RESOLUCION DIRECTORAL N° 0048-2012-AG-SENASA-DSV - Rectifican codificación y numeración de la R.D. N° 0040-2012-AG-SENASA, correspondiéndole la de R.D. N° 0040-2012-AG-SENASA-DSV
Fecha de disposición | 30 Noviembre 2012 |
Fecha de publicación | 30 Noviembre 2012 |
Materia | Derecho Procesal |
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, viernes 30 de noviembre de 2012
479644
Que, el Estatuto señala como objeto de la
Mancomunidad Municipal: a) Construcción y mejoramiento
de infraestructura y sistemas de riego, b) Construcción
y mejoramiento de infraestructura vial terrestre, c)
Promover el mejoramiento de la infraestructura vial aérea
del aeropuerto de Shumba, d) Promover la competitividad
productiva, e) Fomentar la inversión privada y promoción
del empleo, f) Promover la participación vecinal en el
desarrollo local, g) Promover la gestión ambiental, la
transformación e industrialización de los residuos sólidos
y h) Mejoramiento de los servicios básicos;
Que, en el ámbito de las funciones, el Estatuto establece
como delegación de funciones específi cas exclusivas: a)
Concertar con instituciones del sector público y privado
la elaboración y ejecución de programas y proyectos
que favorezcan el desarrollo integral, en armonía con
las políticas y planes de desarrollo provincial, regional y
nacional, aplicando estrategias de participación vecinal,
b) Ejecutar directamente o promover la ejecución de las
obras de infraestructura, urbana o rural, de apoyo a la
producción, el comercio, el transporte y la comunicación en
el interior de la mancomunidad municipal, tales como pistas,
vías, puentes, parques, mercados, canales de irrigación,
pequeñas represas, sistemas de riego tecnifi cado, locales
para talleres comunales, y obras similares, c) Promover
y apoyar la competitividad productiva, la clasifi cación e
inventarios de los recursos turísticos para su puesta en
valor, d) Ejecutar directamente o promover la ejecución
de obras de infraestructura educativa, salud, turismo,
conservación del ambiente (viveros y reforestación) y
transformación e industrialización de residuos sólidos,
e) Promover y facilitar la participación ciudadana en los
espacios de concertación y participación ciudadana para
la planifi cación, gestión y vigilancia de la gestión pública,
los programas locales de desarrollo social, así como de
apoyo a la población en riesgo, f) Mejorar los servicios de
agua potable y limpieza pública, determinando las áreas
de desechos, rellenos sanitarios y el aprovechamiento
industrial de desperdicios y g) Promover la implementación
de la seguridad ciudadana de acuerdo a la normatividad
vigente, y una cultura de paz que revierta la violencia
familiar contra las mujeres, niños y adolescentes.
Adicionalmente, como delegación de funciones
específi cas compartidas: a) Ejecutar directamente o
proveer la ejecución de proyectos de infraestructura
o de servicios, para el cumplimiento del objeto de la
mancomunidad municipal, en coordinación con la
Municipalidad Provincial de Jaén, y los órganos de
gobierno regional y nacionales pertinentes, b) Administrar
y reglamentar, directamente o por concesión, el servicio
de agua potable y alcantarillado, limpieza pública y
tratamiento de residuos sólidos, c) Difundir programas
de saneamiento ambiental en coordinación con la
Municipalidad Provincial de Jaén, el gobierno regional y
los órganos nacionales pertinentes y d) Apoyar la gestión
de la atención primaria de la salud y educación en los
componentes de planeamiento y control;
Que, fi nalmente, el Estatuto de la “Mancomunidad
Municipal Unión Chinchipe - Marañón”, contiene información
sobre domicilio, ámbito territorial, órganos directivos,
recursos, plazo de duración indefi nida, disposiciones para
garantizar la participación ciudadana, condiciones para
la adhesión y separación de municipalidades, requisitos
para su modifi cación, y las reglas para la disposición de
bienes en caso de disolución;
Que, mediante el Acta de Vistos, se acordó la
constitución de la “Mancomunidad Municipal Unión
Chinchipe - Marañón”, la aprobación de su Estatuto y la
designación del Presidente del Consejo Directivo y del
Gerente General;
Que, por las Ordenanzas Municipales de Vistos, las
Municipalidades Distritales de Bellavista, Huabal, Las
Pirias y San José del Alto, aprueban la constitución de la
“Mancomunidad Municipal Unión Chinchipe - Marañón”;
ratifi cando el contenido del Acta de Constitución y el
Estatuto, y la designación del Presidente del Consejo
Directivo y del Gerente General;
Que, acorde con el Informe Nº 053-2012-PCM/SD-
OGI-MIRA, se concluye que se han subsanado las
observaciones al trámite de inscripción y que en la
elaboración de los documentos del acto constitutivo se ha
cumplido con el procedimiento establecido en el artículo
11º del Reglamento de la Ley y en el artículo 6° del
Reglamento del Registro; debiendo procederse a la emisión
de la Resolución de Secretaría de Descentralización,
que dispone la inscripción de la constitución de la
“Mancomunidad Municipal Unión Chinchipe - Marañón”,
en el Registro de Mancomunidades Municipales;
De conformidad con lo establecido en la Ley N°
29029, Ley de la Mancomunidad Municipal, modifi cada
por la Ley N° 29341; el Decreto Supremo N° 046-
2010-PCM, que aprueba el Reglamento de la Ley de la
Mancomunidad Municipal; la Resolución de Secretaría
de Descentralización Nº 228-2010-PCM/SD, que
aprueba el Reglamento del Registro de Mancomunidades
Municipales; y en uso de las atribuciones dispuestas
por el Reglamento de Organización y Funciones de la
Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por
Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Formalización de Inscripción de la Mancomunidad
Municipal
Inscribir en el Registro de Mancomunidades
Municipales a la “Mancomunidad Municipal Unión
Chinchipe - Marañón”; integrada por las Municipalidades
Distritales de Bellavista, Huabal, Las Pirias y San José
del Alto de la Provincia de Jaén, en el Departamento de
Cajamarca; reconociéndosele, a partir de dicho acto, la
condición de persona jurídica de derecho público, como
entidad pública.
Artículo 2º.- Reconocimiento del Consejo Directivo
Reconocer al Consejo Directivo de la “Mancomunidad
Municipal Unión Chinchipe - Marañón”, como sigue:
- Presidente: Walter Enrique Chávez Altamirano,
alcalde de la Municipalidad Distrital de Bellavista.
- Director: Wílder Mego Cabrejos, alcalde de la
Municipalidad Distrital de Huabal.
- Director: Julio Fernández Aguilar, alcalde de la
Municipalidad Distrital de Las Pirias.
- Director: Jesús Eduardo Fernández Clavo, alcalde
de la Municipalidad Distrital de San José del Alto.
Artículo 3º.- Registro de Anexos
Inscribir el Informe Técnico de Viabilidad, el Estatuto,
el Acta de Constitución y las Ordenanzas Municipales
que aprueban la Constitución de la “Mancomunidad
Municipal Unión Chinchipe - Marañón”, en el Registro de
Mancomunidades Municipales.
Artículo 4º.- Publicación
Disponer la publicación de la presente Resolución
de Secretaría de Descentralización en el Diario Ofi cial
El Peruano, y en la página web de la Presidencia del
Consejo de Ministros: http://www.descentralizacion.
gob.pe.
Artículo 5º.- Vigencia
La presente Resolución rige a partir del día siguiente
de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ROSA MADELEINE FLORIÁN CEDRÓN
Secretaria de Descentralización
Presidencia del Consejo de Ministros
872969-2
AGRICULTURA
Rectifican codificación y numeración
de la R.D. Nº 0040-2012-AG-SENASA,
correspondiéndole la de R.D. Nº 0040-
2012-AG-SENASA-DSV
RESOLUCIÓN DIRECTORAL
Nº 0048-2012-AG-SENASA-DSV
23 de noviembre de 2012
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