RESOLUCION DIRECTORAL N° 0048-2012-AG-SENASA-DSV - Rectifican codificación y numeración de la R.D. N° 0040-2012-AG-SENASA, correspondiéndole la de R.D. N° 0040-2012-AG-SENASA-DSV

Fecha de disposición30 Noviembre 2012
Fecha de publicación30 Noviembre 2012
MateriaDerecho Procesal
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, viernes 30 de noviembre de 2012
479644
Que, el Estatuto señala como objeto de la
Mancomunidad Municipal: a) Construcción y mejoramiento
de infraestructura y sistemas de riego, b) Construcción
y mejoramiento de infraestructura vial terrestre, c)
Promover el mejoramiento de la infraestructura vial aérea
del aeropuerto de Shumba, d) Promover la competitividad
productiva, e) Fomentar la inversión privada y promoción
del empleo, f) Promover la participación vecinal en el
desarrollo local, g) Promover la gestión ambiental, la
transformación e industrialización de los residuos sólidos
y h) Mejoramiento de los servicios básicos;
Que, en el ámbito de las funciones, el Estatuto establece
como delegación de funciones específ‌i cas exclusivas: a)
Concertar con instituciones del sector público y privado
la elaboración y ejecución de programas y proyectos
que favorezcan el desarrollo integral, en armonía con
las políticas y planes de desarrollo provincial, regional y
nacional, aplicando estrategias de participación vecinal,
b) Ejecutar directamente o promover la ejecución de las
obras de infraestructura, urbana o rural, de apoyo a la
producción, el comercio, el transporte y la comunicación en
el interior de la mancomunidad municipal, tales como pistas,
vías, puentes, parques, mercados, canales de irrigación,
pequeñas represas, sistemas de riego tecnif‌i cado, locales
para talleres comunales, y obras similares, c) Promover
y apoyar la competitividad productiva, la clasif‌i cación e
inventarios de los recursos turísticos para su puesta en
valor, d) Ejecutar directamente o promover la ejecución
de obras de infraestructura educativa, salud, turismo,
conservación del ambiente (viveros y reforestación) y
transformación e industrialización de residuos sólidos,
e) Promover y facilitar la participación ciudadana en los
espacios de concertación y participación ciudadana para
la planif‌i cación, gestión y vigilancia de la gestión pública,
los programas locales de desarrollo social, así como de
apoyo a la población en riesgo, f) Mejorar los servicios de
agua potable y limpieza pública, determinando las áreas
de desechos, rellenos sanitarios y el aprovechamiento
industrial de desperdicios y g) Promover la implementación
de la seguridad ciudadana de acuerdo a la normatividad
vigente, y una cultura de paz que revierta la violencia
familiar contra las mujeres, niños y adolescentes.
Adicionalmente, como delegación de funciones
específ‌i cas compartidas: a) Ejecutar directamente o
proveer la ejecución de proyectos de infraestructura
o de servicios, para el cumplimiento del objeto de la
mancomunidad municipal, en coordinación con la
Municipalidad Provincial de Jaén, y los órganos de
gobierno regional y nacionales pertinentes, b) Administrar
y reglamentar, directamente o por concesión, el servicio
de agua potable y alcantarillado, limpieza pública y
tratamiento de residuos sólidos, c) Difundir programas
de saneamiento ambiental en coordinación con la
Municipalidad Provincial de Jaén, el gobierno regional y
los órganos nacionales pertinentes y d) Apoyar la gestión
de la atención primaria de la salud y educación en los
componentes de planeamiento y control;
Que, f‌i nalmente, el Estatuto de la “Mancomunidad
Municipal Unión Chinchipe - Marañón”, contiene información
sobre domicilio, ámbito territorial, órganos directivos,
recursos, plazo de duración indef‌i nida, disposiciones para
garantizar la participación ciudadana, condiciones para
la adhesión y separación de municipalidades, requisitos
para su modif‌i cación, y las reglas para la disposición de
bienes en caso de disolución;
Que, mediante el Acta de Vistos, se acordó la
constitución de la “Mancomunidad Municipal Unión
Chinchipe - Marañón”, la aprobación de su Estatuto y la
designación del Presidente del Consejo Directivo y del
Gerente General;
Que, por las Ordenanzas Municipales de Vistos, las
Municipalidades Distritales de Bellavista, Huabal, Las
Pirias y San José del Alto, aprueban la constitución de la
“Mancomunidad Municipal Unión Chinchipe - Marañón”;
ratif‌i cando el contenido del Acta de Constitución y el
Estatuto, y la designación del Presidente del Consejo
Directivo y del Gerente General;
Que, acorde con el Informe Nº 053-2012-PCM/SD-
OGI-MIRA, se concluye que se han subsanado las
observaciones al trámite de inscripción y que en la
elaboración de los documentos del acto constitutivo se ha
cumplido con el procedimiento establecido en el artículo
11º del Reglamento de la Ley y en el artículo 6° del
Reglamento del Registro; debiendo procederse a la emisión
de la Resolución de Secretaría de Descentralización,
que dispone la inscripción de la constitución de la
“Mancomunidad Municipal Unión Chinchipe - Marañón”,
en el Registro de Mancomunidades Municipales;
De conformidad con lo establecido en la Ley N°
29029, Ley de la Mancomunidad Municipal, modif‌i cada
por la Ley N° 29341; el Decreto Supremo N° 046-
2010-PCM, que aprueba el Reglamento de la Ley de la
Mancomunidad Municipal; la Resolución de Secretaría
de Descentralización Nº 228-2010-PCM/SD, que
aprueba el Reglamento del Registro de Mancomunidades
Municipales; y en uso de las atribuciones dispuestas
por el Reglamento de Organización y Funciones de la
Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por
Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Formalización de Inscripción de la Mancomunidad
Municipal
Inscribir en el Registro de Mancomunidades
Municipales a la “Mancomunidad Municipal Unión
Chinchipe - Marañón”; integrada por las Municipalidades
Distritales de Bellavista, Huabal, Las Pirias y San José
del Alto de la Provincia de Jaén, en el Departamento de
Cajamarca; reconociéndosele, a partir de dicho acto, la
condición de persona jurídica de derecho público, como
entidad pública.
Artículo 2º.- Reconocimiento del Consejo Directivo
Reconocer al Consejo Directivo de la “Mancomunidad
Municipal Unión Chinchipe - Marañón”, como sigue:
- Presidente: Walter Enrique Chávez Altamirano,
alcalde de la Municipalidad Distrital de Bellavista.
- Director: Wílder Mego Cabrejos, alcalde de la
Municipalidad Distrital de Huabal.
- Director: Julio Fernández Aguilar, alcalde de la
Municipalidad Distrital de Las Pirias.
- Director: Jesús Eduardo Fernández Clavo, alcalde
de la Municipalidad Distrital de San José del Alto.
Artículo 3º.- Registro de Anexos
Inscribir el Informe Técnico de Viabilidad, el Estatuto,
el Acta de Constitución y las Ordenanzas Municipales
que aprueban la Constitución de la “Mancomunidad
Municipal Unión Chinchipe - Marañón”, en el Registro de
Mancomunidades Municipales.
Artículo 4º.- Publicación
Disponer la publicación de la presente Resolución
de Secretaría de Descentralización en el Diario Of‌i cial
El Peruano, y en la página web de la Presidencia del
Consejo de Ministros: http://www.descentralizacion.
gob.pe.
Artículo 5º.- Vigencia
La presente Resolución rige a partir del día siguiente
de su publicación en el Diario Of‌i cial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ROSA MADELEINE FLORIÁN CEDRÓN
Secretaria de Descentralización
Presidencia del Consejo de Ministros
872969-2
AGRICULTURA
Rectifican codificación y numeración
de la R.D. Nº 0040-2012-AG-SENASA,
correspondiéndole la de R.D. Nº 0040-
2012-AG-SENASA-DSV
RESOLUCIÓN DIRECTORAL
Nº 0048-2012-AG-SENASA-DSV
23 de noviembre de 2012

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