE, de fecha 13 de junio
de 2013, se designó como Responsable del Portal de

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